A propósito de la flexibilización en el derecho del trabajo: El régimen laboral de las microempresas

AutorJorge Orlando Ágreda Aliaga
Páginas80-90
A
PROPÓSITO
DE
LA
FLEXIBILIZACIÓN
EN
EL
DERECHO
DEL
TRABAJO:
EL
RÉGIMEN
LABORAL
DE
LAS
MICROEMPRESAS*
**
JoRGE ORLANDO ÁGREDA AuAGA
Alumno
de
octavo
ciclo
de
la
Facultad
de
Derecho
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú.
Miembro
de
ia
Asociación
Civil
Foro
Académico.
Sumario.
l.
introducción
11.
La
flexibilización
y
los
regímenes
especiales
1.
Objeto
del
Derecho
del
Trabajo
1.1.
Protección
del
trabajador
y
fomento
del
empleo
1.2.
Los
derechos
fundamentales
del
trabajador
1.3.
El
Derecho
del
Trabajo
Mínimo:
la
relación
entre
el
Derecho
y
la
Economía
1.4.
El
Derecho
del
Trabajo
como
un
"privilegio"
2.
La
flexibilización
2.1.
Concepto
2.2.
Clasificación
2.3.
La
opción
por
la
flexibilización
y
su
problemática
3.
Los
regímenes
especiales
3.1.
Concepto
3.2.
Finalidad
3.3.
Requisitos
3.4.
Los
regímenes
especiales
en
el
Perú.
111.
Las
microempresas
y
su
régimen
labora/1.
La
realidad
socioeconómica
como
causa
de
aparición
2.
El
régimen
laboral
especial
de
las
microempresas
3.
Cuestionamientos
al
régimen
laboral
especial
de
las
microempresas
IV.
Conclusiones.
l.
Introducción
El
Derecho
del
Trabajo
surge
como
una
respuesta
a
los
cam-
bios
sociales
y
económicos
que
afectaron
al
mundo
en
los
tiempos
de
desarrollo
industrial.
La
razón
de
su
nacimiento
fue
otorgar
una
adecuada
protección
a
la
parte
más
débil
en
una
relación
laboral:
el
trabajador.
Sin
embargo,
en
los
últimos
años,
debido
a
la
grave
crisis
eco-
nómica
imperante
en
el
mundo
(y
más
aún
en
los
países
en
vías
de
desarrollo),
dicha
idea
se
ha
visto
cuestionada,
llevándonos
a
la
de-
nominada
flexibilización
del
Derecho
del
Trabajo,
justificada
en
la
bús-
queda
de
un
mayor
desarrollo
económico,
mayor
productividad
y,
por
tanto,
mayores
puestos
de
trabajo.
En
resumen,
se
propugna
que
la
disciplina
deje
de
lado
el
rol
protector
y
asuma
una
función
dirigida
básicamente
al
fomento
del
empleo.
Tal
como
están
expuestas
las
ideas,
parece
que
los
dos
cami-
nos
se
excluyen
el
uno
al
otro:
o
se
protege
al
trabajador
o
se
generan
más
puestos
de
trabajo.
Así,
al
momento
de
legislar,
se
presenta
el
debate
entre
estos
dos
puntos,
aparentemente
extre-
mos
e
inconciliables.
Este
maniqueísmo,
sin
duda
alguna,
es
el
que
ha
permitido
la
existencia
de
graves
distorsiones
en
la
regulación
laboral,
ya
sea
porque
se
ha
optado
por
un
extremo
o
por
el
otro,
siendo
clara
prueba
de
ello
los
regímenes
extremadamente
protec-
cionistas
que
en
algún
momento
se
presentaron,
o
los
regímenes
en
extremo
permisivos
que
ahora
estamos
presenciando.
En
nuestro
ordenamiento
la
opción
de
la
flexibilización
ha
gana-
do
fuerza
y
es
la
alternativa
vigente
al
momento
de
legislar.
Así
visto,
no
resulta
extraño
que
la
principal
norma
expedida
en
materia
labo-
ral
en
nuestro
país
en
los
últimos
años
recoja
tal
postura
y
que
curiosamente
se
llame
"Ley
de
Fomento
del
Empleo"
(que
posterior-
mente
fuera
dividida
en
otras
dos
normas
de
extravagante
nomen-
A
Raquel,
mi
madre,
porque
algún
día
volvamos
a
reír
juntos.
Agradezco
los
valiosos
comentarios
de
los
doctores
Michael
Vida/
y
Elmer
Arce,
sin
los
cuales
este
trabajo
no
hubiera
sido
posible.
A
ellos,
tan
notables
como
amigos
que
como
maestros,
también
va
dedicado
este
trabajo.
80.
clatura,
"Ley
de
Productividad
y
Competitividad
Laboral"
y
"Ley
de
Formación
y
Promoción
Laboral").
Pero
ello
no
es
todo,
la
flexibili-
zación
no
sólo
ha
supuesto
un
régimen
laboral
general
menos
rígi-
do,
sino
que
adicionalmente
ha
permitido
el
nacimiento
de
los
llama-
dos
regímenes
laborales
especiales,
cuya
última
expresión
la
en-
contramos
en
el
régimen
de
las
microempresas,
contenido
en
la
Ley
W
28015,
Ley
de
Promoción
y
Formalización
de
la
Micro
y
Peque-
ña
Empresa,
y
su
Reglamento,
Decreto
Supremo
009-2003-TR.
Por
tales
motivos
hemos
creído
conveniente
hacer
un
análisis
de
la
existencia
de
este
régimen
laboral
especial
a
la
luz
de
la
llamada
"flexibilización",
determinando
si
ello
supone
realmente
un
verdadero
incentivo
a
la
inversión
privada
o
no
es
más
que
otra
forma
en
la
que
los
trabajadores
se
han
visto
privados
de
sus
derechos
y
en
donde
la
relación
de
trabajo
se
ha
precarizado.
11.
La
flexibilización
y
los
regímenes
especiales
1.
Objeto
del
Derecho
del
Trabajo
1.1.
Protección
del
trabajador
versus
el
fomento
del
empleo
De
acuerdo
con
Neves
Mujica
1,
no
cabe
duda
de
que
una
de
las
características
principales
de
la
relación
laboral
es
que
los
sujetos
que
la
conforman,
en
la
práctica,
son
desiguales.
El
primero
de
ellos,
el
trabajador,
es
la
parte
más
débil,
y
se
encuentra
sujeto
a
los
potencia-
les
abusos
por
parte
del
sujeto
más
fuerte,
el
empleador.
Así,
el
Esta-
do,
por
intermedio
del
Derecho
Laboral,
interviene
para
subsanar
esa
desigualdad
existente,
otorgando
los
beneficios
necesarios,
de
carácter
imperativo
para
ambas
partes,
a
favor
del
trabajador.
Esto
no
implica
que
se
desconozca
de
manera
absoluta
la
autonomía
privada
a
las
partes,
sino
que
ésta
sólo
podrá
manifestarse
al
momento
de
la
celebración
del
contrato
de
trabajo,
siendo
que
el
poder
de
reglamen-
tación
del
mismo
se
ve
dictado
por
el
ordenamiento
laboral.
Pues
bien,
queda
claro
que
la
postura
antes
mencionada
pone
NEVES
MUJICA,
Javier.
Introducción
al
Derecho
Laboral.
Fondo
Editorial
de
la
Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú.
Lima,
2000.
p.
10-11.
Foro
Jurídico

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