14 000016 - Fijan monto por concepto de derecho de uso de puestos de propiedad municipal ubicados en el Mercado Floristas, Marmoleros y Artesanos

Fecha de publicación21 Julio 2002
Fecha de disposición21 Julio 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, domingo 21 de julio de 2002
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
Fijan monto por concepto de derecho
de uso de puestos de propiedad muni-
cipal ubicados en el Mercado Floristas,
Marmoleros y Artesanos
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 000016
Callao, 29 de mayo de 2002
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, conforme a lo dispuesto por el Artícu-
lo 191º de la Constitución Política del Estado, concor-
dado con el Artículo 2º de la Ley Orgánica de Munici-
palidades Nº 23853;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 36º
inciso 13) en concordancia con el Artículo 90º de la
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, la
Municipalidad Provincial del Callao es competente
para administrar sus bienes y rentas, entre los cuales
se encuentran los bienes inmuebles de propiedad
municipal;
Que, mediante Edicto Nº 00009 de fecha 27/11/1991,
se establece el derecho correspondiente por el uso de
los puestos y tiendas de propiedad municipal, facultando
su Artículo 6º para que el Alcalde mediante Decreto dicte
las normas necesarias para la aplicación de lo estableci-
do en el mismo;
Estando a lo expuesto, con la visación de la Direc-
ción General de Comercialización, Oficina General de
Asesoría Jurídica y Dirección General de Administra-
ción Tributaria y Rentas, y en ejercicio de las faculta-
des conferidas al Alcalde por la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 23853;
DECRETA:
Artículo Primero.- Fíjese el monto a cobrarse por con-
cepto de derecho de uso de los stands de propiedad mu-
nicipal ubicados en el Mercado Floristas, Marmoleros y
Artesanos, el mismo que ascenderá a S/. 40.00 (cua-
renta nuevos soles) mensuales.
Artículo Segundo.- El monto señalado en el artículo
anterior será actualizado según la variación del Índice de
Precios al Consumidor (IPC) que publica el INEI para Lima
Metropolitana, cada tercer mes.
Artículo Tercero.- El conductor del stand deberá abo-
nar el derecho dentro de los primeros 5 (cinco) días ca-
lendario de cada mes.
En caso de incumplimiento se procederá a su cobran-
za por la vía coactiva.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Dirección General de
Administración Tributaria y Rentas y a la Dirección Gene-
ral de Comercialización, el cabal cumplimiento del pre-
sente Decreto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALEXANDER M. KOURI BUMACHAR
Alcalde del Callao
13006
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE
HUARMEY
Disponen la adquisición de insumos
para el Programa del Vaso de Leche
mediante proceso de adjudicación de
menor cuantía
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 062-2002-MPH
Huarmey, 2 de julio del 2002
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE HUARMEY
VISTO:
El Informe Nº 027-2002-MPH-PVL por la encargada
de la Oficina del Programa del Vaso de Leche e Informe
Legal Nº 164-2002-MPH-AL, en Sesión Ordinaria de Con-
cejo del día 28 de junio del 2002;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento del visto, la encargada del
Programa del Vaso de Leche indica que hasta la fecha no
se ha cumplido con determinar el producto alimentario a
adquirirse para el Programa del Vaso de Leche, debido a
que las representantes de los Comités del Vaso de Le-
che, vienen postergando la determinación del producto,
retrasando por ende al Comité de Administración;
Que, ante tales circunstancias, solicita se DECLARE
EN SITUACIÓN DE URGENCIA EL PROGRAMA DEL
VASO DE LECHE, al encontrarse los plazos vencidos para
la ADJUDICACIÓN Y ADQUISICIÓN DEL PRODUCTO
para el mes de julio 2002, dado que los 13 de cada mes
se recibe la transferencia del Programa del Vaso de Le-
che para la compra del Insumo, por lo que el retraso del
proceso de Selección afectaría el Abastecimiento del pro-
ducto para los beneficiarios en el mes de julio - 2002;
Que, en el Art. 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se-
gún Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, prescribe la
Exoneración de Licitación Pública, Concurso Público o
Adjudicación Directa, en situación de emergencia o de
urgencia declaradas de conformidad con la presente Ley;
por lo que en estos casos las adquisiciones o contrata-
ciones se realizará mediante el proceso de adjudicación
de menor cuantía según el Art. 20º del mismo dispositi-
vo;Por lo que de conformidad al Art. 19º Inc. c) y 21º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Ad-
quisiciones del Estado y, con el voto unánime de los se-
ñores Regidores presentes;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE
URGENCIA por el mes de julio del 2002, la atención del
PROGRAMA VASO DE LECHE.
Artículo Segundo.- PROCEDER a la Adjudicación
Directa de Menor Cuantía de Insumos, destinados a aten-
der el Programa del Vaso de Leche correspondiente al
mes de julio del año 2002.
Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre-
sente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano y de cono-
cimiento de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JUAN PACÍFICO ALEGRE
Alcalde
13024

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