Reflexión sobre la persona humana y la política criminal

AutorGino Ríos Patio
Cargo del AutorPresidente de la Asociación Peruana de Criminología Ama Hucha. Presidente del Centro de Estudios en Criminología y Director del Instituto de Investigación Jurídica de la Universidad de San Martín de Porres
Páginas91-95
91
REFLEXIÓN SOBRE LA PERSONA HUMANA Y LA POLÍTICA CRIMINAL
Gino Ríos Patio
Sumario
1. Introducción. 2. Política Criminal. 3. Las modificaciones al Código Penal. 4.
¿Prevención y punición?
1. Introducción
El artículo 1° de la Constitución Política del Estado consagra el postulado
máximo del pensamiento demo liberal al colocar en el pórtico de la juridicidad
nacional y en la base de nuestra comunidad política, el principio según el cual,
la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo
de la sociedad y del Estado.
El Perú es una república democrática y social, con gobierno representativo, lo
que quiere decir que la libertad y la igualdad son los valores superiores del
ordenamiento jurídico, siendo la libertad la raíz de los derechos humanos y, a su
vez, no siendo éstos comprensibles al margen de la igualdad; y que el desarrollo
integral del ser humano, exigido por su dignidad, sólo se posibilita con el
ordenamiento político.
De lo anterior desciende que la clave normativa del sistema político y jurídico, es
el orden axiológico anterior a la Constitución y al Estado, pues éste asume la
misión de alcanzar y realizar los valores antes mencionados para tener
legitimidad.
Así, la íntima conexión entre ordenamiento estatal y valores, queda establecida,
lo que supone el reconocimiento de la dimensión axiológica del Derecho.
Esa es la fundamentación del artículo 1° de la Constitución. En el se condensa
la filosofía y los criterios axiológicos del ordenamiento político.
La dignidad de la persona humana es el valor supremo. El principio de libertad
emana de ella, como único factor capaz de asegurar un contenido valorativo al
Derecho.
Por eso, los derechos humanos, como un lazo de unión del Estado y los
ciudadanos, son un medio de integración objetiva. Tienen un carácter funcional
e institucional que los convierte en el fundamento último del propio Estado.
Al ser los derechos humanos la expresión más inmediata de la dignidad humana,
son también la condición sine qua non del Estado constitucional democrático y
no pueden dejar de ser considerados sin que peligre la forma de Estado o se
transforme radicalmente.
Los derechos humanos cumplen, pues, funciones estructurales para los
principios conformadores de la Constitución y son elementos esenciales de un
ordenamiento objetivo de la comunidad nacional, configurado como marco de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR