Proyecto de ley para proceder a la reforma del articulo 206 de la Constitucion de 1993 por el que se establece el procedimiento para la reforma total de la actual Constitucion tomando como base para ello el texto de la Constitucion del Peru de 1979.

Exposicion de motivos

El Peru atraviesa por una situacion constitucional anomala generada por el golpe de estado perpetrado en 1992 que desconocio la vigencia de la Constitucion de 1979 y, al margen del procedimiento establecido por ella misma para su modificacion, no solamente la cambio sino, sustentado por la fuerza, la desconocio y reunio a una asamblea a la que llamo como Congreso Constituyente Democratico de donde surgio un nuevo texto al que se denomino como >, pretendiendo recoger validez para el mismo, de un referendum organizado y conducido por quienes se hallaban en el poder y que tuvo un muy dudoso resultado como lo senalara el Tribunal Constitucional en la resolucion de la causa. En efecto, en la sentencia del Exp. 014-2003-AI/TC, se dijo:

En efecto, . Este Colegiado ratifica la conviccion manifestada en la sentencia precitada. En efecto, el proceso para elegir a los miembros del denominado Congreso Constituyente Democratico, los debates en su seno y hasta el propio referendum, carecieron de las libertades y garantias minimas necesarias para dotar de legitimidad de origen a la Constitucion de 1993.

Es de mencionar que gran parte de los actores politicos que cometieron esa tropelia y que participaron en el gobierno subsiguiente, formal o informalmente, se encuentran encarcelados al haber sido condenados a penas de hasta 25 anos de prision por distintos y graves delitos de lesa humanidad, contra el patrimonio del Estado y varios mas. Otros se encuentran profugos escapandose asi del juzgamiento que le corresponde por sus actos.

El Tribunal Constitucional senalo al respecto en la mencionada sentencia que:

En la STC No. 0014-2002-AI/TC [Fund. Jur. No. 53], este Tribunal sostuvo que . La normalidad constitucional no fue restablecida luego de la caida de ese regimen y se continuo procediendo segun sus dispositivos, confundiendose muchos en que el origen de su concreto poder se debia a los procedimientos que se habian seguido para ostentarlo sin entender que recuperada la libertad el poder que reciben lo es de las instituciones que existieron en su gran mayoria en las anteriores constituciones y en donde solo se cambio algunos aspectos menores.

De esta forma se continua con la paradoja irracional que un Estado democratico se rige para su funcionamiento por un regimen autoritario y dictatorial que se instalo violando ese sistema y que procedio durante sus anos en el ejercicio del poder con total desprecio de sus valores y principios al punto que el Congreso de la Republica declaro la incapacidad moral de quien estuvo al frente de ese regimen.

El propio Tribunal Constitucional ha reconocido y compartido este raciocinio cuando dijo:

El Tribunal Constitucional comparte el alegato de los recurrentes segun el cual, quien impulso la creacion de la Constitucion de 1993, carecia de legitimidad de origen o...

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