La Prescripción de las Infracciones y su Clasificación en la Ley lel Procedimiento Administrativo General (En Especial, Análisis de los Supuestos de Infracciones Permanentes y Continuadas)

AutorVíctor Sebastian Baca Oneto
CargoAbogado por la Universidad de Piura
Páginas263-274
263
Derecho & Sociedad
Asociación Civil
37
Víctor Baca Oneto
La Prescripción de las Infracciones y su
Clasicación en la Ley lel Procedimiento
Administrativo General
(En Especial, Análisis de los Supuestos de
Infracciones Permanentes y Continuadas)
Víctor Sebastian Baca Oneto*
I. A Modo de Presentación
Al momento de aplicar las normas sancionadoras,
uno de los problemas que con más frecuencia surge
es el análisis de la prescripción de la infracción, tema
éste regulado en el art. 233 de la Ley 27444, Ley
modificado por el Decreto Legislativo N° 1029, pues
de esto depende que sea posible imponer un castigo
pese al tiempo transcurrido desde que se realizó
la condu cta. Se trata, por tanto, de un asunto que
requiere ser aclarado, especialmente porque nuestra
regulación no ha contemplado expresamente la gura
de la caducidad del procedimiento sancionador, de
modo que las normas sobre la prescripción son la
única defensa (formalmente reconocida) que tiene
el administrado frente a la Administración por el
no ejercicio oportuno de la potestad sancionadora.
Sin embargo, en tanto el término inicial del plazo
prescriptorio será el momento en que la infracción
se hubiere consumado, es inescindible al estudio
de la prescripción el análisis de la clasificación
de las infracciones, tema al que dedicamos la
segunda parte de este trabajo, con especial énfasis
a las infracciones permanentes y las continuadas,
para buscar interpretar lo dispuesto por el art.
230.7 LPAG, que seguramente debe ser una de
las normas más complejas de nuestra regulación
administrativa.
II. La Prescripción de la Infracción (y de la Sanción)
frente a la Caducidad del Procedimiento.
Regulación en el Derecho Administrativo Peruano
2.1. El Marco Normativo
A. La Regulación en el Código Civil
De acuerdo a nuestro Código Civil, la prescripción
extingue las acciones, mientras que la caducidad
extingue los derechos. En tanto la prescripción no
extingue el derecho, debe ser alegada por quien
pretende beneciarse de ella, y no puede ser declarada
de ocio. La caducidad, por su parte, puede ser declarada
de ocio. Además, los plazos prescriptorios admiten
suspensión o interrupción, a diferencia de los plazos de
caducidad, que no se interrumpen o suspenden, salvo
mientras sea imposible reclamar el derecho ante un
tribunal peruano.
B. La Regulación en el Código Penal
Por su parte, el Código Penal regula tanto la prescripción
de los delitos como la prescripción de las penas
impuestas. En el caso de la primera, la norma distingue
entre los delitos castigados con pena de cárcel y los
que se castigan con otras penas. Para estos últimos, el
párrafo 4 del art. 80 del Código Penal establece que la
acción prescribe a los dos años de cometido el delito,
* Abogado por la Universidad de Piura. Doctor en Derecho por la Universidad de Valladolid (España). Profesor ordinario de Derecho administrativo en la Universidad de
Piura, donde también es Director del Programa Académico de Derecho en Campus Lima y Director del programa de Maestría en Derecho. Profesor contratado de Derecho
administrativo 1 en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Miembro de la Comisión de Defensa del Consumidor Nº 2 de la Sede Central del INDECOPI. Jefe del área
de Derecho administrativo del Estudio Ferrero Abogados.
En el Derecho, la gura de la prescripción tiene como principal nalidad impedir que exista incertidumbre en las
relaciones jurídicas dentro de un plazo establecido, con el n de hacer respetar la seguridad jurídica. Sin embargo,
en el Derecho Disciplinario, cuando se comete una infracción y la Administración tenga que aplicar una sanción,
la prescripción posee un tratamiento especial una especial importancia y relieve cuando de tratan de infracciones
o sanciones
En ese sentido, a través de las presentes líneas, el Dr. Baca desarrolla un análisis ilustrativo de la prescripción
de las infracciones en la Ley del Procedimiento Administrativo General, para lo cual comienza por analizar el
marco normativo penal, civil, administrativo y disciplinario de la prescripción y en comparación, examina la
gura de la caducidad en el Derecho Administrativo. Finalmente, realiza una explicación de la clasicación de las
infracciones, dando un especial desarrollo explicativo a las infracciones continuadas

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