40 108-2002-MTC/15.15 - Otorgan licencia a empresa para prestar servicio de recojo de residuos oleosos en el Terminal Portuario del Callao
Fecha de publicación | 26 Julio 2002 |
Fecha de disposición | 26 Julio 2002 |
Pág. 227177
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 26 de julio de 2002
Legal, mediante los Informes Nºs. 251-2002-MTC/
15.15.03 y 108-2002-MTC/15.15.al, respectivamente, la
citada Empresa ha cumplido con los requisitos estableci-
dos en el Artículo 14º del referido Reglamento y su Modi-
ficatoria aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-
MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otor-
garle la Licencia solicitada;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su
Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-
2001-MTC/15.15, Modificada por Resolución Ministerial
Nº 401-2001-MTC/15.15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa SHANBRA
EIRLTDA., la Licencia Nº 012-2002-MTC/15.15-SAN, para
que preste Servicio de Avituallamiento a Naves en Bahía
y Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cum-
plir con las disposiciones que sobre la materia corres-
pondan a otros Sectores.
Artículo 2º.- La Licencia que se otorga por el artículo
precedente, concede a su titular un derecho específico e
intransferible; y tiene vigencia por tres (3) años calenda-
rio, computados a partir de la fecha de publicación de la
presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Pe-
ruano, pudiendo ser renovada por similar período a peti-
ción de parte.
Artículo 3º.- La Licencia de Servicio de Avitua-
llamiento a Naves que se otorga por el Artículo 1º de la
presente Resolución Directoral implica la obligación del
Titular de someterse a las disposiciones legales vigen-
tes sobre la materia, así como a las directivas que al
respecto emita la Empresa Nacional de Puertos SA., y
las disposiciones y directivas que dicte la Dirección Ge-
neral de Transporte Acuático.
Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución
Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-
dacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes.
Artículo 5º.- La Presente Resolución Directoral en-
trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL FARROMEQUE QUIROZ
Director General (e)
Dirección General Transporte Acuático
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Otorgan licencia a empresa para pres-
tar servicio de recojo de residuos oleo-
sos en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 108-2002-MTC/15.15
Lima, 4 de junio de 2002
Vista la solicitud (Expediente Nº 2002-004577)
presentada por la empresa SHANBRA EIRLTDA., solici-
tando Licencia para la prestación de Servicio de Recojo
de Residuos Oleosos en el Terminal Portuario del Callao;
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC
(29.DIC.2000), se facultó a la Dirección General de Trans-
porte Acuático del Sector Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción, la regulación, supervisión y
control de las actividades administrativas empresariales
de los servicios de transporte marítimo y conexos reali-
zados en tráfico de bahía y áreas portuarias;
Que, por Resolución Ministerial Nº 100-2001-MTC/
15.15 (28.FEB.2001), se aprobó el Reglamento del referi-
do Decreto Supremo, el cual en su Artículo 11º establece
que las Licencias para prestar los referidos servicios, se-
rán otorgadas por Resolución Directoral de la Dirección
General de Transporte Acuático, previo cumplimiento de
los requisitos que exige el mencionado Reglamento;
Que, según opinión favorable emitida por el Director
de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal,
mediante los Informes Nºs. 251-2002-MTC/15.15.03 y
108-2002-MTC/15.15.al, respectivamente, la citada em-
presa ha cumplido con los requisitos establecidos en el
Artículo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria
aprobada por Resolución Ministerial Nº 401-2001-MTC/
15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle
la Licencia solicitada;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley
Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su
Reglamento aprobado por Resolución Ministerial Nº 100-
2001-MTC/15.15, modificada por Resolución Ministerial
Nº 401-2001-MTC/15.15;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- OTORGAR a la empresa SHANBRA
EIRLTDA., la Licencia Nº 004-2002-MTC/15.15-SRR, para
que preste Servicio de Recojo de Residuos Oleosos en
el Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cum-
plir con las disposiciones que sobre la materia corres-
pondan a otros Sectores.
Artículo 2º.- El Servicio de Recojo de Residuos a que
se refiere el artículo precedente será prestado a través
de tres Camiones Cisternas de la Empresa.
Artículo 3º.- La Licencia que se otorga por el Artículo
1º precedente, concede a su titular un derecho específi-
co e intransferible; y tiene vigencia por tres (3) años ca-
lendario, computados a partir de la fecha de publicación
de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial
El Peruano, pudiendo ser renovada por similar período a
petición de parte.
Artículo 4º.- La Licencia de Servicio de Recojo de
Residuos Oleosos que se otorga por el Artículo 1º de la
presente Resolución implica la obligación del Titular de
someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la
materia así como a las directivas que al respecto emita
la Empresa Nacional de Puertos S.A., y a las disposicio-
nes y directivas que dicte la Dirección General de Trans-
porte Acuático.
Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución
a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del
Sector Defensa, para los fines pertinentes.
Artículo 6º.- La Presente Resolución Directoral en-
trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL FARROMEQUE QUIROZ
Director General (e)
Dirección General Transporte Acuático
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Otorgan permiso de operación a SERVI-
VENSA para prestar servicio de trans-
porte aéreo regular de pasajeros, carga
y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 129-2002-MTC/15.16
Lima, 14 de junio del 2002
Vista la solicitud de SERVICIOS AEREOS AVENSA
S.A. - SERVIVENSA, sobre Permiso de Operación de
Servicio de Transporte Aéreo Internacional Regular de
pasajeros, carga y correo;
CONSIDERANDO:
Que, con Solicitud de Registro Nº 2001-005788 del 8
de junio del 2001, SERVICIOS AEREOS AVENSA S.A.-
SERVIVENSA requiere el otorgamiento de un Permiso
de Operación para prestar un Servicio de Transporte Aé-
reo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo;
Que, según los términos del Memorándum Nº 214-
2001-MTC/15.16.02 emitido por la Oficina de Asesoría
Legal; Memorándum Nº 672-2002-MTC/15.16.06 y Me-
morándum Nº 562-2002-MTC/15.16.05.2 emitidos por la
Subdirección de Operaciones Aéreas y Subdirección de
Aeronavegabilidad, respectivamente; y, Memorándum Nº
247-2002-MTC/15.16.03 emitido por la Oficina de Ase-
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