RESOLUCION Nº 034-2008-COFOPRI/SG - Aprueban Directiva N° 005-2008-COFOPRI, Lineamientos para la Ejecución de los Procedimientos Administrativos de Declaración de Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio y Regularización de Tracto Sucesivo

Fecha de publicación29 Abril 2008
Fecha de disposición29 Abril 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 29 de abril de 2008
371494
FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF
y normas modif‌i catorias, la designación de los Directores
de las empresas del Estado comprendidas bajo el ámbito
de FONAFE es potestad del Directorio de dicha Empresa,
asimismo la designación deberá ser publicada en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 006-
2008/009-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada
con fecha 24 de abril de 2008, se designó como miembro
de directorio de empresa en la que FONAFE participa
como accionista, a las personas que se señalan a
continuación:
NOMBRE EMPRESA CARGO
ISAAC ROBERTO ANGELES LAZO EDITORA PERÚ S.A. DIRECTOR
LUIS ALEJANDRO BEDOYA
WALLACE EGECEN S.A. PRESIDENTE
MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS
Director Ejecutivo
194643-1
ORGANISMO DE
FORMALIZACIÓN DE LA
PROPIEDAD INFORMAL
Aprueban Directiva Nº 005-2008-
COFOPRI, Lineamientos para la
Ejecución de los Procedimientos
Administrativos de Declaración de
Propiedad por Prescripción Adquisitiva
de Dominio y Regularización de Tracto
Sucesivo
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
N° 034-2008-COFOPRI/SG
Lima, 18 de abril de 2008
VISTO:
El Informe N° 014-2008-COFOPRI/DND de fecha 22 de
febrero de 2008 emitido por la Dirección de Normalización
y Desarrollo, por el cual remite el Proyecto de Directiva
Lineamientos para la ejecución de los Procedimientos
Administrativos de Declaración de Propiedad por
Prescripción Adquisitiva de Dominio y Regularización del
Tracto sucesivo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo N° 803, Ley
de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal,
complementado por la Ley N° 27046, se crea la
Comisión de Formalización de la Propiedad Informal
- COFOPRI, ahora Organismo de Formalización de la
Propiedad Informal, cuyo Texto Único Ordenado ha
sido aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-
99-MTC;
Que, al amparo del Decreto Supremo Nº 032-99-
MTC, que aprobó el Reglamento de los Procedimientos
Administrativos de Declaración de Propiedad mediante
Prescripción Adquisitiva de Dominio y la Regularización del
Tracto Sucesivo, así como de Declaración de Reversión
sobre Predios Matrices o Lotes Adjudicados por Entidades
del Estado, se tramitaron procedimientos administrativos
que quedaron suspendidos como consecuencia de la
Sentencia del Tribunal Constitucional en el Expediente
N° 012-2001-I/TC;
Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2006-
VIVIENDA, que aprueba el Reglamento del Título I de
la Ley N° 28687, se establece que las municipalidades
provinciales son competentes para declarar
administrativamente la propiedad, mediante prescripción
adquisitiva de dominio o regularización del tracto sucesivo
a favor de los poseedores de predios matrices ocupados
por Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y
Urbanizaciones Populares, así como de lotes individuales
que forman parte de Posesiones Informales o Centros
Urbanos Informales, de Urbanizaciones Populares y toda
otra forma de posesión, ocupación o titularidad informal
de predios con f‌i nes urbanos;
Que, los artículos 2° y 3° de la Ley N° 28923, Ley
que establece un Régimen Temporal Extraordinario
de Formalización y Titulación de Predios Urbanos,
facultan a COFOPRI a asumir de manera excepcional
y por un período de tres (3) años, las funciones de
ejecución de los procedimientos de saneamiento
físico legal y titulación de predios urbanos, ubicados
en posesión informal, a que se ref‌i ere el Título I de la
Ley N° 28687, Ley de Desarrollo y Complementaria
de Formalización de la Propiedad Informal, Acceso
al Suelo y Dotación de Servicios Básico y sus demás
normas complementarias;
Que, de conformidad con el artículo 4° de la Ley
N° 28923, por delegación de las municipalidades
provinciales, COFOPRI llevará a cabo los procedimientos
de Declaración de Propiedad a que se ref‌i ere el artículo
11° de la Ley N° 28687;
Que, de acuerdo con lo expresado en el documento
de visto, emitido por la Dirección de Normalización
y Desarrollo, resulta necesario establecer los
lineamientos y criterios uniformes que permitan tramitar
ef‌i cientemente los procedimientos de formalización de
Posesiones Informales, Centros Urbanos Informales y
Urbanizaciones Populares, mediante los procedimientos
administrativos de declaración de propiedad por
prescripción adquisitiva de dominio y regularización
de tracto sucesivo; asimismo, que permita concretar
la celebración de los convenios de delegación y la
capacitación del personal asignado;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso
c) del artículo 10° del Reglamento de Organización
y Funciones - ROF de COFOPRI, función que fuera
delegada por el Director Ejecutivo de COFOPRI a esta
Secretaría General, mediante la Resolución Directoral N°
055-2007-COFOPRI/DE, concordado con el artículo 5º de
la Ley N° 28923 y la Ley N° 29091;
Con el visado de la Dirección de Normalización y
Desarrollo, Dirección de Formalización Integral y la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 005-
2008-COFOPRI, Lineamientos para la Ejecución de
los Procedimientos Administrativos de Declaración de
Propiedad por Prescripción Adquisitiva de Dominio y
Regularización del Tracto Sucesivo, que como Anexo
forma parte de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- Encargar a la Of‌i cina de Sistemas
la publicación de la presente Directiva en la página web de
la Entidad (www.cofopri.gob.pe) y en el Portal del Estado
Peruano.
Artículo Tercero.- La citada Directiva entrará en
vigencia al día siguiente de la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN ÁNGEL CANDELA GÓMEZ DE LA TORRE
Secretario General (e) del Organismo
de Formalización
de la Propiedad Informal - COFOPRI
194342-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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