Pronunciamiento Nº 967-2017/OSCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 19 de Julio de 2017

Fecha de Resolución19 de Julio de 2017
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento967-2017/OSCE-DGR
  1. ANTECEDENTES:

    Mediante el Formulario de Solicitud de emisión de Pronunciamiento, recibido con fecha 07.JUL.2017, subsanado el 10.JUL.2017, el Presidente del Comité de Selección encargado del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos formulada por el participante SEREMYPE E.I.R.L., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, en adelante el Reglamento.

    Cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el orden de prelación establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio; en ese sentido, considerando los temas materia de cuestionamientos del participante, este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

    Cuestionamiento N° 1: Respecto a la absolución de las Consultas y/u Observaciones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7 y N° 8, referidos al "Formato del Resumen Ejecutivo de Actuaciones Preparatorias".

    Cuestionamiento N° 2: Respecto a la absolución de la Consulta y/u Observación N° 9, referida a la "certificación del Comité de Selección".

  2. PRONUNCIAMIENTO:

    Cuestionamiento N° 1: Referido a la información relevante adicional del estudio de mercado del Resumen Ejecutivo

    El participante SEREMYPE E.I.R.L., cuestiona la absolución de sus Consultas y/u Observaciones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7 y N° 8 pues sostiene que: "Solicitamos la elevación del pliego de absolución de consultas y observaciones emitido por el Comité de Selección de todas nuestras consultas y observaciones emitido por el Comité de Selección de todas nuestras consultas presentadas oportunamente, al no hacer el uso correcto de las normas y directivas antes citada, negando dar respuesta a nuestras consultas expresando el comité de selección literalmente para todas nuestras consultas el mismo texto que dice: '(…) en tal sentido, el colegiado no emitirá opinión, respuesta o absolución alguna respecto a esta consulta por no enmarcarse a lo establecido en el art. Citado', en ese sentido solicito que el pliego de absolución de consultas y observaciones sean analizadas y evaluadas por el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) ya que el Comité de Selección y otros funcionarios (área usuaria) han demostrado incompetencia e inexperiencia".

    Extracto del Pliego de Absolución de Consultas y Observaciones

    Consultas y/u observaciones del participante

    Absolución de las consultas y observaciones por parte del Comité de Selección

    Acápite Participante

    SEREMYPE E.I.R.L. Observación N° 1, N° 7 y N° 8 Artículo y norma que se vulnera

    No indica Análisis respecto de la consulta u observación Precisión del Comité de Selección que se incorporará en las Bases a integrarse, de corresponder Sección:

    Numeral:

    Pág.

    Consulta y/u Observación N° 1

    "El Resumen Ejecutivo en el numeral 4.3 no indica las marcas a pesar de consignar "x" a "SI" en el formato del resumen ejecutivo. Consultamos que deben de indicar las marcas, debiendo en la etapa de absolución de consultas y observaciones demostrar las cotizaciones donde se verifique las marcas de estos postores".

    Consulta y/u Observación N° 2

    "El Resumen Ejecutivo en el numeral 2.2 indica que se ha realizado dos observaciones que concluyen en modificaciones a las especificaciones técnicas. Consultamos y solicitamos que en la etapa de absolución de consultas y observaciones presentar las especificaciones técnicas iniciales y cada una de las modificaciones, esto en amparo al principio de transparencia y publicidad".

    Consulta y/u Observación N° 3

    "El Resumen Ejecutivo, en los numerales 2.8 y 2.9 la DIVGLOG-PNP realizó observaciones al requerimiento que fueron resueltas por el área usuaria; sin embargo, en el numeral 2.10 no se indicaron los ajustes que realizaron al requerimiento, por lo que se solicita en amparo al principio de transparencia y publicidad en la etapa de absolución de consultas y observaciones presentar el requerimiento inicial y las modificaciones realizadas".

    Consulta y/u Observación N° 4

    "El Resumen Ejecutivo en el numeral 3.1.2, consultamos indicar cuales son los precios históricos que usaron por la entidad, ya que no se encuentra indicado esto en el...

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