Principios Procesales

AutorJorgelina Yedro
CargoJueza de Primera Instancia de Distrito en lo civil, comercial y Laboral N° 13 de Vera, Santa Fe, Argentina
Páginas266-273
| Derecho Procesal Civil |
266
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
38
Principios Procesales
Jorgelina Yedro*
La selección del thema objeto de este trabajo no ha
sido producto del azar, sino cuidadosamente elegido,
teniendo especialmente presente los destinatarios
de la misma. Pues si existe una cuestión común que
trasciende las fronteras, sin dudas lo constituye esta
materia, empero, a la vez, establece la diferencia entre
una legislación y otra, puesto que de la elección de
los principios, su regulación y su aplicación se puede
entender y comprender las distintas regulaciones
procesales, sus posturas doctrinarias y, por n, su
resolución en las controversias.
A pesar que se trata de una vexata questio, precisamente
por su amplitud que calica dentro de los temas clásicos
del derecho procesal y, como tal, vasto -a veces hasta
parece agotado-, cuyo estudio en profundidad excede
el n y extensión de este aporte, razón por la que solo
esbozaremos un ensayo sobre la temática seleccionada,
en especial, apuntado a un cambio de paradigmas sobre
el particular.
Concepto
Para la mayor parte de la doctrina, los principios
generales de la materia procesal tratan sobre las
directivas o líneas matrices dentro de las cuales se
desarrolla las instituciones del proceso. También
como directrices políticas, normas de un determinado
ordenamiento adjetivo. Se constituyen en la línea
vertebral del proceso o en las vigas maestras sobre las
que se construye el plexo normativo procesal, ideas-
ejes, inspiradoras o “el alma de las normas”1, como los
denen Marcela García Sola y Sergio Barbeiro, -en la
obra citada al pie, la que constituye nuestra principal
fuente en este trabajo-. En términos de Couture
podemos hablar de “mandamientos constitucionales
para que sean desenvueltos por el legislador y señalaba,
como ejemplos, la norma constitucional que reconoce al
ciudadano el derecho de petición ante las autoridades,
la que declara que nadie puede ser condenado sin ser
escuchado o la gratuidad de la justicia, etcétera.
Los principios generales del proceso son la síntesis de
la orientación impresa a un ordenamiento ritual dado.
Peyrano señala que se trata de “construcciones jurídicas
normativas” que no se expresan como los conceptos-
“realidades objetivas”, sino como ideas generales
obtenidas por abstracción y que se vuelven sobre las
normas para ofrecer de ellas una visión unitaria, orgánica
y sistematizada”2.
Por su parte, Marinoni, citando a Robert Alexy, nos
brinda un interesante cuadro comparativo entre
reglas y principios -obviamente distinguiendo las,
y así afirma que los principios son normas que
ordenan que algo sea realizado “en la mayor medida
posible, dentro de las posibilidades jurídicas y fácticas
existentes, mientras que las reglas son normas que
pueden ser cumplidas o no, en tanto que, si una regla
es válida, debe ser realizado exactamente lo que ella
exige, ni más ni menos. Por ello, los principios, al
contrario de las reglas, son llamados mandatos de
optimización, que pueden ser realizados en diferentes
grados, de conformidad con las posibilidades jurídicas
y fácticas. Estas posibilidades están condicionadas por
los principios opuestos y así exigen la consideración
de los pesos de los principios en colisión según las
circunstancias del caso concreto. Este juicio relativo
al peso de los principios, es un juicio de ponderación,
que permite que los derechos fundamentales tengan
efectividad en cualquier caso concreto tomando en
cuenta los principios que con éste puedan coincidir.”3
* Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo civil, comercial y Laboral N° 13 de Vera, Santa Fe, Argentina. Docente a cargo de la Cátedra de Derecho Procesal Civil en la
Universidad Católica de Santa Fe; Integrante del Ateneo de Estudios del Derecho Procesal Civil (Rosario-Santa Fe).
1 PRINCIPIOS PROCESALES. T. I, Ateneos de Estudios del Proceso Civil; Jorge W. Peyrano. Director. Rubinzal- Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina. 2011, pág. 36.
2 PEYRANO, Jorge W., El proceso civil. Principios y Fundamentos, Astrea, Buenos Aires, 1978, p. 41.
3 MARINONI, Luis Ghuillerme. Derecho fundamental a la tutela jurisdiccional efectiva. Traducción de Aldo Zela Villegas. Palestra Editores. Lima 2007. Ps 283 y ss.
Más allá de toda codicación, subyacen principios que son transversales a las normas. El poder entenderlos nos
invita a conocer los presupuestos por los cuales se rige el derecho procesal, como es en este caso particular. En
el presente artículo, la jueza argentina nos plantea todo el esquema estructural de los principios procesales,
haciendo un análisis de la doctrina comparada sobre este tema y, asimismo, desde la experiencia de su país,
dene los principios y señala aquellos aplicables al derecho procesal

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