RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 442-2010-CE-PJ - Prorrogan la vigencia del Cuadro de Valores de Aranceles Judiciales y las disposiciones de la Res. Adm. N° 093-2010-CE-PJ

Fecha de disposición06 Enero 2011
Fecha de publicación06 Enero 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 6 de enero de 2011
433690
26. En vista de ello, y habiendo señalado que, el
numeral 2 del artículo 237 del Reglamento establece que
los proveedores, participantes, postores o contratistas
que participen en procesos de selección o suscriban
un contrato sin contar con inscripción vigente en el
RNP, así como también presenten documentos falsos
o información inexacta a las Entidades, a Tribunal o al
OSCE, como ocurrió en el presente caso bajo análisis,
serán sancionados con inhabilitación temporal para
contratar con el Estado por un período no menor a
un (01) año ni mayor de tres (03) años; corresponde
imponerle la sanción administrativa de inhabilitación
temporal en sus derechos para participar en procesos
de selección y contratar con el Estado, por el período de
catorce (14) meses.
Por estos fundamentos, de conformidad con el
informe de la Vocal Ponente Dra. Ada Rosa Basulto
Liewald y la intervención de los Señores Vocales Dra.
Janette Elke Ramírez Maynetto y Dr. Carlos Fernando
Fonseca Oliveira; atendiendo a la conformación de
la Primera Sala del Tribunal de Contrataciones del
Estado según lo dispuesto en la Resolución Nº 190-
2010-OSCE/PRE de fecha 29 de marzo de 2010, en
ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 63º
de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por
Decreto Legislativo Nº 1017, y su segunda disposición
complementaria transitoria, así como los artículos 17º
y 18º del Reglamento de Organización y Funciones del
OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2009-
EF; analizados los antecedentes y luego de agotado el
debate correspondiente, por unanimidad
LA SALA RESUELVE:
1. Imponer a GALA MEJIA CARMEN CECILIA sanción
administrativa de inhabilitación temporal en sus derechos
para participar en procesos de selección y contratar con
el Estado, por el periodo de catorce (14) meses, la cual
entrará en vigencia a partir del sexto día hábil siguiente
de notif‌i cada la presente Resolución.
2. Comunicar la presente resolución al Registro
Nacional de Proveedores del Organismo Supervisor de
las Contrataciones del Estado (OSCE).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BASULTO LIEWALD
RAMÍREZ MAYNETTO
FONSECA OLIVEIRA
585829-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Directiva denominada
“Medidas con relación a la paralización
de labores de los días 29 de setiembre,
05, 06, 26, 27 y 28 de octubre y entre
el 03 de noviembre y 02 de diciembre
de 2010”
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 436-2010-CE-PJ
Lima, 28 de diciembre de 2010
VISTO:
El Of‌i cio N° 1833-2010-GG-PJ cursado por el
Gerente General del Poder Judicial, elevando proyecto
de Directiva denominada “Medidas con relación a la
paralización de labores de los días 29 de setiembre, 05,
06, 26, 27 y 28 de octubre y entre el 03 de noviembre y
02 de diciembre de 2010”, y
CONSIDERANDO:
Primero: Que, habiéndose producido paralización de
labores por los días 29 de setiembre, 05, 06, 26, 27 y 28
de octubre y entre el 03 de noviembre y 02 de diciembre
del presente año, con motivo de la huelga acatada por
parte de los trabajadores del Poder Judicial; resulta
necesario establecer el procedimiento y oportunidad para
la compensación de horas dejadas de laborar;
Segundo: Que, en tal sentido es menester
aprobar la correspondiente directiva propuesta por la
Gerencia General del Poder Judicial; la misma que
será de aplicación y estricto cumplimiento de todos los
trabajadores del Poder Judicial que suspendieron sus
labores por motivo de la huelga;
El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso
de sus atribuciones, sesión ordinaria de la fecha, por
unanimidad;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 010-
2010- CE-PJ denominada “Medidas con relación a la
paralización de labores de los días 29 de setiembre, 05,
06, 26, 27 y 28 de octubre y entre el 03 de noviembre y 02
de diciembre de 2010”, que en anexo adjunto forma parte
de la presente resolución.
Artículo Segundo.- La Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial y las Of‌i cinas
Desconcentradas de Control de la Magistratura de las
Cortes Superiores de Justicia, adoptarán las acciones
pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto
precedentemente.
Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución
a la Presidencia del Poder Judicial, Of‌i cina de Control de
la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las
Cortes Superiores de Justicia del país y a la Gerencia
General del Poder Judicial, para su conocimiento y f‌i nes
pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
SS.
JAVIER VILLA STEIN
ROBINSON O. GONZALES CAMPOS
JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA
FLAMINIO VIGO SALDAÑA
DARIO PALACIOS DEXTRE
Nota.: La Directiva N° 010-2010-CE-PJ, está publicada en el Portal de
Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe.
586082-4
Prorrogan la vigencia del Cuadro de
Valores de Aranceles Judiciales y las
disposiciones de la Res. Adm. N° 093-
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Nº 442-2010-CE-PJ
Lima, 28 de diciembre de 2010

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