La propiedad intelectual sí contribuye al desarrollo del mercado nacional

AutorThorne, Jaime
Páginas15-30
15
LA PROPIEDAD INTELECTUAL CONTRIBUYE AL DESARROLLO DEL MERCADO NACIONAL
MARCO JURÍDICO GENERAL
La propiedad intelectual sí contribuye
al desarrollo del mercado nacional
JAIME THORNE
La responsabilidad política que asumimos de conducir INDECOPI por encargo del
Gobierno del Presidente Alan García Pérez, fue un encargo administrativo que recibimos
en el cual los software en los sistemas de computo se empleaban sin licencia oficial de
sus propietarios, el guardián de la propiedad intelectual se había olvidado de su principal
y fundamental obligación la PPI (la protección de la propiedad intelectual). Así las cosas,
nos avocamos como primera medida a ordenar administrativamente la casa sin detener el
impulso del crecimiento económico de país que nos imponía la obligación de cautelar el
crecimiento de la propiedad intelectual en sus tres variables: signos distintivos, derecho de
autor y patentes, que se había convertido en una política del estado y con ello la necesidad
de llevar adelante los acuerdos comerciales que firmaría el Perú con Estados Unidos, Unión
Europea y con China, en todos los cuales se incluía un capítulo sobre derechos de propie-
dad intelectual. Además Perú ya venía participando del Transpacif Partnership Agreement
junto con Brunei, Australia, Nueva Zelanda, Estados Unidos, Chile, Vietnam y Singapur;
asimismo el 1 de febrero del 2009 entró en vigencia el Decreto Legislativo Nº1075 cuyas
Disposiciones Complementarias a la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad An-
dina establece el Régimen Común sobre Propiedad Industrial. Dicho Decreto Legislativo
incluye normas que implementan el Tratado de Derecho de Marcas (TLT), al cual el Perú
se comprometió a adherirse en virtud del APC Perú – USA.
La implementación de la norma mencionada implicó cambios sustanciales en los
procedimientos de competencia de la Dirección de Signos Distintivos, los cuales se
afrontaron de manera satisfactoria a pesar de los limitados recursos existente. Entre los
principales cambios introducidos por la mencionada norma, a propósito del TLT, cabe
destacar los siguientes:
(i) Flexibilización de requisitos formales exigidos para la presentación de documentos.
(ii) Regulación de un sistema multiclase para la presentación de solicitudes de registro.
(iii) Plazos para la subsanación de los requisitos mínimos que debe cumplir una solicitud
de registro.
(iv) Facilidades al titular de marcas para pedir la modificación de más de un certificado
de registro, a través de una única solicitud.
Anuario Andino de Derechos Intelectuales.
Año VIII - N.º 8. Lima, 2012
16
ANUARIO ANDINO DE DERECHOS INTELECTUALES
MARCO JURÍDICO GENERAL
La finalidad de estas modificaciones es facilitar a los usuarios el acceso al sistema de
marcas; siendo importante destacar que los usuarios ya vienen haciendo uso del sistema
multiclase para el registro de marcas y de las demás flexibilidades señaladas. Asimismo,
se introdujeron cambios legislativos fuera del marco del TLT, de los cuales cabe destacar
la inclusión del régimen de tránsito en el sistema de medidas en frontera; disposición que
tiene por finalidad fortalecer el sistema de protección a los titulares de derechos marcarios.
Es importante destacar también que si bien el TLT entró en vigencia para Perú el
06 de noviembre de 2009, como se señaló anteriormente, el Decreto Legislativo Nº 1075
que entró en vigencia el 01 de febrero de 2009, ya contenía una regulación acorde a las
normas del TLT, por lo que en la práctica la Dirección de Signos Distintivos ya había im-
plementado las normas del TLT incluso antes de su entrada en vigencia. El Perú se adhirió
al TLT o Tratado de Derecho de Marcas, por el compromiso adquirido por la firma del
APC con Estados Unidos y se comprometió a hacer los mejores esfuerzos para adherirse
al Protocolo referente al Arreglo de Madrid.
En materia de Patentes, Perú suscribió el PCT, el mismo que entró en vigor el año
2009. Asimismo, el 2009 también entro en vigor el Tratado de Budapest sobre el Reco-
nocimiento Internacional de Depósitos de Microorganismos para Propósitos de Procedi-
mientos de Patentes.
La administración del Presidente García decidió llevar adelante una política pública o
Plan Nacional de Competitividad que tenía como fin contribuir al mejoramiento sostenible
de la calidad de vida de la población peruana y mejorar la competitividad de las empresas
para su exitosa inserción en el mercado global para el desarrollo social del país, dentro
del Plan Nacional de Competitividad se incluyen políticas específicas relacionadas con la
propiedad intelectual. Para ello se establecieron una serie de objetivos, estrategias, políti-
cas y acciones de las que podemos consignar el objetivo: “Fortalecimiento Institucional”.
Dentro de dicho objetivo se encuentra como una de las estrategias “Fortalecer la compe-
tencia a través de normas claras y de aplicación transparente por los sistemas reguladores
y del mercado y las demás entidades del Estado, minimizando las practicas que restrinjan
la competencia, protegiendo adecuadamente a los usuarios y promoviendo el respeto por
los contratos suscritos por el sector público y por su aplicación eficiente y efectiva, espe-
cialmente por las entidades reguladoras en temas relacionados con la competitividad”, la
misma que tiene como una de sus acciones “Incrementar las labores de fiscalización para
dar una mayor protección a los derechos de propiedad” y la de “Incrementar el acceso a los
empresarios pequeños a la propiedad de signos distintivos” acciones en las que Indecopi
tiene una participación activa.
Uno de los mayores logros en materia de administración de la propiedad intelectual
fue la modificación de la estructura, funciones y competencia de la oficina nacional para
convertir las Jefaturas en tres Direcciones de Propiedad Intelectual: La Dirección de Signos
Distintivos, la Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías y la Dirección de Derechos
de Autor; las mismas que al final quedaron integradas con tres órganos colegiados como
elemento de equilibrio a la decisión individual del Jefe, (Síndrome de Faraón como se le
conocía al interior de la institución).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR