La prescripción en el procedimiento administrativo sancionador en materia de Libre Competencia a partir de las modificaciones a la Ley del Procedimiento Administrativo General
Autor | Juan Chang Tokushima - Mario Drago Alfaro |
Cargo | Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú - Abogado por la Pontificia Universidad Católica del Perú |
Páginas | 16-27 |
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Revistas IUS ET VERITAS, Nº 56, julio 2018/ ISSN 1995-2929 (impreso) / ISSN 2411-8834 (en línea) IUS ET VERITAS 56
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Artículos
Resumen: El 21 de diciembre de 2016 fue publicado el Decreto Legislativo
No. 1272, norma mediante la cual se modicaron diversas disposiciones de
la Ley del Procedimiento Administrativo Ge neral, Ley No. 27444 (LPAG).
Una de ellas consistió en la modicación del inciso 2 del artículo II del Título
Preliminar, la cual tuvo como consecuencia que las condiciones establecidas
en la LPAG pasasen de ser supletorias a ser expresamente obligatorias. En
particular, cuan do se contrapongan a una norma especial que establezca
condiciones menos favorables para los administrados. El presente artículo
tiene como o bjetivo determina r cuáles son los efectos de la referida
modicación al régimen de prescripción aplicable a los procedimientos
administrativos sancionadores. En especíco, si el régimen de prescripción
aplicable a los procedimientos de libre competencia se ha visto modicado.
Palabras Clave: Prescripción – LPAG - Libre Competencia - Retroactividad
Benigna
La prescripción en el procedimiento administrativo
sancionador en materia de Libre Competencia a partir de las
modicaciones a la Ley del Procedimiento
Administrativo General(*)
The statute of limitations in the antitrust sanctioning procedure in light
of the amendments made to the General Administrative Procedure Act
Juan Chang Tokushima(**)
Baxel Consultores
Mario Drago Alfaro(***)(****)
Baxel Consultores
(*) Nota del editor: Este artículo fue recibido el 10 de mayo de 2018 y su publicación fue aprobada el 20 de junio de 2018.
(**) Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú. Magíster en Economía, Regulación y Competencia de los Servicios
Públicos de la Universidad de Barcelona. Socio de Baxel Consultores. Correo electrónico: jchang@baxel.pe
(***) Abogado por la Ponticia Universidad Católica del Perú. Socio de Baxel Consultores. Fundador y Director de PsychoLAWgy.
Correo electrónico: mdrago@baxel.pe
(****) Los autores agradecen el apoyo brindado por Elody Malpartida Zamora y Eduard Saavedra Valdivia en la preparación de
este artículo.
https://doi.org/10.18800/iusetveritas.201801.001
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