PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 283-2007-PCM - Autorizan transferencia financiera de recursos a favor del Ministerio de Salud y del Seguro Integral de Salud RESOLUCION MINISTERIAL Nº 283-2007-PCM

Fecha de disposición26 Septiembre 2007
Fecha de publicación26 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 26 de setiembre de 2007 354031
Que, el Perú, a través del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones ha propuesto ser sede de la 38ª Reunión
del Grupo de APECTEL en octubre de 2008, propuesta
que será presentada en la citada reunión;
Que, de conformidad con la Vigésima Octava
Disposición Final de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2007, se exceptúan de
la aplicación de la prohibición establecida en el artículo 4º
de la misma Ley, toda actividad preparatoria que se realice
durante el año 2007, que tenga por objeto el desarrollo
de las actividades para la realización, programada para
el año 2008, de la XVI Cumbre de Líderes del Foro de
Cooperación Económica Asia-Pacíco (APEC) bajo la
presidencia del Perú, incluyendo reuniones ministeriales,
conferencias especializadas y otros eventos que se
programen en ese marco;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 171-2006-
RE se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú
de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica
Asia Pacíco (APEC) durante el año 2008, incluyendo
la realización de la XVI Cumbre de Líderes de dicho
Foro, sus reuniones ministeriales, sus conferencias
especializadas y otros eventos que se programen en
ese marco;
Que, para estos efectos es necesario autorizar el
viaje del Presidente del Consejo Directivo del Organismo
Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -
OSIPTEL a la 36ª Reunión del Grupo de Telecomunicaciones
de APEC, siendo los gastos por concepto de pasajes,
viáticos y tarifa única por uso de aeropuerto, cubiertos por
el OSIPTEL;
De conformidad con la Ley 28927, Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, la
Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, modicada
por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado mediante
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y el Reglamento
de Organización y Funciones de la Presidencia del
Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 063-2007-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo
Santiago Thornberry Villarán, Presidente del Consejo
Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada
en Telecomunicaciones - OSIPTEL, a la ciudad de
Santiago de Chile, República de Chile, del 20 al 27 de
octubre de 2007, para los nes expuestos en la parte
considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Presupuesto del Organismo Supervisor de Inversión
Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, de acuerdo
al siguiente detalle:
Pasajes US$ 800,00
Viáticos US$ 1 400,00
Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25
-------------
US$ 2 230,25
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionario
deberá presentar ante su institución un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos
entregados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
otorgará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
113213-2
Autorizan transferencia financiera de
recursos a favor del Ministerio de Salud
y del Seguro Integral de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 283-2007-PCM
Lima, 21 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 451-2006-PCM de
fecha 28 de diciembre de 2006, se aprobó el Presupuesto
Institucional de Apertura del Pliego 001 Presidencia
del Consejo de Ministros para el Año Fiscal 2007, de
conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido
modicado por la incorporación de nuevas Actividades,
Créditos Suplementarios, Transferencia de Partidas entre
Pliegos, Saldos de Balance de Recursos provenientes de
Fuentes de Financiamiento distintas a las de “Recursos
Ordinarios” y Modicaciones Presupuestarias en el Nivel
Funcional Programático;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 032-2005-
PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 062-
2005-PCM y en el marco del Plan Nacional para
la Superación de la Pobreza, se creó el Programa
Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres –
“JUNTOS”, con la finalidad de ejecutar transferencias
directas en beneficio de las familias más pobres de la
población, rural y urbana;
Que, con fechas 31 de mayo de 2006 y 11 de setiembre
de 2006, se suscribieron los Convenios de Cooperación
Interinstitucional, entre el Programa Nacional de Apoyo
Directo a los Más Pobres- JUNTOS con el Ministerio de
Salud y el Sistema Integral de Salud, respectivamente,
los cuales tienen por nalidad la creación del marco de
colaboración entre las partes, para la óptima ejecución del
Plan de Acción del Programa Nacional de Apoyo Directo
a los Más Pobres – JUNTOS, con el consiguiente logro
de sus nes;
Que, de acuerdo al Reporte del Sistema Integrado de
Administración Financiera – SIAF de fecha 29.08.2007,
existe Crédito Presupuestario dentro de la Actividad
1.27569 Transferencias Financieras JUNTOS,
Componente 3.73860 Transferencias Financieras
JUNTOS y Finalidad de Meta Presupuestaria 27675 Apoyo
al Fortalecimiento de la Oferta de Servicios en las Zonas
de Extrema Pobreza, de la fuente de nanciamiento 1
Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 010
Programa de Apoyo directo a los más Pobres, por un
importe de hasta por S/. 63 205 317,00 para la atención de
transferencias nancieras que se programen y autoricen
con la correspondiente documentación y normatividad
vigente;
Que, según Ocio Nº 465-2007-PCM/PNADP-DE,
el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Apoyo
Directo a los Mas Pobres - JUNTOS, solicita el trámite
de aprobación del Proyecto de Resolución Ministerial que
autoriza una transferencia nanciera de recursos hasta
por el importe de CATORCE MILLONES QUINIENTOS
CUARENTA y UN MIL SETECIENTOS VEINTISEIS y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 14 541 726,00), a favor de
los Pliegos Presupuestarios, 011: Ministerio de Salud y
135: Seguro Integral de Salud, en el marco del Acuerdo
Nº 15-IV SESION 2007/PNADP-CD de la Cuarta Sesión
del Consejo Directivo de fecha 13.06.2007 del referido
Programa JUNTOS, que a la letra dice: “Levantar las
reservas al presupuesto presentado por el Sector Salud
mediante el ACUERDO Nº 12-III SESION 2007/PNADP,
y aprobar la transferencia al Ministerio de Salud de los
rubros de reembolsos al Seguro Integral de Salud – SIS,
ascendente a la suma de S/. 13 759 726,00 (TRECE
MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA y NUEVE MIL
SETECIENTOS VEINTISEIS y 00/100 NUEVOS SOLES),
y de supervisón y monitoreo, ascendente a la suma de
S/. 782 000,00 (SETECIENTOS OCHENTA y DOS MIL y
00/100 NUEVOS SOLES)…”;
Que, la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652
modicó el artículo 75º de la Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto – Ley Nº 28411, cuyo literal e)
del numeral 75.4 del indicado artículo, establece que las
transferencias nancieras entre pliegos presupuestarios

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