Ate Vitarte, 23 de abril del 2024
VISTOS; El Oficio N° 0010-2024-UPSI-ODANC-CSJLE/PJ de fecha 22 de abril del 2024, cursado por el señor Magistrado Superior José Manuel Romero Viena, Jefe de la Unidad Descentralizada de Prevención, Supervisión e Inspección de este Órgano de Control, y;
CONSIDERANDO:
Primero.- El “Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”, ha establecido dentro de las funciones de esta Oficina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial-ODANC PJ Lima Este, el dirigir la inspección o supervisión del funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y dependencias del PJ, y el cumplimiento de los deberes del personal judicial; aprobar el programa de visitas a los mismos en el ámbito de su competencia; y asimismo, se faculta ingresar en forma programada o no, a todas las dependencias jurisdiccionales del Poder Judicial en el ámbito de su competencia, ello en concordancia a lo establecido en los numerales 6 y 7 del Artículo 42° del citado Reglamento.
Segundo.- Por su parte, el Artículo 84° del “Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario y de las Medidas de Prevención de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial”, señala que: “Las Visitas Judiciales son dispuestas por el Jefe de la ANC PJ, a nivel nacional y los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de la ANC-PJ dentro de su respectivo distrito judicial, siendo su finalidad realizar acciones de prevención para evitar inconductas funcionales y, asimismo evaluar cualitativa y cuantitativamente la conducta y desempeño funcional de los jueces y auxiliares jurisdiccionales, con el fin de detectar deficiencias en el servicio de justicia y dictar los correctivos disciplinarios y/o, en su caso, proponer su corrección ante las autoridades competentes”.
Tercero.- En ejercicio de dicha función, corresponde a la Jefatura de la ODANC de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, establecer el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias a los...