Propiedad Industrial, Decisión de la Comisión

AutorGalo Pico Mantilla
Páginas91-107
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“Además, debe tenerse en cuenta que la interpretación que en
su sentencia establezca el Tribunal comunitario, rige tan solo para
el caso objeto de la consulta y, por tanto, no exime al juez
nacional de la obligación de consultar en casos similares o
análogos. Sin embargo, debe considerarse que la finalidad propia
de la consulta prejudicial, de asegurar la aplicación uniforme del
ordenamiento jurídico del Acuerdo de Cartagena en los Países
Miembros, se completa, obviamente, con la de ir formando una
jurisprudencia o doctrina uniforme en la Subregión. No en vano en
el preámbulo del Tratado constitutivo del Tribunal se expresa que
´algunas de las dificultades que se presentan en la ejecución del
Acuerdo de Cartagena y de los actos que lo desarrollan obedecen,
entre otras razones, a la complejidad de su ordenamiento
jurídico`.” (Proceso No. 1-IP-87. G.O. No. 28 de 15 de febrero de
1988).
X. Propiedad Industrial, Decisión 85 de la Comisión
Los asuntos relativos a la Propiedad Industrial en el Grupo
Andino, están regulados por la Decisión 85 de la Comisión del
Acuerdo de Cartagena, denominada “Reglamento para la
aplicación de las normas sobre Propiedad Industrial”. Nombre éste
que no cambia en modo alguno la índole jurídica de la Decisión ni
el carácter obligatorio de la misma. En consecuencia por
denominarse “Reglamento” no es una norma de categoría inferior
o diferente de la Decisión; al igual que todas ellas, es una “Ley
comunitaria”. La Decisión 85 fue aprobada el 5 de junio de 1974 y
de acuerdo con lo dispuesto por el último de sus artículos, “Los
Gobiernos de los Países Miembros se comprometen a adoptar
todas las providencias que sean necesarias para incorporar el
presente Reglamento (Decisión 85) en sus respectivos
ordenamientos jurídicos internos, dentro de los seis meses
siguientes a la aprobación de esta Decisión”; sin embargo, esta
incorporación no se ha realizado en todos los Países Miembros.
Sólo tres de los cinco países del Acuerdo, Colombia, Ecuador y
Perú, aunque tardíamente, han cumplido con esta formalidad.
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Ecuador aprobó la Decisión 85 mediante Decreto Supremo
1257 de 10 de marzo de 1977; Colombia lo hizo por Decreto 1190
de 26 de junio de 1978 y Perú, por Decreto Ley 22532 de 15 de
mayo de 1979. Bolivia, inicialmente expidió el Decreto Ley 19183
de 30 de septiembre de 1982, pero mediante el Decreto Supremo
19353 de 28 de diciembre del mismo año, dejó suspendida su
aprobación. Venezuela, hasta la fecha, no ha realizado la
mencionada incorporación. En todo caso, la Decisión 85 se
encuentra vigente en virtud de lo dispuesto por el artículo 21 de la
Decisión 6 (Reglamento de la Comisión) que dice: “El texto de la
Decisión en su parte resolutiva estará dividido en artículos. En los
casos en que sus disposiciones impliquen obligaciones para los
Países Miembros o para los órganos del Acuerdo, se indicará la
fecha de su entrada en vigor en el artículo final. En caso contrario,
se entiende que la fecha correspondiente es la aprobación del
acta final de la reunión respectiva.”
X.1. Antecedentes de la Decisión 85
“La Comisión del Acuerdo de Cartagena en su Décimo Tercer
Período de Sesiones Extraordinarias celebrado en Lima del 27 de
mayo al 5 de junio de 1974, aprobó por la Decisión 85 el
´Reglamento para la aplicación de las normas sobre Propiedad
Industrial`. Se daba cumplimiento, con demora es cierto, a una
norma programática y a la vez imperativa contenida en el tratado
constitutivo de la Comunidad Andina.
“En el artículo 27 del Acuerdo de Cartagena, y dentro del
capítulo IV ´Armonización de las Políticas Económicas y
Coordinación de los Planes de Desarrollo`, se estableció:
´Artículo 27.- Antes del 31 de diciembre de 1970 la
Comisión, a propuesta de la Junta, aprobará y someterá a la
consideración de los Países Miembros un régimen común sobre
tratamiento a los capitales extranjeros y entre otros, sobre marcas,
patentes, licencias y regalías`. (Subrayado del Tribunal).
“Los Gobiernos de los Países que suscribieron el Acuerdo
de Cartagena, habían destacado, desde las etapas iniciales de su

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