ORDENANZA Nº 1533 - Aprueban Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ámbito de la provincia de Lima

Fecha de disposición27 Junio 2011
Fecha de publicación27 Junio 2011
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 27 de junio de 2011
445401
AÑO DEL
CENTENARIO DE
MACHU PICCHU
PARA EL MUNDO
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 226-2011-P-CSJHA-PJ.- Aprueban Nómina
de Peritos Judiciales - Profesionales y Especialistas que
aprobaron el proceso de evaluación dispuesto en la Res.
Adm. N° 42-2011-P-CSJHA-PJ de la Corte Superior de
Justicia de Huaura 445402
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA
AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Res. Nº 290-2011-CONAFU.- Admiten a trámite
solicitud de Autorización de Funcionamiento Provisional
del Proyecto de Universidad Santa Rosa de Lima
445402
Res. Nº 294-2011-CONAFU.- Reconocen a profesionales
en los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y
Vicepresidente Administrativo de la Comisión de Gobierno
de la Universidad Nacional Tecnológica del Cono Sur de
Lima 445404
Res. Nº 299-2011-CONAFU.- Reconocen a Presidente
de Comisión Gobierno de la Universidad Nacional
Intercultural de la Amazonía 445406
ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Res. Nº 0587-2011-ANR.- Precisan vigencia de cambio
de denominación de programa y de facultad de la
Universidad Católica San Pablo con sede en la ciudad de
Arequipa 445407
Res. Nº 0588-2011-ANR.- Declaran que la organización
y funcionamiento de diversos programas en la Escuela
de Posgrado de la Universidad Nacional de Educación
“Enrique Guzmán y Valle” - Chosica, cumple con lo
previsto en la Ley Universitaria, y precisan nombre de la
Facultad de Ciencias Empresariales 445408
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 6983-2011.- Modif‌i can dirección de agencia de
la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Trujillo a que se
ref‌i ere la Res. N° 4074-2011 445409
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza Nº 1532.- Modif‌i can los Artículos 74°
y 83° inciso d) de la Ordenanza N° 571 que aprobó el
Reglamento Interior del Concejo Metropolitano 445409
Ordenanza Nº 1533.- Aprueban Procedimiento de
Ratif‌i cación de Ordenanzas Tributarias Distritales en el
ámbito de la provincia de Lima 445410
Ordenanza Nº 1534.- Modif‌i can la Ordenanza N° 1338 y
establecen disposiciones en materia de transporte urbano
445415
R.A. Nº 296.- Designan responsable del Libro de Reclamaciones
de la Municipalidad Metropolitana de Lima 445419
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Ordenanza Nº 254.- Aprueban Reglamento Interno del
Concejo Distrital del Rímac 445420
Sumario
Año XXVIII - Nº 11447
REQUISITO PARA PUBLICACIŁN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos
constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que
para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o
administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin
anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB con su contenido o éste
podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 27 de junio de 2011
445402
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Aprueban Nómina de Peritos Judiciales
- Profesionales y Especialistas que
aprobaron el proceso de evaluación
dispuesto en la Res. Adm. Nº 42-2011-
P-CSJHA-PJ de la Corte Superior de
Justicia de Huaura
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 226-2011-P-CSJHA-PJ
Huacho, 9 de junio del 2011.
VISTO:
El Of‌i cio Nº 035-2011-CEPESPJ-CSJHA/PJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 609-98-
CME-PJ se creó el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ)
en cada Distrito judicial, el mismo que fuera reglamentado
por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ,
con el f‌i n de convertirlo en un real y efectivo órgano de
apoyo a la administración de justicia.
Que, el artículo 21 del Reglamento de Peritos
Judiciales prescribe que cada dos años se someterá
(a los peritos judiciales inscritos) a una prueba de
evaluación de conocimientos, que estará a cargo de los
colegios profesionales bajo su responsabilidad, y podrá
ser supervisada por el Poder Judicial, con la f‌i nalidad de
comprobar su permanente reactualización e idoneidad
profesional.
Que, mediante Resolución Administrativa Nº 42-
2011-P-CSJHA-PJ del 19 de enero de 2011 se dispuso la
evaluación de los especialistas y/o profesionales inscritos
en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior
de Justicia de Huaura, que han cumplido dos años desde
su inscripción o desde su última evaluación, cuyos datos
se detallaban en el Anexo Nº 01.
