Resolucion Directoral Nº 013-2020-MINCETUR/VMCE/DGFCE de Ministerio de Comercio Exterior, 2020

Número de resolución013-2020-MINCETUR/VMCE/DGFCE
Fecha31 Agosto 2020
Año2020
EmisorMinisterio de Comercio Exterior y Turismo (Perú)
- 2020 - MINCETUR/VMCE/DGFCE
Vistos, el Informe Técnico Legal 022-2019-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-
SVV, el Informe N° 258-2020-MINCETUR/SG/OGPPD y el Informe Legal N° 020-2020-
MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-SVV;
CONSIDERANDO:
Que, en el inciso 5 del artículo 5 de la Ley N° 27790 - Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, se dispone que
una de las funciones de este Ministerio es negociar, suscribir y poner en ejecución los
acuerdos o convenios internacionales en materia de comercio exterior, integración,
cooperación económica y social, y otros en el ámbito de su competencia.
Que, asimismo, es responsable de difundir y velar por el cumplimiento de dichos
acuerdos comerciales tanto en el ámbito nacional como en el internacional;
Que, según lo señalado en el inciso b) del artículo 53-C del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por
Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modificatorias, la Dirección de la
Unidad de Origen es competente para emitir certificados de origen, en el marco de los
acuerdos suscritos por el Perú, en los regímenes preferenciales y no preferenciales, así
como mantener un registro de los mismo;
Que, asimismo, en el inciso d) del artículo 53-C del Reglamento mencionado en
el considerando anterior, se dispone que la Dirección de la Unidad de Origen es
competente para acreditar, supervisar y fiscalizar a las entidades que emiten
certificaciones de origen, así como, a los funcionarios encargados de expedir dichos
certificados, en los regímenes preferenciales, y no preferenciales;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha delegado la función de
emisión de certificados de origen, asignada a la Dirección de la Unidad de Origen, a
gremios empresariales y cámaras de comercio, la cual es ejercida bajo los términos de
los convenios de delegación suscritos con las mismas;
Que, los referidos convenios para emitir certificados de origen por delegación
establecen que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo se compromete a evaluar
el nivel de conocimientos del personal de las entidades certificadoras propuesto como
Esta es un copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aplicando lo
dispuesto por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final de D.S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e
integridad pueden ser contrastadas a través de la siguiente dirección web: https://consultasenlinea.mincetur.gob.pe/verifica e ingresando la
siguiente clave: MVS3KRFX
Ca. Uno Oeste 050, Urb. Corpac - San Isidro, Lima 27, Perú
Firmado digitalmente por
VEGA VASQUEZ Sheylla Noemi
FAU 20504774288 soft
Oficina: Dirección de la Unidad de
Origen
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2020/08/31 12:35:35-0500
Firmado digitalmente por
PARRA SILVA Claudia
Guillermina FAU 20504774288 soft
Oficina: Dirección de la Unidad de
Origen
Motivo: Doy visto bueno
Fecha: 2020/08/31 12:54:31-0500
Firmado digitalmente por
RUIZ ZAMUDIO Francisco Jose FAU 20504774288 soft
Cargo: Director General de la Dirección General de
Facilitación del Comercio Exterior
Motivo: Documento Electrónico
Fecha: 2020/08/31 13:09:21-0500

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