La recusación en el arbitraje de las contrataciones estatales

AutorRoger Vidal Ramos
CargoAbogado por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Páginas179-198
La recusación en el arbitraje
de las contrataciones estatales* U
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LITIGIOS
PROCESA LES
Y ARBITRAL ES
Roger Vidal Ramos
Abogado por la Universidad Nacional Hermilio Valdizán.
Máster en Derecho Civil y Comercial por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
Presidente del Instituto Peruano de Derecho Civil.
SUMARIO:
I. Introducción.
II. El árbitro.
III. El deber de declaracn.
IV. In dependencia e imparcialida d.
V. La declaracn en la Ley de Contrataciones del Estado.
VI. Deber de declaracn en el Código de Ética del OSCE.
Vil. La recusacn.
VIII. La recusacn en el arbit raje de contrataciones del Estado.
IX. Le gitimacn.
X. Momento y plazo para recusar.
XI. Las causales.
XII. Procedimiento de recusacn.
XIII. La recusacn en el nuevo regla mento de la LCE.
XIV. Estadísticas de las recusaciones del OSCE.
XV. Conclusiones.
Precisamos qu e el presente a rtículo ha sido elabora do te niendo en cuenta las disposicione s de la antig ua Ley
de Co ntrataciones del Estado, siendo d e util idad para los procesos arbitrale s que aún se d esarrollan con dic ho
régime n norm ativo y para otros estud ios académicos.
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A D V O C A T U S 132 Re vista e dit ad a po r alu mn os de la F acu ltad de De rec ho de la U niv ers ida d de L ima
RESUMEN:
En el presente trabajo, el au tor re aliza algunas reflexion es en to rno al deber de declara ción que tienen los á rbitros c omo garan a de
su inde pendencia e imparc ialidad en el marco de los a rbitrajes en las co ntrataciones con el Estado. Asim ismo, analiza el procedim iento de
recusación que las partes deben s eguir cuando alguno de los árbitro s incum pla con dic ho deber, ten iendo en cuenta, e ntre otras normas, el
Código de Ética del OSCE.
Palabras clave: Árbitro, deb er de declaración, recusación, independe ncia e imparc ialidad.
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ABSTRACT
In the present w ork, th e auth or makes so me reflectio ns abo ut the duty of ded aratio n tha t the arbitra tors have as a g uarantee o f their
independen ce and im par tiality in the framew ork o f arbitrat ions in contract ing w ith th e State. It also examines th e challenge procedure tha t
the parties mu st follo w when one of the arbitrato rs fails to do so, taking in to account, Ínter alia, the OSCE Code of Ethics.
Kevwords: Arb itrator, duty o f dedarat ion, challe nge, indepe ndence and im part iality.
I. INTRODUCCIÓN
El presente trab ajo t ien e p or fin alidad oto rgar
una visión gene ral de la impo rtanc ia del de
ber de declara ción del á rbitro al mom ento de
em itir su a cept ació n luego de su de signació n y
en c ualqu ier m ome nto d el esta do del proceso
arbi tral, s iempre que e xista circunsta ncias q ue
hagan dud ar de su indep enden cia e imparcia
lidad, lo cual cons tituye en favo r de las partes
respecto a la garantía por la confia nza depo si
tada en el árb itro.
Sin emb argo, la no espera da pos ibili dad de
que e l ár bitro deje de declarar cie rta in for
ma ció n muy relev ante 1, po dría o casion ar que
se pierda la ind ep ende ncia e im parc ialida d,
ant e este supue sto ex iste la recusa ción c omo
me canism o procesal ad ecua do a efecto s d e
ap artar al á rbit ro que haya inc ur rido en esta
qu ebra ntam ient o de la con fianza d e las partes
fre nte al(os) árbitr o(s) q ue se en cuent ra re gu
lad o en la Ley d e C ontra tacion es del Estado
(en adel ante, "LCE"), don de cobra i m por tan
cia el d eber de decl aració n en la Ley y en el
Có digo de Ética del OSCE, que com pleme nta
el proc edim ien to de rec usació n ar bitra l en el
de nom ina do arb itraj e en las c ontra tacio nes
estatales .
II. EL ÁRBITRO
Es pr im ord ial ac otar qu e la co nfian za en el
Arbitraj e reposara siem pre en la e lección del
árb itro bajo cie rtas características (experiencia ,
espe cialización , h onrad ez o in ves tigac ión ) lo
que conlleva a segu ir rea firm ando que el Ar bi
traje como pilar funda menta l se enmar ca en la
des igna ción del Á rbitr o y la suscrip ción de un
adecuad o conv enio a rbitral.
En este sen tido es im por tante lo pr ecisado p or
Alfr edo Bullard, "¿C ómo buscar un árbitro? En
mi op ini ón, la prin cipa l c aracterística q ue se
debe buscar en un árbitro es que sea tra bajad or
o, co mo deci mos en el Pe, «cham beador". El
árb itro qu e asume la carga de traba jo suele ser,
antes que el árb itro que sabe mu cho y tiene
muchos cono cimien tos, el que s i nflu ye en
el resultad o fin al del laudo. Evid enteme nte es
tam bién imp ortante qu e ten ga cono cimie nto
de la mate ria q ue se va a arbitrar, ser in telige nte
y tener una línea de pensam iento que poda mos
predecir legítimamente será favorabl e a nuestra
posi ción . El árb itro tie ne qu e ser inte ligen te no
solo desde el punt o d e vista inte lectua l, s ino
emo cional. Tiene que ser empát ico. Un árbit ro
co nflicti vo, que se pe lea con tod o el mundo ,
antip ático, fastidi oso y que nad ie pasa, es un mal
1. Asesorías, haber compa rtido Tribun ales, relaciones amicales, familia res y otras que podrían g enerar d udas de la
imparcia lidad.
180 Roger Vidal Ramos

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