Que, mediante el documento del visto el Presidente
de la Comisión Especial Encargada del Proceso de
Evaluación y Selección de Peritos Judiciales de nuestra
Corte Superior de Justicia, remite el Informe Nº 005-2011-
SJR-RJBG-CSJHA-PJ mediante el cual el Secretario
Técnico de la Comisión da cuenta de los resultados de
dicho proceso de evaluación, desprendiéndose de su
contenido que, de los 15 peritos sometidos a evaluación,
se aprobaron a 11, por cuanto 02 ingenieros civiles y 02
mecánicos no se presentaron a realizar la evaluación
escrita.
Que, en el informe se precisa que para la evaluación
se ha contado con la colaboración de la División de
Criminalística de la Policía Nacional del Perú, del Colegio
de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de
Lima, del Colegio de Arquitectos del Perú y del Colegio
de Economistas de Lima, encontrándose la Comisión
Especial a cargo de la entrevista personal, por lo que
debe efectuarse el reconocimiento por el apoyo brindado.
Que, estando a las facultades conferidas al Presidente
de la Corte Superior de Justicia por el artículo 90 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la Nómina de Peritos
Judiciales - Profesionales y Especialistas que aprobaron
el proceso de evaluación dispuesto en la Resolución
Administrativa Nº 42-2011-P-CSJHA-PJ, conforme al
siguiente detalle:
Apellidos y Nombres D.N.I. Profesión
1 ANDRADE SORIANO, MARÍA ISABEL 8065333 GRAFOTECNIA
2ZABARBARU VARGAS ANGEL
HUMBERTO 43326915 GRAFOTECNIA
3 GARCIA BLANCO, CESAR AUGUSTO O6960942 GRAFOTECNIA
4 CHINCLAY TICLIA, ROSENDO 43273632 GRAFOTECNIA
5 RAMIREZ CACERES, TEODORO RUBEN O9867139 GRAFOTECNIA
6 BALTA DUEÑAS, GAVINA O7231918 GRAFOTECNIA
7 ALONSO CARRERA, JOSE ALBERTO O7474667 GRAFOTECNIA
8 FLORES SÁNCHEZ, ALEJANDRO 15629875 INGENIERO
AGRONOMO
9 GONZALES DEL SOLAR JORGE EMILIO 15980229 ARQUITECTO
10 BAEZA ORTIZ, JORGE LUIS 09394122 ARQUITECTO
11 ATAUJE MONTES, MAXIMO JESUS 15944658 ECONOMISTA
Artículo Segundo.- EXCLUIR del Registro de
Peritos de la Corte Superior de Justicia de Huaura a
los profesionales y técnicos que no se sometieron a la
evaluación, conforme al siguiente detalle:
APELLIDOS Y NOMBRES DNI PROFESIÓN
1 JOSÉ LUIS CAÑARI RAVICHAGUA 07671318 INGENIERÍA CIVIL
2 MIGUEL FRANCISCO HUAMÁN FLORES 08478763 INGENIERÍA CIVIL
3 RAÚL PORTILLA GARCÍA 15637183 MECÁNICO
4 LUIS ANTHONY, NOPECO PINTO 43576197 MECÁNICO
Artículo Tercero.- AGRADECER la colaboración
de la División de Criminalística de la Policía Nacional
del Perú, del Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo
Departamental de Lima, del Colegio de Arquitectos del
Perú y del Colegio de Economistas de Lima, en el proceso
de evaluación de peritos judiciales.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Administración de esta Corte Superior, la publicación de
la presente resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y
en el de mayor circulación de la región.
