RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 29-2015-SP-CS-PJ - Disponen que, a partir del 1 de julio de 2015, la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente remita a la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República los expedientes en materia laboral y de seguridad social seguidos contra entidades privadas, tramitados con arreglo a la Nueva Ley Procesal del Trabajo N° 29497, que se encuentran pendientes de señalamiento de vista (para Calificación y Fondo), y que todas las causas en materia de seguridad social, tramitadas conforme al proceso contencioso administrativo y otras normas especiales, serán de conocimiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia

Fecha de disposición01 Julio 2015
Fecha de publicación01 Julio 2015
El Peruano
Miércoles 1 de julio de 2015 556381
- Asesor II
ELSA DEL ROSARIO HERNANDEZ PEÑA
Intendencia de Gestión Operativa
- Intendente de Gestión Operativa (e)
WILFREDO BENITO ALBARRACIN MONTENEGRO
- Gerente de Orientación y Servicios (e)
FEDERICO FERNANDO GUERRA YUNGBLUTH
- Gerente de Cumplimiento (e)
ERICK ANTONIO CARDENAS GARCIA
- Gerente de Operaciones Centralizadas (e)
EDUARDO JUAN LOPEZ TORRES ALVARADO
Intendencia Lima
- Gerente de Soporte Administrativo (e)
CARMEN PATRICIA CHAVEZ MORA
Intendencia Regional Loreto
- Intendente Regional Loreto (e)
ALFREDO JAVIER ESPINOZA CESPEDES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
- Jefe de la O cina Soporte Operativo y Asistencia al
Trabajador (e)
CLAUDIA CECILIA ROSA OLORTEGUI LENA
- Jefe de la O cina de Gestión y Mejora (e)
HUGO MIGUEL AGUAYO RIVERA
Intendencia Nacional de Finanzas y Patrimonio
- Intendente Nacional de Finanzas y Patrimonio (e)
OMAR IVAN DAVILA PERALES
- Gerente de Control Patrimonial (e)
JOSE ALFREDO QUEVEDO PORTALATINO
Intendencia Nacional de Recursos Humanos
- Gerente de Asuntos Laborales (e)
GUILLERMO CESAR SOLANO MENDOZA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1257191-2
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Disponen que, a partir del 1 de
julio de 2015, la Sala de Derecho
Constitucional y Social Permanente
remita a la Segunda Sala de Derecho
Constitucional y Social Transitoria
de la Corte Suprema de Justicia de la
República los expedientes en materia
laboral y de Seguridad Social seguidos
contra entidades privadas, tramitados
con arreglo a la Nueva Ley Procesal del
Trabajo Nº 29497, que se encuentran
pendientes de señalamiento de
vista (para Calificación y Fondo), y
que todas las causas en materia de
seguridad social, tramitadas conforme
al proceso contencioso administrativo
y otras normas especiales, serán de
conocimiento de la Primera Sala
de Derecho Constitucional y Social
Transitoria de la Corte Suprema de
Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
R.A. Nº 29-2015-SP-CS-PJ
Lima, 25 de junio de 2015
VISTO:
El O cio Nº 6097-2015-CE-PJ, cursado por el
Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial, mediante el cual hace llegar el O cio Nº 001-2015-
SDCS-CS/PJ, suscrito por los señores Presidentes de las
Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente
y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la
República, que contiene la propuesta de ampliación de
competencia de las Salas de Derecho Constitucional
y Social Transitorias de la Corte Suprema en procesos
tramitados con la Ley Procesal del Trabajo Nº 29497.
REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración,
actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará
un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN

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