RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 150-2015-P-CSJCL/PJ - Revalidan inscripción de Peritos Judiciales en la Corte Superior de Justicia del Callao

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2015
El Peruano
Lunes 6 de abril de 2015
550148
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Revalidan inscripción de Peritos
Judiciales en la Corte Superior de
Justicia del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA
N° 150-2015-P-CSJCL/PJ
Callao, 31 de marzo de 2015
LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL CALLAO
VISTOS:
La Resolución Administrativa N° 609-98-CME-PJ
de fecha 13 de Abril de 1998, el Reglamento de Peritos
Judiciales aprobado por Resolución Administrativa N°
351-98-SE-TP-CME-PJ de fecha 25 de Agosto de 1998,
la Resolución Administrativa N° 38-2015-P-CSJCL/PJ de
fecha 15 de enero del 2015 y el O cio N° 017-2015-USJ-
REPEJ-GA-CSJCL/PJ de fecha 16 de marzo del 2015; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa N° 609-98-CME-PJ,
de fecha 13 de Abril de 1998, se instauró el Registro de Peritos
Judiciales (REPEJ) en cada Distrito Judicial, el cual fue
reglamentado por Resolución Administrativa N° 351-98-SE-
TP-CME-PJ de fecha 25 de Agosto de 1998, que establece
respecto al profesional o especialista inscrito en el Registro
de Peritos Judiciales REPEJ, deberá revalidar anualmente
su inscripción, previo pago del derecho correspondiente.
Que, además el literal d) del artículo 8° del mencionado
Reglamento precisa que el aspirante a Perito Judicial debe
presentar la constancia de colegiatura y/o habilitación
correspondiente, por lo que debe tenerse presente dicho
dispositivo legal para aplicarlo al proceso de revalidación
a instaurar.
Que, mediante la Resolución Administrativa N° 38-
2015-P-CSJCL/PJ de Vistos se dispuso el inicio del
proceso de Revalidación de Peritos para que integren el
Registro de Peritos Judiciales que se encuentren inscritos
en esta Corte Superior de Justicia.
Que, con el O cio de Visto N° 017-2015-GA-USJ-
REPEJ-CSJCL/PJ, el señor Oswaldo Heredia Sulca,
Responsable del Registro de Peritos Judiciales de la
Unidad de Servicios Judiciales de la Corte Superior de
Justicia del Callao ha informado, a esta Presidencia
de Corte, que ha dado cumplimiento a la Resoluciones
Administrativa señalada en el considerando precedente,
por lo que adjunta la Nómina de Peritos que han
presentado sus solicitudes de revalidación, previo pago
de las tasas judiciales establecidas en el Texto Único
Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder
Judicial.
Que, siendo así, corresponde a esta Presidencia de
Corte revalidar la inscripción de los Peritos Judiciales
que han cumplido con las formalidades previstas en la
ley, a n de que queden habilitados para ser designados
o nombrados como tales, durante el presente año
judicial.
En consecuencia, en uso de las atribuciones y
obligaciones otorgadas a los Presidentes de Corte, en los
incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, anteriormente citada.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- REVALIDAR la inscripción de los
Peritos Judiciales en las especialidades que a continuación
se indican:
ARQUITECTURA
N° APELLIDO NOMBRES
1 ANDUJAR ULLOA JOSE ABEL
2 BACA GARCIA JOSE FRANCISCO
3 CACERES BARTESAGHI ALEJANDRO GERMAN
4 CHUMPITAZ RAMOS DENIS MARCIAL
5 PONCE DE MIER JUAN CARLOS
INGENIERÍA CIVIL
N° APELLIDO NOMBRES
1 FELIPA REJAS JOSE FELIX
2 GONZALES ARANDA PEDRO FRANCISCO
3 ORELLANA VILELA JAVIER ERNESTO
4 SOTELO TORRES EVARISTO JAIME
5 SAAVEDRA GARCIA GUSTAVO RAMON
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de
Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo
siguiente:
1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o cio dirigido al Director del Diario O cial El Peruano y
las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la
entidad solicitante.
2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en
la Separata de Declaraciones Juradas.
3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico:
dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al
del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto
publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse.
4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda.
5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de
otra.
LA DIRECCIÓN

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR