Relación de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado durante el mes de setiembre de 2006

Fecha de publicación16 Octubre 2006
Fecha de disposición16 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
lunes 16 de octubre de 2006 330631
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Informática, dictarán las medidas necesarias para el
cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JUAN NÉSTOR ESCUDERO ROMAN
Rector
PATRICIA VELASCO VALDERAS
Secretaria General
03022-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONSUCODE
Relación de proveedores, postores y
contratistas sancionados por el Tribunal
de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado durante el mes de setiembre de
2006
RESOLUCIÓN Nº 446-2006-CONSUCODE/PRE
Jesús María, 12 de octubre de 2006
VISTO:
El Memorando Nº 788-2006-GRNP del Gerente del
Registro, referido a la publicación del Listado de
Inhabilitados para Contratar con el Estado.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-
2004-PCM, en adelante la Ley, se establece la
obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial El Peruano
la relación de inhabilitados para contratar con el Estado;
Que, el Artículo 11º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en
adelante el Reglamento, establece que el Consejo
Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE, publicará mensualmente la relación de
proveedores, postores o contratistas que hayan sido
sancionados en el mes inmediato anterior;
Que, estando a lo informado por la Gerencia del
Registro respecto de los proveedores, postores o
contratistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia
por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones de
CONSUCODE durante el mes de septiembre de 2006; y,
De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º
inciso c) de la Ley, el Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7º
numeral 28) del Reglamento de Organización y
Funciones de CONSUCODE, aprobado por Decreto
Supremo Nº 040-2006-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la publicación de los
proveedores, postores y contratistas sancionados por
el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
durante el mes de septiembre de 2006:
1. EXPORTANDES S.A.C. Inhabilitación por dieciocho
(18) meses en su derecho de participar en procesos de
selección y contratar con el Estado, por el incumplimiento
injustificado de sus obligaciones derivadas de la Orden
de Compra, causal tipificada en el inciso a) del artículo
205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo
Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 674/2006.TC-
SU de 5.9.2006, sanción que entrará en vigencia a partir
del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada
resolución.
2. SONIA CASTILLÓN SUÁREZ. Inhabilitación por
trece (13) meses en su derecho de participar en procesos
de selección y contratar con el Estado, por haber suscrito
un contrato sin contar con inscripción vigente en el
Registro Nacional de Contratistas (hoy, Registro Nacional
de Proveedores), causal tipificada en el inciso g) del
artículo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto
Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución Nº 690/
2006.TC-SU de 8.9.2006, sanción que entrará en
vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de publicada
la indicada resolución.
3. JLG REPRESENTACIONES S.A. Inhabilitación por
nueve (09) meses en su derecho de participar en
procesos de selección y contratar con el Estado, por el
incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas
de la Orden de Compra, causal tipificada en el inciso a)
del artículo 205º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución
Nº 692/2006.TC-SU de 8.9.2006, sanción que entrará
en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de
notificada la indicada resolución.
4. AGRUPACIÓN TÉCNICA S.R.L. Inhabilitación por
doce (12) meses en su derecho de participar en
procesos de selección y contratar con el Estado, por el
incumplimiento injustificado de sus obligaciones derivadas
del Contrato dando lugar a su resolución, causal tipificada
en el inciso b) del artículo 205º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según
Resolución Nº 709/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanción
que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil
siguiente de notificada la indicada resolución.
5. LM & S INGENIEROS CONTRATISTAS
GENERALES S.A.C. Inhabilitación Definitiva en su
derecho de participar en procesos de selección y
contratar con el Estado, al haberse configurado la causal
de reincidencia establecida en el artículo 209º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM, según Resolución Nº 714/2006.TC-SU de
13.9.2006.
6. VÍCTOR GÓNGORA SARMIENTO. Inhabilitación
por doce (12) meses en su derecho de participar en
procesos de selección y contratar con el Estado, por
haber suscrito un contrato sin contar con inscripción
vigente en el Registro Nacional de Contratistas (hoy,
Registro Nacional de Proveedores), causal tipificada en
el inciso g) del artículo 205º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por
Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, según Resolución
Nº 715/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanción que entrará
en vigencia a partir del cuarto día hábil siguiente de
notificada la indicada resolución.
7. SERVICIOS GENERALES NOLE E.I.R.L.
Inhabilitación por quince (15) meses en su derecho de
participar en procesos de selección y contratar con el
Estado, por haber presentado documentos falsos o
inexactos, y por haber contratado con el Estado estando
impedido para ello, causales tipificadas en los numerales
9) y 4) del artículo 294º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, según
Resolución Nº 722/2006.TC-SU de 13.9.2006, sanción
que entrará en vigencia a partir del cuarto día hábil
siguiente de notificada la indicada resolución.
8. PEDRO RAÚL GÁLVEZ ALMEIDA. Inhabilitación
por doce (12) meses en su derecho de participar en
procesos de selección y contratar con el Estado, por
responsabilidad en la no suscripción injustificada del
Contrato, causal tipificada en el numeral 1) del artículo
294º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo
Nº 084-2004-PCM, según Resolución Nº 739/2006.TC-
SU de 14.9.2006, sanción que entrará en vigencia a partir
del cuarto día hábil siguiente de notificada la indicada
resolución.
9. SERVICIOS Y REPARACIONES DE MOTORES
DIESEL CALLAO S.R.L. (SERMODIC S.R.L.).
Inhabilitación por seis (06) meses en su derecho de
participar en procesos de selección y contratar con el

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