Artículo Quinto.- Poner la presente Resolución en
conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de
la Gerencia General, de la Comisión Especial Encargada de
la Selección y Evaluación de Peritos Judiciales en nuestra
Corte Superior, de la Of‌i cina de Administración de esta
Corte, del Responsable del Área de Servicios Judiciales y
Recaudación, de los señores peritos judiciales sometidos a
evaluación y de los interesados para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS ALBERTO VÁSQUEZ SILVA
Presidente
Corte Superior de Justicia de Huaura
657842-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Admiten a trámite solicitud de
Autorización de Funcionamiento
Provisional del Proyecto de Universidad
Santa Rosa de Lima
RESOLUCIÓN Nº 290-2011-CONAFU
Lima, 16 de junio de 2011
“PROYECTO DE UNIVERSIDAD
SANTA ROSA DE LIMA”
VISTOS: El escrito s/n recibido con fecha 22 de
diciembre de 2010, el Of‌i cio Nº 0222-2011-CONAFU-P de
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 27 de junio de 2011 445403
fecha 07 de febrero de 2011, el escrito s/n recibido con
fecha 18 de febrero de 2011, el Informe Legal Nº 082-
2011-CONAFU-CJ de fecha 02 de marzo de 2011, el
Of‌i cio Nº 254-2011-CONAFU-CDAA de fecha 11 de marzo
de 2011, el Of‌i cio Nº 476-2011-CONAFU-P de fecha 14 de
marzo de 2011, el escrito s/n recibido con fecha 13 de abril
de 2011, y el Acuerdo Nº 359-2011-CONAFU de la sesión
del Pleno del CONAFU del día 15 de junio de 2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de
1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorización
de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como
órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores
y ente rector del funcionamiento de las Universidades del
País bajo su competencia;
Que, conforme al Reglamento del CONAFU, aprobado
mediante Resolución Nº 387-2009 de fecha 12 de agosto
de 2009, (en adelante Reglamento), en su artículo 9º
establece que: “El Proyecto de Desarrollo Institucional
consolida los resultados del estudio en los aspectos
técnicos, económicos, f‌i nancieros, administrativos, con
el f‌i n de instalar, poner en marcha y desarrollar una
universidad, con previsiones económicas para sus diez
(10) primeros años de funcionamiento. La elaboración del
Proyecto de Desarrollo Institucional de una universidad
responde a una sucesión lógica de etapas que buscan
la coherencia entre la misión, visión, los objetivos del
proyecto, el cronograma elegido para alcanzarlos y los
recursos que son necesarios para ello. Las Tablas para
su calif‌i cación, establecen las pautas para la elaboración
de los proyectos. Los proyectos se presentaran con un
mínimo de tres (03) Carreras Profesionales y un máximo
de cinco (05) carreras profesionales”;
Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su
artículo 14º establece que: “El Proyecto de Desarrollo
Institucional será presentado en físico, con carátula
color verde, y en archivo informático en CD, debiendo
coincidir ambos, será organizado en carpetas separadas,
con identif‌i cación de las secciones A, B y C, y a su vez
con separadores que identif‌i quen los documentos que
la componen. Al momento de su presentación ante la
Of‌i cina de Trámite Documentario todo el PDI debe estar
debidamente foliado”;
Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su
artículo 18º establece que: “El procedimiento se inicia
con la presentación de la solicitud de autorización de
funcionamiento ante la Of‌i cina de Trámite Documentario
(OTD) (…). Si el expediente se encuentra conforme o
se han subsanado las observaciones dentro del plazo
otorgado, el funcionario responsable de la Of‌i cina
de Trámite Documentario, ingresará of‌i cialmente el
expediente para su trámite, remitiendo el mismo a la
Secretaria General a f‌i n de que esta última, remita las
Secciones A) y C) a la Consejería de Asuntos Académicos
(CDAA) y la Sección B) a la Comisión Jurídica (CJ),
quienes dispondrán de cinco (05) días hábiles para
evaluar si los requisitos de admisibilidad se ajustan a
las normas del CONAFU, a cuyo término emitirán los
informes correspondientes;
Que, por escrito s/n recibido con fecha 22 de diciembre
de 2010, el Responsable del Proyecto de Universidad
Santa Rosa de Lima, remitió el Proyecto de Desarrollo
Institucional del referido Proyecto de Universidad, para su
Autorización de Funcionamiento Provisional, adjuntando
la documentación correspondiente;
Que, conforme al Reglamento del CONAFU en su
artículo 19º establece que: “…Si uno de los informes, o
ambos fueran desfavorables, el Presidente del CONAFU
mediante of‌i cio, declarará Inadmisible la solicitud,
otorgando a la promotora el plazo de cinco días hábiles
para que subsane las def‌i ciencias de admisibilidad
encontradas. Vencido el plazo, el expediente será puesto
a consideración del Pleno para realizar el apercibimiento
mediante resolución otorgándole un plazo máximo de
8 días. Vencido el plazo el Pleno de of‌i cio dará por no
presentada su solicitud por incumplimiento”;
Que, por Of‌i cio Nº 0222-2011-CONAFU-P de fecha
07 de febrero de 2011, el Presidente del CONAFU, en
virtud del Informe Legal Nº 495-2010-CONAFU-CJ de
fecha 28 de diciembre de 2010 y el Of‌i cio Nº 051-2011-
CONAFU-CDAA de fecha 28 de enero de 2011; comunicó
al Representante del Proyecto de Universidad Santa Rosa
de Lima, las observaciones encontradas en el Proyecto
de Desarrollo Institucional presentado: “Sección B: 1) En
el Testimonio de Constitución de Asociación Promotora
AFOBISO-GRP, se aprecia que dicha Asociación acordó
la creación de la Universidad Privada Juan Benites Luna.
