Rectifican organigrama de la estructura orgánica de la municipalidad*

Fecha de disposición14 Junio 1997
Fecha de publicación14 Junio 1997
Pág. 150080
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de junio de 1997
de Procesos Administrativos Disciplinarios los actua-
dos que contienen la reformulación del Informe Espe-
cial Nº 05-96-MPH-OAI, relacionado con las irregulari-
dades detectadas en la suscripción de las Actas de
Trato Directo de fechas 16 de octubre de 1995 y 21 de
diciembre de 1995;
Que, conforme ha verificado la Oficina de Auditoría
Interna con fecha 16 de octubre de 1995 el Sr. Melchor
Cárdenas Vásquez en representación de la Municipali-
dad Provincial de Huaral y los señores Enrique Gordi-
llo García, María Dávila Carrasco, Carlos Colán
Chavinpalpa, Jesús Lara Roselló y Justino Claros
Luna en representación de los servidores empleados de
la entidad, suscribieron un Acta de Trato Directo en el
que acuerdan aplicar un incremento remunerativo a
favor de los servidores empleados ascendente a la suma
de S/. 220.00 (DOSCIENTOS VEINTE Y 00/100 NUE-
VOS SOLES) con vigencia retroactiva a julio de 1994,
amparando dicho acuerdo en el Decreto de Urgencia Nº
37-94; dicha Acta de Trato Directo fue aprobada poste-
riormente con Resolución Municipal Nº 2115-95-CPH/
95;
Que, asimismo, la Oficina de Auditoría Interna ha
verificado que con fecha 21 de diciembre el Sr. Melchor
Cárdenas Vásquez en su calidad de titular de la entidad
y los señores Fernando Ramos Colán, María Mercado
Ramos, José Andrade Gutarra y Enedina Pachas Huar-
ca, representantes de los servidores obreros de la Muni-
cipalidad, suscribieron un Acta de Trato Directo en los
mismos términos del acta referida en el considerando
precedente, esta vez en favor de los servidores de la
Municipalidad;
Que, según puede apreciarse, el Decreto de Urgen-
cia Nº 37-94, excluye expresamente de sus alcances a
los Gobiernos Locales, señalando al mismo tiempo que
los aumentos remunerativos de éstos se sujetaban
estrictamente a lo dispuesto en el Artículo 23º de la Ley
Nº 26268 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
1994, por lo que dichos pactos resultan ilegales por
ampararse en normas legales no aplicables para las
Municipalidades;
Que, de otro lado, el Artículo 23º de la Ley de Presu-
puesto del ejercicio 1994, establecía que los reajustes de
remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, refrigerio y
movilidad de los trabajadores de los Gobiernos Locales
debían atenderse con cargo a los ingresos propios de cada
municipalidad, debiendo fijarse con arreglo al procedi-
miento de negociación bilateral establecido mediante el
D.S. Nº 070-85-PCM y de acuerdo al Informe favorable de
la Comisión Técnica a que se refiere el Artículo 27º del D.S.
Nº 003-82-PCM;
Que, como puede apreciarse, en la suscripción de las
Actas de Trato Directo de fechas 16 de octubre y 21 de
diciembre de 1995 no se han observado las disposicio-
nes legales antes citadas, así como lo dispuesto en el
Artículo 46º de la Ley Nº 26199 - Ley Marco del Proceso
Presupuestario para el Sector Público, teniéndose ade-
más en cuenta que en el acto no hubo más representa-
ción de la entidad que el Sr. Melchor Cárdenas Vásquez
ex Alcalde de la entidad no contándose con opinión de
ninguna comisión técnica como dispone el antes citado
Artículo 23º de la Ley de Presupuesto de 1994; lo que
constituye una transgresión a las obligaciones estable-
cidas en el Artículo 21º Incs. a), b) y d) de la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del
Sector Público aprobada por el D. Leg. Nº 276, concor-
dantes con los Artículos 126º, 129º, 131º, 132º y 133º de
su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº
005-90-PCM, habiendo indicios suficientes de comisión
de faltas administrativas de carácter grave por cuanto
se ve afectado el patrimonio municipal, por lo que la
Comisión Especial de Procesos Administrativos Disci-
plinarios recomienda la apertura de Proceso Adminis-
trativo Disciplinario al ex funcionario Melchor Cárde-
nas Vásquez ex Alcalde, extendiéndose asimismo, a los
señores Antonio Huerta Julca ex Director de Adminis-
tración y Juan Manuel Chig del Castillo ex Jefe de la
Unidad de Personal, como responsables de las funcio-
nes administrativas laborales de la entidad, debiendo
procederse a dicha acción de personal;
Que, sin perjuicio de lo expuesto, resulta pertinente
precisar que si bien conforme a lo dispuesto en el
segundo párrafo del Artículo 165º del Reglamento de la
Ley de Bases de la Carrera Administrativa para el
proceso de los funcionarios debe designarse a una
comisión integrada a su vez por funcionarios acordes a
la jerarquía del funcionario procesado, y para el caso
del ex Alcalde resultaría imposible iniciar contra éste
un proceso administrativo disciplinario por ser la máxi-
ma autoridad administrativa a nivel de la Municipali-
dad, dada la condición de éste como funcionario público
responsable de la gestión administrativa de la entidad,
resulta pues pasible de las sanciones administrativas
pertinentes por el incumplimiento de sus deberes y
obligaciones administrativas, debiendo por tanto deter-
minarse su actuación y grado de participación en las
faltas antes citadas;
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN LOS
ARTICULOS 167º Y 174º DEL REGLAMENTO DE LA
LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA
APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO Nº 005-90-
PCM;
RESUELVE:
Artículo Primero.-
Disponer la Apertura de Proceso
Administrativo Disciplinario a los señores Melchor Cár-
denas Vásquez ex Alcalde de la Municipalidad Provincial
de Huaral, Antonio Huerta Julca ex Director de Adminis-
tración y Juan Manuel Chig del Castillo ex Jefe de la
Unidad de Personal por la presunta comisión de las faltas
administrativas referidas en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo Segundo.-
De conformidad con lo dispuesto
en el Artículo 169º del Reglamento de la Ley de Bases de
la Carrera Administrativa, conceder un plazo de cinco (5)
días hábiles contados a partir del día siguiente de la
notificación de la presente Resolución, a los ex servidores
referidos en el artículo precedente para la presentación de
sus respectivos descargos.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALEJANDRO MARIN VALENTIN
Alcalde Provincial
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MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Rectifican organigrama de la estructu-
ra orgánica de la municipalidad
SESION ORDINARIA DE CONCEJO
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 036-97-CMI
Independencia, 23 de mayo de 1997
EL CONCEJO MUNICIPAL DE
INDEPENDENCIA;
VISTO, EN SESION ORDINARIA DE CONCEJO DE
LA FECHA, la propuesta presentada por el señor Presi-
dente de la Comisión de Economía y Presupuesto de la
Municipalidad sobre la rectificación del Esquema Gráfico
de la Estructura Orgánica de la Municipalidad de Inde-
pendencia, la cual guarda relación con el proceso del Plan
y Presupuesto de la Repartición;
CON LAS FACULTADES DE LEY Y ESTANDO A
LAS CONSIDERACIONES EXPUESTAS, CON EL VOTO
UNANIME DE LOS SEÑORES REGIDORES;
ACUERDA:
Artículo Primero.-
Rectificar el Organigrama de la
Estructura Orgánica de la Municipalidad de Independen-
cia de acuerdo al siguiente gráfico:

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