Modifican la R.M. N° 366-2006-PCM, mediante la cual se ratificaron acuerdos de Acta suscrita entre los Apus de las Comunidades Indígenas del Río Corrientes, los Ministerios de Energía y Minas y de Salud, el Gobierno Regional de Loreto y Pluspetrol Norte S.A.

Fecha de publicación27 Octubre 2006
Fecha de disposición27 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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331530 El Peruano
viernes 27 de octubre de 2006
Autorizan viaje del Ministro de Defensa
para realizar visita protocolar al
Ministro de Defensa de Bolivia
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 322-2006-PCM
Lima, 26 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Estado en el Despacho
de Defensa realizará una visita protocolar al Ministro
de Defensa de Bolivia, del 2 al 3 de noviembre de
2006;
Que, es prioridad de la política exterior del Perú
reforzar a nivel regional las relaciones de orden
político y económico con los países vecinos con los
cuales compartimos intereses y objetivos comunes;
Que, es necesario autorizar el viaje del señor
Ministro de Estado en el Despacho de Defensa y
encargar su Despacho en tanto dure la ausencia del
titular;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27819,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, su modificatoria Ley
Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorización
Autorizar el viaje del señor Ministro de Estado en el
Despacho de Defensa, Embajador Allan Wagner Tizón,
a la ciudad de La Paz, República de Bolivia, del 2 al 3 de
noviembre del 2006, para realizar una visita protocolar al
Ministro de Defensa de Bolivia.
Artículo 2º.- Gastos
El Ministerio de Defensa - Administración General
efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes (Lima - La Paz - Lima)
US$ 490.00 x 1 persona
Viáticos
US$ 200.00 x 2 días x 1 persona
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 3º.- Encargatura
Encargar el Despacho del Ministro de Defensa al
Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, señor Embajador José Antonio García
Belaúnde a partir del 2 de noviembre de 2006 y en tanto
dure la ausencia del titular.
Artículo 4º.- Derecho de Exoneración
La presente Resolución Suprema no da derecho a
exoneración ni liberación de impuestos o derechos
aduaneros de ninguna clase ni denominación.
Artículo 5º.- Refrendo
La presente Resolución Suprema, será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro
de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
ALLAN WAGNER TIZÓN
Ministro de Defensa
03629-6
Modifican la R.M. 366-2006-PCM,
mediante la cual se ratificaron acuerdos de
Acta suscrita entre los Apus de las
Comunidades Indígenas del Río Corrientes,
los Ministerios de Energía y Minas y de
Salud, el Gobierno Regional de Loreto y
Pluspetrol Norte S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 381-2006-PCM
Lima, 24 de octubre de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 366-2006-
PCM se ratificaron los acuerdos contenidos en el Acta
de Acuerdo suscrita con fecha 13 de octubre de 2006
entre los Apus de las Comunidades Indígenas del Río
Corrientes, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio
de Salud, el Gobierno Regional de Loreto y la Empresa
Pluspetrol Norte S.A.;
Que, con fecha 22 de octubre de 2006, los Apus de
las Comunidades Indígenas del Río Corrientes, el
Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Salud y la
Empresa Pluspetrol Norte S.A. complementaron y
precisaron algunas cláusulas del Acta de Acuerdo
suscrita con fecha 13 de octubre de 2006, la misma que
resulta conveniente reconocer;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 560 y en el Decreto Supremo Nº 094-
2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar los artículos 1º, 2º y 3º de
la Resolución Ministerial Nº 366-2006-PCM conforme al
siguiente texto:
"Artículo 1º.- Ratificar los acuerdos contenidos en el
Acta de Acuerdo suscrita con fecha 13 de octubre del 2006
entre los Apus de las Comunidades Indígenas del Río
Corrientes, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio
de Salud, el Gobierno Regional de Loreto y la Empresa
Pluspetrol Norte S.A., así como los acuerdos contenidos
en el Acta de Acuerdo suscrita con fecha 22 de octubre de
2006 entre los Apus de las Comunidades Indígenas del Río
Corrientes, el Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio
de Salud y la Empresa Pluspetrol Norte S.A.
Artículo 2º.- Encargar al Organismo Supervisor de la
Inversión en Energía – OSINERG, dentro del ámbito de
su competencia, el seguimiento y fiscalización del estricto
cumplimiento de las Actas de Acuerdo a que se refieren
el artículo 1º de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Encargar al Instituto Nacional de
Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y
Afroperuano – INDEPA, dentro del ámbito de su
competencia, el seguimiento y monitoreo del estricto
cumplimiento de las Actas de Acuerdo a que se refieren
el artículo 1º de la presente Resolución."
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
03558-1
AGRICULTURA
Delegan facultades a la Secretaria
General del Ministerio para aprobar
modificaciones presupuestarias en el
nivel funcional programático
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 01337-2006-AG
Lima, 24 de octubre del 2006

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