RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 370-2014-CE-PJ - Disponen que cada tomo de un expediente judicial o administrativo, no excederá de quinientos folios; y asi sucesivamente, formando tomos numerados de manera correlativa

Fecha de publicación23 Diciembre 2014
Fecha de disposición23 Diciembre 2014
El Peruano
Martes 23 de diciembre de 2014
540784
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Titular
del Segundo Juzgado de Trabajo de
Trujillo, Corte Superior de Justicia de
La Libertad
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 116-2014-P-CE-PJ
Lima, 18 de diciembre de 2014
VISTA:
La solicitud presentada por el doctor Juan Carlos León
De La Cruz, Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo
de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, con
certif‌i cación de f‌i rma ante Notario Público de Trujillo.
CONSIDERANDO:
Primero. Que el doctor Juan Carlos León De La Cruz
formula renuncia al cargo de Juez Titular del Segundo
Juzgado de Trabajo de Trujillo, Corte Superior de Justicia
de La Libertad, a partir del 20 de diciembre del año en
curso, al haber sido declarado ganador a una plaza
notarial en el Distrito Notarial de Trujillo. El recurrente
fue nombrado por el Consejo Nacional de la Magistratura
mediante Resolución N° 306-2012-CNM, de fecha 23 de
octubre de 2012.
Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras
causales, por renuncia desde que es aceptada, conforme
lo establece el artículo 107°, numeral 3), de la Ley de la
Carrera Judicial.
Tercero. Que, sin perjuicio de lo expuesto
precedentemente, es menester precisar que la aceptación
de la renuncia formulada por el recurrente no implica en
modo alguno eximirlo de responsabilidad por cualquier
hecho que pudiera ser materia de investigación y que se
hubiera producido durante el ejercicio de sus funciones
como Juez de este Poder del Estado.
En consecuencia, el Presidente (e) del Consejo
Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades
otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 066-
2011-CE-PJ, de fecha 23 de febrero de 2011.
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar, con efectividad al 20
de diciembre del año en curso, la renuncia formulada
por el doctor Juan Carlos León De La Cruz, al cargo de
Juez Titular del Segundo Juzgado de Trabajo de Trujillo,
Corte Superior de Justicia de La Libertad; sin perjuicio
de lo expuesto en el tercer fundamento de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- Agradecer al mencionado Juez
Especializado, por los servicios prestados a la Nación.
Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución
al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional
de la Magistratura, Of‌i cina de Control de la Magistratura
del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de
Justicia de La Libertad, Gerencia General del Poder
Judicial y al interesado, para su conocimiento y f‌i nes
consiguientes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FELIPE ALMENARA BRYSON
Presidente (e)
1180764-1
Disponen que cada tomo de un
expediente judicial o administrativo,
no excederá de quinientos folios; y
así sucesivamente, formando tomos
numerados de manera correlativa
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 370-2014-CE-PJ
Lima, 19 de noviembre de 2014
VISTOS:
El Of‌i cio N° 411-2014-GA-P-PJ e Informe N° 273-
2014-GA-P-PJ, cursados por el Jefe (e) del Gabinete
de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial;
que contiene propuesta para fijar un número
determinado de folios a los expedientes judiciales y
administrativos.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, como es de conocimiento
general, son muchos los expedientes materia de los
diversos procesos judiciales que pueden llegar a ser
considerablemente voluminosos; circunstancia que se
explica en razón a que los ordenamientos procesales y/o
administrativos no han previsto ni regulado cuál debería
ser el número idóneo de folios contenidos en los tomos
que forman los expedientes judiciales. En ese sentido,
se pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial propuesta para f‌i jar un número de folios a estos
expedientes.
Segundo. Que la propuesta formulada establece
que el número de folios contenido en cada tomo de
un expediente judicial no exceda de 500 folios, y así
sucesivamente, formando tomos numerados de manera
correlativa. La propuesta tiene como f‌i nalidad evitar
que en los procesos judiciales los expedientes sean
muy abultados y/o pesados, lo que a su vez facilitará
tanto su maniobrabilidad como su traslado a nivel de
las instancias que correspondan, hasta su archivo
def‌i nitivo.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 920-2014
de la trigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de
los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses
Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la
intervención del señor De Valdivia Cano por encontrarse
de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que cada tomo de un
expediente judicial o administrativo, no excederá de
quinientos folios; y así sucesivamente, formando tomos
numerados de manera correlativa.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución
al Presidente del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial, Presidente de las Cortes
Superiores de Justicia del país, Comisión Nacional de
Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos
Institucionales de Implementación del Nuevo Código
Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo;
y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su
conocimiento y f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ
Presidente
1180764-2

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