QUEJA, DE PARTE 078-2015-PIURA, PODER JUDICIAL, CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL - Imponen medida disciplinaria de destitución a Secretario y Asistente Judicial del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Piura-QUEJA-DE PARTE 078-2015-PIURA

Fecha de disposición05 Noviembre 2017
Fecha de publicación05 Noviembre 2017
SecciónSección Única

Imponen medida disciplinaria de destitución a Secretario y Asistente Judicial del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Piura

QUEJA DE PARTE N° 078-2015-PIURA

Lima, veintisiete de setiembre de dos mil diecisiete.

VISTA:

La Queja de Parte número cero setenta y ocho guión dos mil quince guión Piura que contiene la propuesta de destitución del señor Edwin Santiago García Vargas y de la señora Meissi Janet Odar Ramírez, por su desempeño como Secretario y Asistente Judicial, respectivamente, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Piura; remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante resolución número cincuenta y ocho, de fecha veintinueve de enero de dos mil dieciséis; de fojas dos mil doscientos sesenta y siete a dos mil doscientos ochenta y seis.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante resolución número tres del siete de setiembre de dos mil doce, expedida por la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Piura, se abrió procedimiento disciplinario, entre otros, contra el señor Edwin Santiago García Vargas y la señora Meissi Janet Odar Ramírez, por su desempeño como Secretario y Asistente Judicial, respectivamente, del Segundo Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Piura, al haber infringido el deber contenido en el artículo cuarenta y uno, literal b), del Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número cero diez guión dos mil cuatro guión CE guión PJ; y los artículos diez y dieciséis del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, ya que actuaron en forma coordinada con el señor Víctor Arturo Torres Ramos, Juez a cargo del mencionado órgano jurisdiccional, para cobrar el Certificado de Depósito Judicial número dos cero uno dos cero seis tres uno cero seis uno siete tres, por el monto de ocho mil trescientos ochenta y cinco soles con cuarenta céntimos, a través de la practicante Jennifer del Rocío Mogollón Espinoza, ante las oficinas del Banco de la Nación; dinero que fue consignado por la Municipalidad Provincial de Piura en la causa seguida por el señor Arturo Castro Sosa contra SERPACA Empresa Individual de Responsabilidad Limitada; lo que constituye falta muy grave tipificada en el numeral ocho del artículo diez del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder...

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