Regímenes de Excepción y Proceso de Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero

AutorHugo Herbert Marroquín Martensen
CargoAbogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas151-169
151
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
41
* Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú. Magister en Derecho Bancario y Financiero con mención en Regulación
Bancaria por la Ponticia Universidad Católica del Perú.
Regímenes de Excepción y Proceso
de Liquidación de las Empresas del
Sistema Financiero
Hugo Herbert Marroquín Martensen*
A mi hija,
mis padres
y hermano
Resumen:
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el ente encargado de supervisar las
empresas del sistema nanciero, cuyo objetivo es proteger la salud de dicho sistema y los
intereses de los ahorristas, sin embargo esto último no se verica necesariamente cuando
una entidad del sistema nanciero entra en proceso liquidatorio. El proceso de crisis bancaria
tiene dos etapas, en la cual la medida de intervención es bastante fuerte. El autor explica y
muestra mediante casos, el resultado de los procesos liquidatorios mediante la aplicación
del esquema tradicional o “Liquidación lisa y llana”.
Palabras clave:
SBS - Conanza - Régimen de excepción - Régimen de vigilancia - Disolución y liquidación -
Liquidación voluntaria - Liquidación forzosa - Liquidación lisa o llana
Sumario:
1. Rol de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP’s como ente supervisor de las
empresas del sistema nanciero
1.1 Crisis de la empresa del sistema nanciero
1.1.1 Regímenes de excepción
2. Culminación del proceso liquidatorio
3. Mecanismo de liquidación bancaria actual: Limitaciones de la liquidación lisa y llana
3.1 Mutual de Vivienda Perú en Liquidación
3.2 Banco Hipotecario en Liquidación
3.3 Ex - Banco CCC del Perú en Liquidación
3.4 Banco República en Liquidación
4. Conclusiones
| Mercado de Valores y Regulación Financiera |
152
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
41
Las crisis bancarias siempre han representado
un costo económico, nanciero y social bastante
alto para los países que las han experimentado, y
que particularmente al Perú le ha tocado vivir en
la década del ‘90 e inicios del año 2000, y que en
la actualidad gran parte de los países de Europa
y los Estados Unidos, sufren sus consecuencias,
repercutiendo estas a nivel mundial.
Si bien actualmente el Perú goza de una
estabilidad económica, con la moneda del Nuevo
Sol fortalecida frente al Dólar Norteamericano, y
con una proyección de crecimiento alrededor del
5% para los próximos años, no somos un país que
vive aislado del contexto económico mundial,
somos un país donde el riesgo de desaceleración
en la economía siempre está latente. Por tal
motivo, no debemos dejar de lado nuestra
normativa bancaria en lo concerniente a las
entidades del sistema nanciero que atraviesen
problemas nancieros, legales y demás; de
los procesos liquidatorios de los mismos o de
la adopción de mecanismos alternativos de
liquidación que nuestra propia ley contempla
como la cesión de cartera, entre otros.
En tal sentido, la nalidad del presente artículo es
exponer la importancia de las empresas supervisadas
del sistema nanciero como intermediadores
indirectos del dinero en la economía de un país
y el rol que desempeña la Superintendencia de
Banca, Seguros y AFP (en adelante SBS). Asimismo,
analizaremos los mecanismos que adopta la SBS
cuando una empresa presenta problemas de
índole económico, nanciero, legal, entre otros.
En la segunda parte, expondremos la culminación
del proceso liquidatorio. Finalmente, analizaremos
la modalidad tradicional de liquidación bancaria
(liquidación lisa y llana) con ejemplos de procesos
liquidatorios fenecidos y en actual gestión.
1. Rol de la Superintendencia de Banca,
Seguros y AFP’s como ente supervisor
de las empresas del sistema nanciero
Un sistema nanciero nacional desarrollado y
eciente constituye un importante dinamizador
del desarrollo económico nacional. De hecho,
desde el punto de vista social, es fundamental que
el sistema nanciero en su conjunto, no solo sea
eciente, sino que no sea frágil. Por ambas razones,
es necesario que el sistema sea fuertemente
regulado por el Estado.
La actividad bancaria a través de los años ha
pasado de ser una simple actividad privada,
sometida a la libre iniciativa de los particulares,
para convertirse en una actividad celosamente
intervenida y regulada, dado los intereses
comunitarios que deben protegerse, la misma
que en el Perú es asumida por la SBS.
su artículo 87° señala: “La Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de
Fondos de Pensiones ejerce el control de las
empresas bancarias, (...), de las demás que
reciben depósitos del público y de aquellas otras
que, por realizar operaciones conexas o similares,
determine la ley” (énfasis mío).
artículo 345° señala:
“La Superintendencia de Banca y Seguros es
una institución constitucionalmente autónoma
y con personería de derecho público, cuyo
objeto es proteger los intereses del público en el
ámbito de los sistemas nanciero y de seguros.
La Superintendencia ejerce en el ámbito de sus
atribuciones, el control y la supervisión de las
empresas conformantes del Sistema Financiero
y Sistema de Seguros y de las demás personas
naturales y jurídicas incorporadas por esta ley o
por leyes especiales, de manera exclusiva en los
aspectos que le corresponda”.
Por su parte, el artículo 346° de la Ley N° 26702,
determina que: “La presente Ley determina el
marco de la autonomía funcional, económica y
administrativa de la Superintendencia de Banca
y Seguros; establece su ubicación dentro de
la estructura del Estado; dene su ámbito de
competencia; y señala sus demás funciones y
atribuciones”.
Mientras que el artículo 347° de la Ley N° 26702,
especica que:
“Corresponde a la Superintendencia defender
los intereses del público, cautelando la
solidez económica y nanciera de las
personas naturales y jurídicas sujetas a
su control, velando porque se cumplan las
normas legales, reglamentarias y estatutarias
que las rigen; ejerciendo para ello el más amplio
control de todas sus operaciones y negocios
y denunciando penalmente la existencia de
personas naturales y jurídicas que, sin la debida
autorización ejerzan las actividades señaladas en
la presente ley, procediendo a la clausura de sus
locales, y, en su caso, solicitando la disolución y
liquidación del infractor” (énfasis mío).
De los artículos citados, podemos resaltar que
la SBS es el ente encargado de supervisar a las
empresas del Sistema Financiero, por ende de
cautelar los intereses de los ahorristas y de
preservar la conanza en el Sistema Financiero,
cautelando su estabilidad y solidez, otorgándole
para tal efecto una serie de prerrogativas como

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR