ORDENANZA N° 510-MSB - Crean la zonificación Zona Reglamentaria Especial 4 ZRE -4 y aprueban Reglamento de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios para las Actividades Urbanas de la Zonificación ZRE 4, Centro Cultural de la Nación

Fecha de publicación14 Noviembre 2013
Fecha de disposición14 Noviembre 2013
El Peruano
Jueves 14 de noviembre de 2013 507069
de Predios hasta el día 20 de Diciembre del 2013; y
establecer las bases del sorteo ¡Ponte al día... y te vas
en Coche! que en Anexo I, en quince (15) Artículos, forma
parte integrante de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- APRUÉBESE otorgar en forma
excepcional y con carácter general en la jurisdicción de
Punta Negra el Benef‌i cio de exoneración del Pago de
la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en Las
Playas Del Distrito De Punta Negra por toda la temporada
de Verano 2014, para aquellos contribuyentes que se
encuentren al 20 de diciembre del 2013, al día en sus
pagos de impuesto predial y arbitrios municipales hasta
el año 2013; con un máximo de un (01) vehículo por cada
contribuyente.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaria General
é Imagen institucional la publicación de la presente
Ordenanza, en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el portal
Institucional de la Municipalidad Distrital de Punta
Negra.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria y Secretaria General
e Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente
Ordenanza, así como la difusión de la misma.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Facúltese a la Señorita Alcaldesa para que
mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones
complementarias necesarias para la adecuada aplicación
de la presente Ordenanza.
Segunda.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El peruano.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SILVANA ISABEL PRADO TRUJILLO
Alcaldesa
1013922-1
MUNICIPALIDAD
DE SAN BORJA
Crean la zonificación Zona
Reglamentaria Especial 4 - ZRE-4 y
aprueban Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edificatorios para las
Actividades Urbanas de la Zonificación
ZRE-4- Centro Cultural de la Nación
ORDENANZA N° 510-MSB
San Borja, 31 de julio de 2013.
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN BORJA
VISTOS, el Informe Nº 42-2013-MSB-GDCCT de
la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad y Cooperación
Técnica e Informe N° 335-2013-MSB-GAJ de fecha 24 de
julio de 2013 de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el
el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972,
Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades
distritales son órganos de gobierno local, con autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, en virtud de la cual el Concejo Municipal
ejerce atribuciones normativas;
Que, mediante Ordenanza Nº 1063-MML, la
Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo del
Distrito de San Borja, conformante del Área de Tratamiento
Normativo III de Lima Metropolitana;
Que, posteriormente mediante Ordenanza N° 1444-
MML, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprobó la
modif‌i cación del Plano de Zonif‌i cación, Plano de Alturas
y Consideraciones Normativas del Distrito de San Borja
aprobados por Ordenanza Nº 1063-MML;
Que, asimismo, con fecha 14 de mayo de 2012 la
Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobó la Ordenanza
Nº 1605-MML, que Modif‌i ca el Plano de Zonif‌i cación del
Distrito de San Borja aprobado por Ordenanza Nº 1063-
MML;
Que, la Gerencia de Desarrollo de la Ciudad y
Cooperación Técnica en el documento de Vistos, ha
informado que para viabilizar la ejecución del Proyecto
“Gran Centro Cultural de la Nación” a cargo Ministerio
de Vivienda, Saneamiento y Construcción, se han
def‌i nido las condiciones de desarrollo, los Parámetros
Urbanísticos y Edif‌i catorios que incluye, el edif‌i cio Hito
Cultural de 30 pisos, Hotel de 20 pisos, y el Centro de
Convenciones;
Que, asimismo el Informe Técnico de vistos ref‌i ere
que por las características especiales que presenta el
Proyecto, es necesario planif‌i car su desarrollo para su
óptima integración con el entorno urbano, correspondiendo
def‌i nirlo como Zona Reglamentaria Especial – ZRE 4 que
complementará el Reajuste Integral de Zonif‌i cación de los
Usos del Suelo del distrito de San Borja para esta zona,
aprobada con Ordenanza Nº 1063-MML y modif‌i catorias;
Que, el Proyecto Gran Centro Cultural de la Nación,
fue declarado de interés para el distrito de San Borja,
mediante Acuerdo de Concejo N° 018-2013-MSB-C, en
razón a que en dicho Centro se realizarán las Juntas de
Gobernadores del Grupo del Banco Mundial y del Fondo
Monetario Internacional correspondiente al año 2015;
Que, el Artículo 40° de la Ley Nº 27972, establece
que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y
distritales, son las normas de carácter general de mayor
jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio
de las cuales se aprueba la organización interna, la
regulación, administración y supervisión de los servicios
públicos y las materias en las que la municipalidad tiene
competencia normativa;
Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº
27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo
Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
REGLAMENTO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y
EDIFICATORIOS PARA LAS ACTIVIDADES URBANAS
DE LA ZRE-4 CENTRO CULTURAL DE LA NACIÓN.
Artículo 1°.- Creación
CRÉASE la zonif‌i cación ZONA REGLAMENTARIA
ESPECIAL 4 - ZRE-4, que complementa el Reajuste
Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo del
Distrito de San Borja, aprobada con Ordenanza Nº 1063-
MML y modif‌i catorias.
Artículo 2°.- Aprobación
APRUÉBESE el Reglamento de Parámetros
Urbanísticos y Edif‌i catorios Para las Actividades Urbanas
de la Zonif‌i cación ZRE-4- Centro Cultural de la Nación,
del Distrito de San Borja, que consta de cuatro Capítulos,
25 Artículos.
Artículo 3º.- Vigencia
La presente norma entrará en vigencia al día siguiente
de su aprobación por la Municipalidad Metropolitana de
Lima.
Artículo 4º.- Publicación
La presente Ordenanza y el Reglamento aprobado se
publicarán en la página web de la Municipalidad Distrital
de San Borja.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS FINALES
Única.- Facultades
Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto
de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias
necesarias para la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza.

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