En el presente caso la Promotora pretende la creación y
funcionamiento de la Universidad Santa Rosa de Lima,
situación que no se condice con lo acordado por el órgano
de la promotora; por lo que la Promotora deberá de
aclarar dicha situación. En atención a lo expuesto no se
otorga conformidad a este requisito de admisibilidad, 2)
Sobre el Certif‌i cado de no registrar antecedentes penales
cada uno de los integrantes de la promotora, se debe de
reparar que de acuerdo a lo expresado en el Testimonio
de Constitución de Asociación Promotora AFOBISO-GRP
los asociados de dicha institución son 14 (1 persona
jurídica y 13 personas naturales); sin embargo, sólo se
ha adjuntado 02 certif‌i cados judiciales de antecedentes
penales, por lo que se debe de presentar los certif‌i cados
de los asociados restantes. De acuerdo a lo expuesto no
se otorga conformidad a este requisito, y 3) En cuanto a
la Declaración Jurada de quienes fueron las personas o
institución que elaboró el estudio de mercado y elaboró
el Plan de Desarrollo Institucional, este documento no
ha sido suscrito por el representante de la promotora,
sino por la persona que alega haber elaborado dichos
documentos, por lo que no se otorga conformidad en
este extremo. Debiendo el administrado presentar la
citada declaración jurada debidamente suscrita por el
representante de la promotora y presentar la inscripción
del Consejo Directivo vigente de la Asociación a f‌i n de
verif‌i car la representación”;
Que, por escrito s/n recibido con fecha 18 de febrero de
2011, el Representante Legal de la Promotora AFOBISO-
GRP, del Proyecto de Universidad Santa Rosa de Lima,
remitió el levantamiento de Observaciones encontradas
en el PDI del referido Proyecto, requeridas mediante
Of‌i cio Nº 0222-2011-CONAFU-P;
Que, mediante Of‌i cio Nº 254-2011-CONAFU-CDAA de
fecha 11 de marzo de 2011, la Comisión Académica da
a conocer al Pleno del CONAFU que el Representante
Legal de la Promotora AFOBISO-GRP, del Proyecto de
Universidad Santa Rosa de Lima presenta el levantamiento
de observaciones encontradas en el PDI; por lo que,
opinan: Admitir a trámite la solicitud de Admisibilidad del
Proyecto de Universidad Santa Rosa de Lima en cuanto
a las Partes A, B y C por haber cumplido con levantar las
observaciones en el plazo establecido;
Que, mediante Of‌i cio Nº 476-2011-CONAFU-P de
fecha 14 de marzo de 2011, el Presidente del CONAFU en
virtud al artículo 19º del Reglamento del CONAFU, citó a
los miembros de la Promotora y miembros de la Comisión
Organizadora propuesta del Proyecto de Universidad
Santa Rosa de Lima a una reunión con los integrantes del
Consejo Directivo del CONAFU. Asimismo, de conformidad
con el artículo 20º del referido Reglamento, requirió el
cumplimiento del pago por concepto de evaluación para
la aprobación del PDI;
Que, en cumplimiento del artículo 19º del Reglamento,
con fecha 09 de mayo de 2011, se reunieron en las
instalaciones del CONAFU, los miembros de la Promotora
y miembros de la Comisión Organizadora propuesta del
Proyecto de Universidad Santa Rosa de Lima con los
integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, con la
f‌i nalidad de poder apreciar su trayectoria, hojas de vida
documentadas, vinculación con la actividad académica de
la Promotora y miembros de la Comisión Organizadora
propuesta, así como la identif‌i cación y el compromiso con
el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado;
Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado
por Resolución Nº 189-2006-CONAFU del 13 de julio de
2006, en el artículo 10º establece que: “Son atribuciones
del Pleno del Consejo Nacional para la Autorización
de Funcionamiento de Universidades:…t) Cumplir
las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos
correspondan al Pleno del CONAFU”;

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