Régimen patrimonial de los matrimonios internacionales. Ley aplicable y pactos permitidos en el derecho internacional privado

AutorMaría del Carmen Delgado Menéndez
CargoAbogada y magíster por la PUCP y profesora asociada de la misma universidad en Derecho Civil e Internacional Privado (DIPr)
Páginas191-210
https://doi.org/10.18800/agenda.202201.008
Agenda Internacional
Año XXIX N° 40, 2022, pp. 191-210
e-ISSN 2311-5718
Régimen patrimonial de los matrimonios internacionales.
Ley aplicable y pactos permitidos en el derecho
internacional privado
María del Carmen Delgado Menéndez*
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El creciente número de matrimonios «internacionales», con nacionalidades, domicilios y patri-
monios que vinculan a los esposos con diversos países y que generan relaciones patrimoniales
tanto entre los cónyuges como con terceros, pone en evidencia la importancia del tema relativo
al régimen económico patrimonial de dichos matrimonios. Esta situación reclama nuestra
atención hacia las normas de derecho internacional privado en base a las cuales ha de determi-
narse cuál es la ley aplicable a este régimen, pues es precisamente esta ley la que denirá, entre
otros, cuál es el régimen patrimonial que lo rige, cuáles son sus efectos, cuáles son los pactos
permitidos y cuáles son las vías legales para que los esposos puedan cambiar el régimen vigente.
En este artículo nos referimos particularmente a lo que deben tener en cuenta los matrimo-
nios internacionales para determinar cuál es la ley aplicable a su régimen patrimonial, cuáles
son los regímenes económicos patrimoniales de mayor vigencia en el mundo y cuáles son las
principales similitudes y diferencias entre dichos regímenes. Ilustramos la importancia de este
tema relacionándolo a circunstancias, cada vez más frecuentes, en las que los esposos cambian
repetidamente el lugar del domicilio conyugal, involucrando diversos Estados y generando
interrogantes respecto a la ley que habrá de aplicarse para determinar su régimen patrimonial,
las principales características y efectos del régimen económico que los ha de regir y las vías
legales a las que los esposos pueden recurrir para modicar dicho régimen. A modo de ejemplo,
recurrimos al supuesto de un matrimonio internacional que vincula a España y a Perú, por tra-
tarse de cónyuges que tuvieron su primer domicilio en Madrid, España, pero que hoy residen
* Abogada y magíster por la PUCP y profesora asociada de la misma universidad en Derecho Civil e Internacional
Privado (DIPr). Cursos internacionales de posgraduación en la Facultad de Derecho de la UNAM de México, de la
PUCP, de la Universidad de Passo Fundo de Brasil, de la Ponticia Universidad Católica Madre y Maestra de Santo
Domingo y de la Universidad Central de Venezuela. Especialista en el diseño de reformas, dirección de proyectos
en temas de derechos de propiedad, derecho civil y DIPr en Perú, Latinoamérica, el Caribe, Medio Oriente, Asia
y África, con publicaciones nacionales e internacionales en dichas materias. Miembro del Consejo Directivo de la
Facultad de Derecho y del Consejo Directivo de la Maestría en Investigación Jurídica de la PUCP. Correo electró-
nico: mariadelcarmendelgadom@gmail.com
https://orcid.org/0000-0001-7240-9559
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en Lima, Perú. Indicamos cuál es el factor de conexión previsto en las normas peruanas de
derecho internacional privado para determinar cuál es la ley que regula el régimen patrimonial
de un matrimonio internacional. Nos referimos, asimismo, a los regímenes patrimoniales de
los matrimonios previstos en la legislación peruana y en la española, incluyendo sus caracterís-
ticas y efectos y las vías legales existentes para que los esposos puedan modicar dicho régimen.
Finalmente, se formulan algunas propuestas especícas de modicación normativa que permi-
tiría que el Perú cuente con un marco normativo que brinde mayor previsibilidad y seguridad
jurídica a los regímenes patrimoniales de los matrimonios internacionales.
Palabras clave: derecho internacional privado, matrimonios internacionales, regímenes eco-
nómicos patrimoniales, pactos y capitulaciones matrimoniales, factores de conexión y ley
aplicable, propuestas de reforma.
Property regimes in international marriages: applicable law and marital covenants
permitted under private international law
A
e growing number of “international” marriages, with nationalities, domiciles and proper-
ties that link the spouses with various countries, and that generate patrimonial relations both
between the spouses and with third parties, highlights the importance of the issue related to
the patrimonial economic regime of such marriages. is situation demands our attention to
the rules of private international law which will be the basis to determine what is the law appli-
cable to the economic patrimonial regime of an international marriage, since it is precisely this
law that will dene, among others, which is the patrimonial regime that governs each mar-
riage, what are the eects of said regime, what are the permitted covenants and arrangements
allowed between the spouses in this matter, as well as the legal ways for the spouses to change
the current regime today. In this article we refer particularly to what international marriages
must take into account in order to determine what law is applicable to their property regime,
which are the most widely applied patrimonial economic regimes around the world and what
are the main similarities and dierences between these regimes. We illustrate the importance
of this theme by relating it to increasingly frequent circumstances in which spouses repeatedly
change the place of the marital domicile, involving various countries and generating a series of
questions regarding the law that will be applied in order to determine which property regime
governs them, what are the main characteristics and eects of said regime, as well as the legal
means to which the spouses can utilize to modify said regime. As an example, we resort to the
assumption of an international marriage that binds Spain and Peru, as it composed of spouses
who had their rst domicile in Madrid, Spain, and today reside in Lima, Peru. We indicate
what is the connecting factor provided for in the Peruvian norms of private international law
so as to determine which is the law regulating the patrimonial regime of an international mar-
riage. We also refer to the property regimes of marriages provided in both the Peruvian and the
Spanish legislation, including their characteristics and eects and the existing legal means for
the spouses to modify said regime. Finally, some specic proposals for regulatory modication
are formulated and aimed at providing Peru with a regulatory framework that provides greater
predictability and legal certainty to the property regimes of international marriages.
Keywords: Private international law, international marriages, economic patrimonial regimes,
marital agreements, connecting factors and applicable law.

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