ACUERDO N° 014-2012-GRA/CR-AREQUIPA - Establecen montos de remuneración del Presidente y Vicepresidente regionales y de dieta de Consejeros Regionales

Fecha de disposición17 Febrero 2012
Fecha de publicación17 Febrero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 17 de febrero de 2012
460972
designará a todos y cada uno de los cargos de
conf‌i anza considerados en esta Ordenanza Regional, a
loa aspirantes que hayan obtenido el mejor puntaje de
los resultados f‌i nales en cada caso.
DISPOSICIONES FINALES
Primera Disposición Final.- Estando pendiente
de resolución en trámite de legitimación por parte
del órgano jurisdiccional competente, de manera
excepcional, se invitará como invitador en el presente
proceso a un representante de cada uno de las Juntas
Directivas de los respectivos Colegios de Profesores.
Dicha invitación no supone reconocimiento legal ni
otorga derecho por parte del Gobierno Regional de
Arequipa cualquiera de ellos.
Segunda Disposición Final.- La designación al cargo
de Director de Unidad de Gestión Local de Caylloma,
quedará suspendida en tanto se encuentre vigente la
medida cautelar que ampara al actual director de dicha
UGEL.
Artículo 3º.- Vigencia
La Ordenanza Regional entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial “El
Peruano”.
Artículo 4º.- Publicación Of‌i cial y Electrónica
DISPONER la publicación de la presente Norma
Regional tanto en el Diario Of‌i cial El Peruano, como en el
Diario Regional de Avisos Judiciales.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Arequipa para su promulgación.
En Arequipa, a los ocho días del mes de febrero del
2012.
MARIA SOLEDAD FERNANDEZ MOGROVEJO
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de
Arequipa, a los ocho días del mes de febrero del dos mil
doce.
JUAN MANUEL GUILLEN BENAVIDES
Presidente del Gobierno Regional
Arequipa
752818-1
Establecen montos de remuneración del
Presidente y Vicepresidente regionales
y de dieta de Consejeros Regionales
ACUERDO REGIONAL
Nº 014-2012-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 08 de febrero del 2012
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente
acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura 2012
del Pliego 443 Gobierno Regional de Arequipa, entre
otras previsiones presupuestales se considera el pago de
las remuneraciones de la Presidencia y Vicepresidencia
Regionales, así como las dietas de los señores Consejeros
Regionales;
Que, el Consejo Regional de Arequipa, en base a la
información contenida en el Of‌i cio Nº 036-2012-GRA/
ORPPOT-OPT, de fecha 27.01.12, que da cuenta de la
disponibilidad y limitaciones presupuestales del Gobierno
Regional de Arequipa, ha acordado por unanimidad en uso
de las atribuciones conferidas por la Ley 27867 Orgánica
de Gobiernos Regionales y sus modif‌i catorias;
ACUERDA:
Primero.- Establecer para el presente ejercicio
presupuestal la remuneración mensual de los señores
Presidente y Vicepresidente regionales de la manera
siguiente:
Presidente Regional S/. 14,300.00
Vicepresidente Regional S/. 13,704.08
Segundo.- Establecer para el presente ejercicio
presupuestal la dieta mensual de los señores Consejeros
Regionales en el treinta por ciento (30%) de la
remuneración mensual del señor Presidente del Gobierno
Regional de Arequipa, de la manera siguiente:
Consejeros Regionales S/. 4,290.00
Tercero.- Disponer que el Órgano Ejecutivo Regional
publique el presente acuerdo regional en el Diario Of‌i cial
El Peruano y en el diario de avisos judiciales en la Región
Arequipa.
POR TANTO:
Regístrese y cúmplase.
MARÍA SOLEDAD FERNÁNDEZ MOGROVEJO
Presidenta del Consejo Regional de Arequipa
752826-1
Aprueban transferencias financieras
a favor de diversos Gobiernos Locales
para la atención de situaciones de
emergencia
ACUERDO REGIONAL
Nº 016-2012-GRA/CR-AREQUIPA
Arequipa, 8 de febrero del 2012
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente
acuerdo.
CONSIDERANDO:
Que, la Oficina Regional de Defensa Nacional
y Defensa Civil, a través del Informe Nº 165-2012-
GRA/ORDNDDC, detalla los estragos e impactos que
viene ocasionando la actual estación de lluvias en la
Región Arequipa. Que, ante estos eventos, deviene
en necesaria la ejecución de acciones urgentes e
inmediatas tanto para la prevención de desastres
mayores, como para la rehabilitación de zonas
afectadas.
Que, en el Presupuesto Institucional de Apertura
(PIA-2012) del Gobierno Regional de Arequipa, de
acuerdo a las previsiones del gasto se tiene priorizada la
atención de emergencias frente a desastres naturales.
Que, actualmente, el evento de riesgo más urgente
identificado, es el incremento de los caudales de los
ríos con los consecuentes desbordes y arrasamientos,
lo cual, ha puesto en situación de peligro a los
habitantes, las actividades económicas de nuestras
cuencas, y también, la transitabilidad por nuestras
vías.
Que, en atención a la organización del Sistema de
Defensa Civil a través de Comités en sus diferentes
niveles, y, con el propósito de que las acciones que se
vayan adoptar sean ef‌i caces, se ha determinado que la
modalidad más efectiva para la atención de las situaciones
de emergencia referidas es a través de Transferencias
Financieras conforme el siguiente detalle:

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