¿Regulación sectorial o normas de competencia?: El principio de supletoriedad en el caso Speedy Naked

AutorRICARDO MERCADO ESPINOSA
Páginas266-285
265
ADVOCATUS | 39
DERECHO
EN EL
SIGLO XXI
ESPECIAL
ALESSIA LERCARI BUENO(*)
Abogada por la Ponticia Universidad Católica del Perú.
¿Regulación sectorial o normas de competencia?: El principio de supletoriedad en el caso Speedy Naked
¿Regulación sectorial o normas de competencia?:
El principio de supletoriedad en el caso Speedy Naked
SUMARIO:
I. Introducción.
II. Antecedentes relevantes del procedimiento.
III. Denición del alcance del principio de supletoriedad.
1. S obre la libre competencia y la regulación.
2. Principio de supletoriedad.
2.1. Normas y lineamientos que reeren el principio de supletoriedad
en materia de telecomunicaciones.
2.2. Análisis de la jurisprudencia que analiza la aplicación del principio
de supletoriedad.
2.2.1. Jurisprudencia internacional.
2.2.2. Jurisprudencia nacional.
2.3. ¿En qué circunstancias se debe excluir las normas de competencia
frente a la aplicación de la regulación sectorial?
IV. ¿Se conceptualizó adecuadamente los alcances del principio de supletoriedad
en el caso Speedy Naked?
V. Efecto de la aplicación del principio de supletoriedad según el criterio del
tribunal.
VI. A modo de conclusión.
(*) El presente artículo está basado en par te en el Informe sobre Expediente Único empleado p or la autora para obtener
el título profesional de abogada en la Ponticia Universida d Católica del Perú. Las opiniones que se presentan en este
trabajo, así como los análisis e interpretaciones que en él se est ablecen son de responsabilidad exclusiva de la autora
y no reeja los puntos de vista de las instituciones a las que s e encuentra vinculada o asociada.
El presente artí culo fue recibi do por el Comité Edito rial con fecha 6 de abr il de 2020.
https://doi.org/10.26439/advocatus2021.n39.5134
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ADVOCATUS | 39 Revista editada por alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Lima
RESUMEN:
Se analizan los alcances del principio de suple toriedad en el Perú y se evalúa la denición de su ámbito de aplicación en el cas o iniciado en
contra de la empresa Telefónica del Perú S.A.A. p or prácticas de abuso de posición de do minio en la modalidad de ventas atadas. Se propone una
conceptualización del principio que busc a resguardar la integridad del sistema jurídico en los casos de conicto s normativos entre regulación
sectorial y normas de competencia.
Palabras clave: principio de supletoriedad, libre competencia, regulación, telecomunicaciones, conicto normativo.
Alessia Lercari Bueno
I. INTRODUCCIÓN
En el año 2011, el Organismo Supervisor de In-
versión Privada en Telecomunicaciones —en
adelante, “OSIPTEL”— inició un procedimiento
sancionador en contra de Telefónica del Perú
S.A.A. — en adelante, “Telefónica”— por la pre-
sunta comisión de una conducta de abuso de
posición de dominio en la modalidad de ven-
tas atadas. El procedimiento tenía por nalidad
evaluar el esquema comercial utilizado por Te-
lefónica para la comercialización del servicio de
telefonía ja y del servicio de acceso a internet
vía Asymmetric Digital Subscriber Line —en ade-
lante, “ADSL”—. Hasta ese momento, la empre-
sa venía comercializando ambos servicios de
manera conjunta a través de un paquete deno-
minado “Dúo: Speedy – Telefonía Fija”.
De acuerdo con lo señalado por OSIPTEL, la em-
presa habría condicionado la venta del servicio
de acceso a internet vía ADSL a la adquisición
de una línea de telefonía ja, con la nalidad de
aprovechar su posición privilegiada en el mer-
cado de acceso a internet para resguardar su
cuota en el mercado de telefonía ja, en el que
venía perdiendo participación sostenidamente.
Este caso ha sido ampliamente estudiado para
explorar temas tales como la aplicación del De-
recho de la Competencia en el mercado de tele-
comunicaciones, y la gura de las ventas atadas
como un abuso de posición de dominio en el
Perú. Sin embargo, un aspecto menos estudia-
do es el conicto que surge entre la aplicación
de la regulación sectorial en materia de teleco-
municaciones y las normas de competencia, así
como la relevancia de denir adecuadamente
el ámbito de aplicación del principio de suple-
toriedad como respuesta ante dicho conicto.
Siendo ello así, el presente trabajo no se enfoca
en determinar si la práctica comercial adoptada
por Telefónica debió o no ser considerada como
una infracción a las normas de competencia. Por
el contrario, este trabajo se limita a analizar la de-
nición del ámbito de aplicación del principio de
supletoriedad por parte de OSIPTEL y su adecua-
ción con la normativa y la jurisprudencia.
Como se desarrolla a mayor detalle en las si-
guientes líneas, es posible considerar que el
criterio establecido por el Tribunal de Solución
de Controversias de OSIPTEL —en adelante, el
“Tribunal”— no fue consistente con la jurispru-
dencia ni con la experiencia comparada, gene-
rando mayores incongruencias con relación a
la aplicación de este principio, así como mayor
falta de predictibilidad para los a dministrados.
II. ANTECEDENTES RELEVANTES DEL PRO-
CEDIMIENTO
El 27 de octubre de 2010, la Secretaría Técnica
AB S T R A C T:
This paper analyses the supplementar y application of competition laws in Peru, and it assesses the criteria es tablished in the procedure
initiated against Telefónica del Perú S.A.A. for t he alleged abuse of its dominant position in the form of t ying. It outlines the scope for the su-
pplementary application of compe tition laws and provides a denition that intends to preser ve the integrity of the legal system w hen conicts
between regulation and competition arise.
Keywords: suppleme ntary application of competition law, competition law, regulation, telecommunic ations, conict of laws.

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