ORDENANZA Nº 074-2008-GRJ/CR - Aprueban el Proyecto Educativo Regional Junín - PERJ, al 2021
| Fecha de disposición | 08 Marzo 2008 |
| Fecha de publicación | 08 Marzo 2008 |
| Sección | Sección Única |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 8 de marzo de 2008
368440
Que, la Ley para Conservación y Aprovechamiento
Sostenible de la Diversidad Biológica y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 068-2001-PCM, señala
que la Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica es
el instrumento nacional de planifi cación de la Diversidad
Biológica Nacional;
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas
por los artículos 9º. 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modifi catorias, el
Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
“ORDENANZA REGIONAL QUE DECLARA DE
INTERÉS REGIONAL LA CONSERVACIÓN,
EVALUACIÓN, INVESTIGACIÓN, TECNOLOGÍA,
MULTIPLICACIÓN Y PROMOCIÓN DEL CONSUMO DE
LAS PAPAS NATIVAS”
Artículo Primero.- DECLARASE de interés Regional
la Conservación, evaluación, investigación, tecnología,
multiplicación y promoción del consumo de papas nativas
en la Región Junín.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional
Junín, y la Dirección Regional de Comercio Exterior
y Turismo, coordinar con la Dirección Regional de
Agricultura, Subgerencias de Desarrollo Económico de
las Municipalidades Provinciales y Distritales de la Región
Junín para la Promoción del consumo de papas nativas.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección Regional
de Agricultura la promoción e implementación del Programa
Integral de Asistencia Técnica y Extensión para Incrementar
los niveles de producción y productividad con la tecnología
ecológica ancestral del poblador andino.
Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de
Junín para su promulgación.
Dado en el Convenio Ugel – Doe Run – Minsa, de
la Provincia de Yauli – La Oroya, a los 17 días del mes
diciembre del año 2007.
MOISES R. VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS
Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando se regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno
Regional Junín, a los 28 días del mes de enero del año
2008.
VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO
Presidente
Gobierno Regional Junín
172583-1
Aprueban el Proyecto Educativo
Regional Junín - PERJ, al 2021
ORDENANZA REGIONAL
Nº 074-2008-GRJ/CR
EL PRESIDENTE DEL CONSEJO
REGIONAL JUNÍN,
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Junín en Sesión Extraordinaria
celebrada a los 04 días del mes de febrero de 2008, en la
Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín,
de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del
sus modifi catorias; y demás Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias,
señala que es atribución del Consejo Regional aprobar,
modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten
los asuntos materia de su competencia y funciones del
Gobierno Regional;
Que, el literal b) del artículo 47º de la norma acotada,
señala como función específi ca en materia de educación,
“Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo regional,
los programas de desarrollo de la cultura, ciencia y
tecnología y el programa de desarrollo del deporte y
recreación de la región, en concordancia con la política
educativa nacional.”
Que, el Gobierno Regional mediante Resolución
Ejecutiva Regional Nº 638- 2007/GRJ/PR, constituyó el
Comité Ejecutivo Regional de Educación – Junín, encargado
de elaborar un Plan de Contingencia para la fi nalización del
Proyecto Educativo Regional;
Que, el Proyecto Educativo Regional de Junín – PER-J,
expresa las expectativas de las nueve provincias de nuestra
región y se convierte en un instrumento de planifi cación y
espacios de procesos para el diseño, implementación, ejecución,
evaluación y seguimiento de los objetivos estratégicos y políticas
públicas regionales en educación, las mismas que serán
desarrolladas por las instancias educativas públicas y privadas,
por otras instancias del Estado, sociedad civil organizada y
otras que puedan crearse para el mejoramiento de la calidad
educativa descentralizada y con equidad;
Que, el artículo 106° del Reglamento Interno del Consejo
Regional, dispone que las Comisiones de Consejeros
Regionales, son órganos consultivos y/o deliberativos
del Consejo cuya fi nalidad es realizar estudios, formular
propuestas, proyectos de normas e investigaciones y emitir
Dictámenes sobre los asuntos de su competencia o que el
Consejo les encargue;
Que, la Aprobación del Proyecto Educativo Regional
de Junín PER-J, cuenta con el Dictamen favorable de la
Comisión Permanente de Desarrollo Social, de conformidad
con las atribuciones conferidas por los Artículos 9º. 10º,
11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
Nº 27867 sus modifi catorias; y su Reglamento Interno, el
Consejo Regional ha aprobado la siguiente:
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas
por los artículos 9º, 10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 vigente, el Consejo
Regional ha aprobado la siguiente:
“ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROYECTO
EDUCATIVO REGIONAL JUNÍN - PERJ AL 2021”
Artículo Primero.- APROBAR “El Proyecto Educativo
Regional Junín – PERJ, al 2021, el mismo que forma parte
de la presente Ordenanza Regional y que consta de (164)
ciento sesenta y cuatro páginas, como política rectora
de la Educación Pública y Privada de la Región Junín,
se desarrolla bajo los principios de equidad, pertinencia,
participación y sociedad educadora.
Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Desarrollo
Social del Gobierno Regional Junín, a través de la Dirección
Regional de Educación Junín, coordinará con las Unidades de
Gestiones Educativas Locales – UGELs, Institutos Superiores
Tecnológicos y Pedagógicos e Instituciones Educativas la
implementación del Proyecto Educativo Regional Junín
– PERJ, promoviendo la participación de las Entidades
Públicas, Privadas y Sociedad Civil, debiendo informar al
Gobierno Regional sobre los avances y resultados.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que en el proceso
de implementación del presente documento de gestión se
emitan normas vinculantes con el PERJ.
Artículo Cuarto.- DERÓGUENSE todas las normas
que se opongan a la presente norma Regional.
Comuníquese al Presidente del Gobierno Regional de
Junín para su promulgación.
Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno
Regional Junín, a los 4 días del mes de febrero de 2008.
HENRY ROSALES MALLQUI
Delegado
Consejo Regional
POR TANTO:
Mando regístrese, publíquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de la Presidencia del Gobierno
Regional Junín, a los 5 días del mes febrero de 2008.
VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO
Presidente
172580-1
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