Regulan registros de entidades para los estudios ambientales

Inscripción tendrá vigencia de tres años que podrán ser renovables, refiere la norma.

Para asegurar la idoneidad en la prestación de los servicios de elaboración de estudios ambientales, promoviendo la mejora continua de las instituciones que los ofrecen y garantizando la calidad de la información que proporcionan, el Ministerio del Ambiente estableció los lineamientos para la inscripción de estas organizaciones en el registro de entidades autorizadas para elaborarlos.

Corresponderá a dichas organizaciones presentar su solicitud, de acuerdo con el formato preestablecido, en la mesa de partes del administrador del registro adjuntando copia simple del RUC y de la partida de los registros públicos, donde conste como su objeto social la elaboración de instrumentos de gestión ambiental o la prestación de servicios de consultoría ambiental, entre otros principales datos actualizados.

En el caso de empresas constituidas en el exterior, estas deberán presentar el instrumento público de constitución con la apostilla que certifique su autenticidad.

Procedimiento

Se deberá anexar la constancia de vigencia de poder del representante legal de la entidad, expedida por la autoridad competente con una antigüedad no mayor de 30 días hábiles, copia simple del poder otorgado, la relación de socios o accionistas y directivos, una constancia de domicilio legal, así como información vinculada a los expertos que conforman el equipo profesional multidisciplinario de la entidad.

El administrador del registro evaluará las solicitudes de inscripción...

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