RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 060-2015-P-CSJV/PJ - Disponen que el Presidente de la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla establezca cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición 4 de Marzo de 2015
El Peruano
Miércoles 4 de marzo de 2015 547909
Panamá, República de Panamá, los días 5 y 6 de marzo
de 2015.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al
Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Víctor Martín Ramos Chávez
Viáticos US $ 315,00
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1206976-1
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Disponen que el Presidente de la Sala
Penal de Apelaciones de Ventanilla
establezca cronograma de realización
trimestral de Audiencias Públicas
Extraordinarias
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 060-2015-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 25 de febrero de 2015
VISTOS: Decreto Ley Nº 25476, Resolución
Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ de fecha 10 de
marzo de 2011; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- De conformidad con lo establecido en el
artículo 1º del Decreto Ley Nº 25476, las Salas Penales
de las Cortes Superiores de la República, realizarán un
Audiencia Pública Extraordinaria con la asistencia del
Fiscal respectivo en la que se procederá con lo señalado
en la citada norma; asimismo, según prescribe el artículo
2º de la norma en comento, los Presidentes de las Cortes
Superiores aprobarán un cronograma de realización
trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a n
de garantizar que los procesos penales se tramiten en
los plazos jados por la ley y el derecho de toda persona
procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a
ser puesta en libertad.
Segundo.- Considerando lo establecido en el tercer
párrafo del artículo 1º del Reglamento de Audiencias
Públicas y Extraordinarias, resulta necesario que el
Presidente de la Sala Penal de Apelaciones, elabore
un cronograma teniendo en cuenta lo establecido en el
Reglamento acotado aprobado mediante Resolución
Administrativa Nº 008-2011-SP-CS-PJ, de fecha 10
de marzo de 2011, a n de que sea aprobado por esta
Presidencia en su oportunidad, tomando en cuenta lo
establecido en el segundo párrafo del artículo 2º de dicho
Reglamento.
Por tanto, en uso de las facultades conferidas en
artículo 90º incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DISPONER que el Presidente de
la Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla, establezca
un cronograma de realización trimestral de Audiencias
Públicas Extraordinarias.
Artículo Segundo.- PRECISAR que el cronograma
trimestral citado en el párrafo que antecede, deberá ser
remitido a esta Presidencia dentro de los tres días de
efectuada la publicación de la presente resolución, para
su aprobación correspondiente.
Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de
la presente Resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, O cina Desconcentrada de Control
de la Magistratura de Ventanilla, Presidencia de la Sala
Penal de Apelaciones y Administración Distrital de la
Corte Superior de Justicia de Ventanilla, para los nes
pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA
Presidenta
1206052-1
Establecen rol de turno de los Juzgados
de Familia de la Corte Superior de
Justicia de Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 061-2015-P-CSJV/PJ
Ventanilla, 25 de febrero de 2015
VISTOS: Las Resoluciones Administrativas N° 009-
2015-P-CSJV/PJ de fecha 05 de enero de 2015 y N°040-
2015-P-CSJV/PJ de fecha 29 de enero de 2015; y,
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Mediante Resolución Administrativa
N° 009-2015-CSJV/PJ, se implementó el Sistema
de Turno Permanente para los Juzgados de Familia
de esta Corte Superior de Justicia por un período
semanal disponiéndose que dicho sistema se aplicará
para los jueces de Familia del 1° Juzgado de Familia
Permanente de Ventanilla, 2° Juzgado de Familia
Permanente de Ventanilla y Juzgado de Familia
Transitorio de Ventanilla.
SEGUNDO: La Resolución Administrativa N° 040-
2015-P-CSJV/PJ, dispuso que el turno permanente en
materia de familia del Distrito Judicial de Ventanilla, estará
a cargo del Primer Juzgado de Familia de esta Corte
Superior de Justicia, a partir de las 08:00 horas del día
lunes 02 de febrero de 2015 hasta las 07:59 horas del 02
de marzo de 2015, por el período vacacional comprendido
entre el 01 de febrero hasta el 02 de marzo del presente
año.
TERCERO: Según lo expuesto en el considerando
anterior, resulta pertinente establecer el turno judicial para
los jueces de Familia para el mes de marzo de 2015.
Por tanto, en uso de las facultades conferidas en
artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- ESTABLECER el rol de turno de
los Juzgados de Familia de esta Corte Superior de Justicia
según se detalla en el siguiente cuadro:
Juzgado Semana Turno
2° Juzgado de
Familia Permanente
de Ventanilla
02 al 09 de marzo
de 2015 Desde las 16:46 horas
del día lunes 02 de
marzo hasta las 07:59
horas del día lunes 09
de marzo de 2015.
Juzgado de Familia
Transitorio de
Ventanilla
09 al 16 de marzo
de 2015 Desde las 16:46 horas
del día lunes 09 de
marzo hasta las 07:59
horas del día lunes 16
de marzo de 2015.

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