Pronunciamiento Nº 588-2017/OSCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 29 de Mayo de 2017

Fecha de Resolución29 de Mayo de 2017
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento588-2017/OSCE-DGR
  1. ANTECEDENTES

    A través de la comunicación con Trámite Documentario N° 2017-10902401-LIMA, recibida el 18.MAY.2017, el Presidente del Comité de Selección del Concurso Público Nº SM-4-2017-BN-1, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos presentada por el participante SERVICIOS GRALES SMP-FONBIEPOL SCRL, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, en adelante el Reglamento.

    A efectos de la emisión del pronunciamiento, se considerará la numeración utilizada por el Comité de Selección en el pliego absolutorio.

    Considerando los temas materia de cuestionamiento del participante, este Organismo Supervisor procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

    Cuestionamiento Único: Contra la absolución de la Consulta y/u Observación N° 8, relacionada con la "forma de acreditar la primaria completa y la capacitación del operario".

  2. CUESTIONAMIENTOS

    Cuestionamientos N° 1: Contra la forma de acreditar la primaria completa y la capacitación del operario

    El participante SERVICIOS GRALES SMP-FONBIEPOL SCRL cuestiona la absolución de las Consultas y/u Observaciones N° 8 y N° 25, relacionadas con la acreditación de la primaria completa y la capacitación en saneamiento requeridas en el perfil del operario, pues sostiene lo siguiente:

    Consulta y/u Observación N° 8: "Porque la absolución transgrede los Principios de Libertad de Concurrencia, de Equidad y de Transparencia; pues el que se haya realizado un estudio de mercado (que representa quizás el 1%) de la población de empresas que se dedican al rubro no significa que existe pluralidad. Es así que con la finalidad principal de fomentar mayor participación de postores solicitamos al OSCE que revoque la decisión del Comité de Selección con la finalidad de que se acepte una declaración jurada para sustentar los estudios primarios o cualquier documento que acredite fehacientemente la educación primaria completa".

    Consulta y/u Observación N° 25: "Porque la absolución transgrede los Principios de Libertad de Concurrencia, de Equidad y de Transparencia que indica que se debe respetar las excepciones establecidas en el ordenamiento jurídico. Es así que con la finalidad principal de fomentar mayor participación de postores solicitamos al OSCE que revoque la decisión del Comité de Selección de excluir al Director de Saneamiento Ambiental como profesional calificado para capacitar y certificar al personal operario y supervisor".

    Extracto del Pliego de Absolución de Consultas y Observaciones

    CONSULTAS Y/U OBSERVACIONES DEL PARTICIPANTE

    ABSOLUCIÓN DE LAS CONSULTAS Y OBSERVACIONES POR PARTE DEL COMITÉ DE SELECCIÓN

    Acápite de las Bases

    Consultas y/u Observaciones N° 8 y N° 25

    Análisis respecto de la consulta

    u observación

    Precisión del Comité de Selección que se incorporará en las Bases a integrarse, de corresponder

    Capítulo

    II y III SE

    Literal n), m) / 6.10

    Pág.

    20 y 35

    Consulta y/u Observación N° 8: "(…) Consulta: Se solicita se pueda presentar solo una declaración jurada para acreditar primaria completa ya que en muchos casos el certificado de estudios puede ser costoso, tratándose de un personal de limpieza y de provincia, por otro lado que a veces hay instituciones que por su antigüedad tampoco ya no existan".

    "(…) En este sentido, el Banco de la Nación considera necesario para asegurar una calidad técnica acorde a su función, la presentación de dichos requisitos (Por temas de...

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