06 000025 - Regulan compensación y transferencia tributaria automática

Fecha de disposición07 Marzo 2002
Fecha de publicación07 Marzo 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 7 de marzo de 2002
Autorizan adquisición de combustibles
para unidades vehiculares, maquinarias
y equipos de la Municipalidad median-
te procedimiento de adjudicación de
menor cuantía
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 005-2002-MDSA
Santa Anita, 27 de febrero de 2002
Visto, en Sesión de Concejo de fecha 27 de febrero de
2002, el Informe Nº 01-2002-CE/MDSA, mediante el cual
el presidente del Comité Especial respectivo expone la
necesidad de declarar en Situación de Urgencia, la Adqui-
sición de Combustibles para las unidades vehiculares,
maquinarias y equipos de la Municipalidad Distrital de Santa
Anita; y,
CONSIDERANDO:
Que, el proceso de Licitación Pública Nº 001-2002-CE/
MDSA, convocado para adquirir combustibles para las uni-
dades vehiculares, maquinarias y equipos de la Municipa-
lidad Distrital de Santa Anita, ha sido declarado Desierto
en su primera convocatoria por ausencia de postores, de
conformidad con el Art. 32º del Decreto Supremo Nº 012-
2001-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-
ciones y Adquisiciones del Estado;
Que, estando próxima la conclusión del contrato vigen-
te para el suministro de combustibles, y a efectos de evitar
que se produzca el desabastecimiento de dicho suminis-
tro, que ponga en riesgo el normal funcionamiento de las
unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Munici-
palidad, se hace necesario declarar en Situación de Ur-
gencia, la adquisición de combustibles, por el tiempo que
dure la continuación y culminación del proceso de selec-
ción antes citado, hasta la correspondiente suscripción del
respectivo contrato;
Que, el inciso c) del Art. 19º del Texto Único Ordenado de
la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-
do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece
que están exoneradas de los procesos de Licitación, Concur-
so Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las ad-
quisiciones y contrataciones que se realicen en Situación de
Urgencia, y el Art. 20º de la citada norma establece que las
adquisiciones antes indicadas se realizarán mediante el pro-
ceso de Adjudicación de Menor Cuantía;
Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) del
Art. 20º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, la
exoneración de Licitación o Concurso Público debe ser
aprobada por Acuerdo del Concejo Municipal, en el caso
de los Gobiernos Locales, y puesta en conocimiento de la
Contraloría General de la República, dentro de los 10 días
calendario siguientes a su aprobación;
Con el voto aprobatorio del Concejo Municipal, y en uso
de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23853 - Ley
Orgánica de Municipalidades;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Declárese en Situación de Urgen-
cia la adquisición de combustibles para las unidades vehi-
culares, maquinarias y equipos de la Municipalidad Distri-
tal de Santa Anita, por el tiempo que dure la continuación y
culminación del proceso de selección iniciado con la Lici-
tación Pública Nº 001-2002-CE/MDSA convocada con di-
cho fin, hasta la suscripción del respectivo contrato.
Artículo Segundo.- Autorizar al Comité Especial, para
que proceda a la adquisición de los Combustibles para las
unidades vehiculares, maquinarias y equipos de la Munici-
palidad Distrital de Santa Anita, mediante el procedimiento
de Adjudicación de Menor Cuantía, en tanto dure la Situa-
ción de Urgencia declarada en el artículo anterior.
Artículo Tercero.- Poner en conocimiento del presente
Acuerdo, de la Contraloría General de la República, dentro
del plazo establecido para ello.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSIRIS FELICIANO MUÑOZ
Alcalde
4440
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Regulan compensación y transferencia
tributaria automática
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 000025
Callao, 20 de diciembre de 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesión
de fecha 22 de agosto de 2001; aprobó la siguiente: OR-
DENANZA MUNICIPAL:
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 18º de la Ley Marco de la Inversión
Privada, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 757,
dispone que sólo podrán establecerse trámites o requisi-
tos administrativos mediante Ordenanza Municipal cuando
se trate de Gobiernos Municipales;
Que, el Artículo 40º del Texto Único Ordenado del Códi-
go Tributario, modificado por Ley Nº 27335, que dispone en
el primer numeral que podrá realizarse la compensación
automática, únicamente en los casos establecidos expre-
samente por ley;
Perú le otorga rango de Ley a las Ordenanzas Municipa-
les, siendo el instrumento idóneo para dar efectivo cumpli-
miento al principio de legalidad;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrati-
vos de la Municipalidad Provincial del Callao, aprobado
mediante Ordenanza Nº 007-2000-MPC, contempla el
procedimiento no contencioso de transferencia tributa-
ria;Que, los procedimientos no contenciosos tributarios de
compensación y transferencia tributaria, actualmente son
un porcentaje considerable de la carga procesal de la Di-
rección General de Administración Tributaria y Rentas;
Que, el procedimiento automático de compensación y
transferencias, es una forma viable de disminuir la carga
de expedientes administrativos de la Dirección General de
Administración Tributaria y Rentas generados por pagos
indebidos o en exceso por tributos, sanciones e intereses,
asimismo simplifica el trámite de los mismos aplicando
celeridad y economía procesal para contribuir a un pronto
y mejor servicio de atención al contribuyente; a fin de ir
alcanzando paulatinamente la excelencia en el servicio de
Administración Tributaria;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto
en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con el
voto MAYORITARIO del Cuerpo de Regidores del Concejo
Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y apro-
bación del Acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE REGULA LA COMPENSACIÓN
Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMÁTICA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- APROBACIÓN DE LA COMPENSACIÓN
Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTOMÁTICA.-
Apruébase la compensación de deudas tributarias con
los créditos por tributos, sanciones tributarias e intereses
pagados en exceso o indebidamente y, transferencias que
no sobrepasen el valor del veinte por ciento (20%) de la
Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero del
año en que se presenta la solicitud de compensación o
transferencia.
Artículo 2º.- DIRECCIÓN ENCARGADA DE LA COM-
PENSACIÓN Y TRANSFERENCIA TRIBUTARIA AUTO-
MÁTICA.-
La Dirección de Administración Tributaria, dependiente
de la Dirección General de Administración Tributaria y Ren-

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