RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 057-2015-P-CSJV/PJ - Disponen retorno de magistrada al Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla

EmisorCORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Fecha de la disposición20 de Febrero de 2015
El Peruano
Viernes 20 de febrero de 2015
547052
producen asesinatos, extorsiones, robos y otra clase de
delitos que mantienen en zozobra a la colectividad.
Que, dicho Observatorio proveerá información a los
entes correspondientes para la adopción de políticas
públicas relacionadas con la prevención de delitos y de la
violencia en general. En general producirá insumos para
la toma de decisiones, realizará investigaciones y análisis
de información, trabajando interinstitucionalmente e
interdisciplinariamente para comprender el conocimiento
cientí co del fenómeno delictivo.
Que, el Observatorio de Criminalidad Regional del
Callao, que se crea mediante la presente resolución,
también servirá de fuente de información para el
Observatorio Nacional de Criminalidad del Ministerio
Público, porque se estudiará el fenómeno delictivo de esta
provincia constitucional con mayor profundidad, realizando
trabajo de campo en los diversos sectores de la Ciudad,
sobre todo en los llamados “puntos críticos”, realizando
encuestas a los victimarios y víctimas, estudio de los
hogares donde viven, de su familia, sus antecedentes
personales etc.
Que, el observatorio estará a cargo de un magistrado
de la especialidad y se integrarán con un psicólogo, un
asistente social y un sociólogo, así como las áreas de
estadísticas e informática para un trabajo integral.
Que, sus informes y recomendaciones serán remitidos
según el caso, a la Fiscalía de la Nación, al Congreso
de la República, al Presidente del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, y al Poder Ejecutivo, para la adopción
de políticas públicas que solucionen esta problemática
que afecta gravemente a la sociedad. La difusión de la
labor del observatorio se hará a través de una página
web y boletines informativos de carácter periódico para
conocimiento de la población en general.
En consecuencia, en uso de las atribuciones otorgadas
a los Presidentes de Corte, por los incisos 3° y 9° del
artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica
del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nro.
017-93-JUS.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CREAR el OBSERVATORIO DE
CRIMINALIDAD REGIONAL DE LA CORTE SUPERIOR
DE JUSTICIA DEL CALLAO, el mismo que estará
integrado de la siguiente manera:
- Dr. CESAR HINOSTROZA PARIACHI, Presidente de
la Corte Superior de Justicia, quien la presidirá.
- Dr. VÍCTOR JIMMY ARBULU MARTINEZ, Juez
Superior Provisional de la Tercera Sala Penal del Callao.
- Ing. MARTIN VILLA APOLAYA, Coordinador del
Área de Informática de la Corte Superior de Justicia del
Callao.
- Sr. FABIANA LAUREANO GARCIA, Coordinadora
del Área de Estadísticas de la Corte Superior de Justicia
del Callao.
- Licenciada GRACIELA DEL CARMEN URQUIAGA
CALDERON, Psicóloga del Equipo Multidisciplinario de la
Corte Superior de Justicia del Callao.
- Licenciada RUTH RAQUEL SILVA GOMEZ, Asistenta
Social del Equipo Multidisciplinario de la Corte Superior
de Justicia del Callao.
Artículo Segundo.- DISPONER que los miembros del
observatorio deberán elaborar su plan de trabajo para el
presente año judicial en el plazo de 30 días, a partir de la
fecha, para su respectiva aprobación y ejecución.
Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución en
conocimiento del Presidente del Consejo Ejecutivo del
Poder Judicial, del Fiscal de la Nación, de la Presidencia del
Consejo de Ministros, del Presidente del Congreso Nacional
de la República, del Presidente del Gobierno Regional del
Callao, de los Alcaldes de todos los Distritos de esta provincia
constitucional; del Gerente General del Poder Judicial, del
Gerente de Administración Distrital de la Corte Superior del
Callao, del Jefe de la O cina Distrital de Imagen Institucional,
y de los señores magistrados de este Distrito Judicial.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI
Presidente
1202539-1
Disponen retorno de magistrada al
Primer Juzgado Penal Unipersonal
de la Corte Superior de Justicia de
Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
N° 057-2015-P-CSJV/PJ
Lima, 13 de febrero de 2015
VISTO: Resoluciones Administrativas N° 023-2014-P-
CSJVLNO/PJ de fecha 16 de octubre de 2014, N° 061-
2014-P-CSJVLNO/PJ de fecha 13 de noviembre de 2014,
N° 035-2015-P-CSJV/PJ, N° 036-2015-P-CSJV/PJ de
fecha 27 de enero de 2015 y N° 048-2015-P-CSJV/PJ de
fecha 12 de febrero de 2015; y,
CONSIDERANDO:
Primero: Mediante Resolución Administrativa N°
036-2015-P-CSJV/PJ de fecha 27 de enero de 2015,
se designó a los doctores Fernando Javier Espinoza
Jacinto y Alicia Angelica Asencios Agama, como Jueces
Superiores Supernumerarios integrantes de la Sala Penal
de Apelaciones, designado como órgano jurisdiccional de
emergencia durante el período vacacional.
Segundo: Mediante la Resolución Administrativa
N° 048-2015-P-CSJV/PJ, se incorporó a los señores
Doctores Olga Lidia Inga Michue, Alfredo Miraval Flores
y Juan Rolando Hurtado Poma, como Jueces Superiores
Titulares de esta Corte Superior de Justicia, disponiendo
la reconformación de la Sala Penal de Apelaciones de
Ventanilla, presidida por el Doctor Juan Rolando Hurtado
Poma y conformada además por los Jueces Superiores
Supernumerarios Fernando Javier Espinoza Jacinto y
Norman Hildegardo Trinidad Sánchez, mientras duren las
vacaciones de los Jueces Superiores Titulares Olga Lidia
Inga Michue y Alfredo Miraval Flores.
Tercero: Mediante Resolución Administrativa N° 023-
2014-CSJVLNO/PJ y N° 061-2014-CSJVLNO/PJ, se
designó a las Doctoras Alicia Angélica Asencios Agama y
Elena Luisa Machaca Gil como Juezas Supernumerarias
del Primer y Segundo Juzgado Penal Unipersonal
respectivamente, de la Corte Superior de Justicia de
Ventanilla.
Cuarto: Estando a la incorporación del señor Doctor
Hurtado Poma, Juez Superior Titular de esta Corte
Superior de Justicia, resulta pertinente precisar que la
Doctora Alicia Angélica Asencios Agama deberá retornar
al Primer Juzgado Penal Unipersonal a partir del 12 de
febrero de 2015 y considerando que, mediante Resolución
Administrativa N° 035-2015-P-CSJV/PJ, se designó a la
Doctora Elena Luisa Machaca Gil para que en adición a sus
funciones, asuma el Primer Juzgado Penal Unipersonal
durante el período vacacional; estando a la incorporación
del Doctor Hurtado Poma, deberá asumir únicamente
el despacho del Segundo Juzgado Penal Unipersonal a
partir del 12 de febrero de 2015.
Por tanto, en uso de las facultades conferidas en
artículo 90° incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- PRECISAR que la Señora Doctora
ALICIA ANGÉLICA ASENCIOS AGAMA, deberá retornar
al Primer Juzgado Penal Unipersonal de la Corte Superior
de Justicia de Ventanilla a partir del 12 de febrero de 2015,
como consecuencia de la reconformación de la Sala Penal
de Apelaciones de Ventanilla.
Artículo Segundo.- PRECISAR que la Señora Doctora
ELENA LUISA MACHACA GIL, deberá hacerse cargo
únicamente del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de
la Corte Superior de Justicia de Ventanilla a partir del 12
de febrero de 2015, por el retorno de la Señora Doctora
Alicia Angélica Asencios Agama.
Artículo Tercero.- PONER EN CONOCIMIENTO de
la presente Resolución al señor Presidente de la Corte
Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo
del Poder Judicial, O cina de Control de la Magistratura,
O cina Desconcentrada de Control de la Magistratura,

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