Régimen del I.G.V. en la Amazonía Peruana: Alcance de la aplicación de beneficios luego de la vigencia de las Leyes N°s. 29647 y 29661
Autor | Luis Alberto Durán Rojo |
Páginas | 264-276 |
264
foro jurídico
Régimen del I.G.V. en la Amazonía Peruana: Alcance de
la aplicación de benecios luego de la vigencia de las Leyes
Nºs. 29647 Y 29661
Luis Alberto Durán Rojo*
IntroduccIón
Como se sabe, el 30 de diciembre de 1998 se publicó la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazo-
en materia de Impuesto a la Renta (IR) e Impuesto General a las Ventas (IGV), a los contribuyentes ubicados en la
Región de Amazonía, por un periodo de 50 años.
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les es un instrumento idóneo para promover un mayor y más justo desarrollo económico y social de zonas del país
en materia de IGV, y que en el caso de la Región de Amazonía supone, además, que los montos recaudados por la
El 1 de enero de este año 2011 entró en vigencia el programa de sustitución gradual de las exoneraciones e incenti-
vos tributarios establecidos por la Ley de Amazonía, conforme a lo señalado en el Título III del Dec. Leg. Nº 978,
mediante el cual el ámbito de aplicación del IGV se extendió a toda la Región de Amazonía, salvo al departamento
de Ucayali, las provincias del departamento de Loreto distintas a Alto Amazonas y las zonas amazónicas del departa-
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butario. Presidente del Instituto Peruano de Investigación y Desarrollo Tributario (IPIDET), y miembro de la Asociación Fiscal Internacional
(IFA) y de la Asociación Peruana de Derecho Constitucional (APDC).
“(…) Empezamos este año 2011 con una nueva
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