07 F016-2002-ORLC/TR - Establecen precedente de observancia obligatoria sobre impugnación de resolución que pone en conocimiento la liquidación y bases para la subasta

Fecha de disposición28 Agosto 2002
Fecha de publicación28 Agosto 2002
Pág. 229040
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 28 de agosto de 2002
HIPURAN I-131 (OrtoIodo hipurato de sodio ), 1mCi(base) 1.94
MIBG - I 131 (3 Iodobencilguanidina), 1 mCi 371
EDTMP - Sm 153 ( Solución EDTMP - Sm), 1 mCi 0.155
AGENTES PARA RADIODIAGNÓSTICO
AMD (Ácido Metilen difosfónico) 6.45
DEIDA (Dietil amino diacético) 5.81
DMSA (Dimercapto Succínico) 5.48
DTPA (Ácido dietilen triamino pentácetico) 5.48
GHCa (Glucoheptanato de Calcio) 5.48
RENTEC (Mercapio acetiltriglicina) 6.45
MAA (Macro agregado de albúmina) 6.45
PPI (Pirofosfato) 4.84
TSC (Sulfuro Colloidal) 5.56
HEMTEC (Citrato de sodio dihidrato) 3.87
DEXTRAN ( Solución dextrán) 2.74
GLOBUTEC (Inmunoglobulina G) 2.74
SESTAMIBI (MIOTEC) : Multidosis 19.4
SESTAMIBI (MIOTEC) : Monodosis 7.74
BLINDAJES DE PLOMO
Contenedor de 3 mm. 0.871
Contenedor de 7 mm. 1.29
Contenedor de 15 mm. 1.94
Contenedor de 26 mm. 3.23
Contenedor de 31 mm. 4.52
Artículo Segundo.- Aprobar a partir de la fecha de
la presente Resolución, los precios para el mercado ex-
tranjero, de los bienes producidos en la Planta de Pro-
ducción de Radioisótopos de la Dirección General de Ra-
dioisótopos, los mismos que se pagarán en dólares de
los Estados Unidos de Norte América, de acuerdo al de-
talle siguiente:
YODO 131
A) Actividades calibradas en un solo frasco
ACTIVIDAD US $
I-131 Radioquímico 10-20 mCi 3/mCi
30 75
40 90
50 120
100 200
200 225
300 250
400 275
500 300
600 325
700 350
800 375
900 395
(*) 1 Ci 405
(*) Cada mCi = 0.405 US $
B) Actividades mayores a 1 Ci calibradas en un solo frasco.
1000 mCi 405
1 mCi adicional 0.405
C) Actividades fraccionadas en varios frascos. Se considera el costo del blinda-
je según la siguiente escala:
FRACCION TIPO DE BLINDAJE
Hasta 50 mCi B50 25
Hasta 100 mCi B100 30
Hasta 200 mCi B200 35
Hasta 500 mCi B500 65
Más de 500 mCi BS500 90
EDTMP - SAMARIO 153 1 mCi 1.75
CLORURO DE SAMARIO 153 1 mCi 1.60
ALAMBRES PARA USO MÉDICO 3-4 mCi/cm 4.00
MIBG I-131 (Meta Yodo Bencilguanidina) 1 mCi 33.00
Articulo Tercero.- Para efectos de la comercializa-
ción se establece que:
a. En el caso de tratarse de compradores nacionales,
sólo se venderán estos productos a las personas natura-
les o jurídicas que cuenten con las autorizaciones o li-
cencias otorgadas por la Autoridad Nacional de acuerdo
a lo establecido en el Reglamento de Seguridad Radio-
lógica, aprobado por D.S. Nº 009-97-EM.
b. Los pagos se realizarán a favor del Instituto Perua-
no de Energía Nuclear, en cualquier forma dineraria y
dentro de un plazo máximo de 30 días.
c. Se otorgarán descuentos de hasta el 20%, según
condiciones contractuales, a aquellos clientes que ad-
quirieran cantidades mayores a 40 Curies mensuales.
Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resoluciones de
Presidencia Nº 072-2000-IPEN/PR, 132-00-IPEN/PRES,
194-00-IPEN/PRES y cualquier otra disposición institu-
cional que se haya dictado al respecto.
Artículo Quinto.- Los precios se aplican sobre la U.I.T.
vigente y se reajustarán de acuerdo a la variación de ésta.
Regístrese y comuníquese.
MODESTO MONTOYA ZAVALETA
Presidente
15346
OFICINA REGISTRAL DE
LIMA Y CALLAO
Establecen precedente de observancia
obligatoria sobre impugnación de reso-
lución que pone en conocimiento la li-
quidación y bases para la subasta
RESOLUCIÓN Nº F016-2002-ORLC/TR
Lima, 14 de agosto de 2002
APELANTE :ALFREDO LEYVA RURUSH
VENDEDOR :DISMOTSA
COMPRADOR :ALFREDO LEYVA RURUSH
EXPEDIENTE :085286
MEMORANDUM :027-2000 del 5 de junio de 2002
REGISTRO :FISCAL DE VENTAS A PLAZOS
RECURSO :Apelación contra Resolución
que declara Infundado Re-
curso de Reconsideración
SUMILLA :
Impugnación de Resolución que pone en conocimiento
la Liquidación y Bases para la Subasta
La resolución administrativa que pone en conocimiento
de las partes la Liquidación y Bases para la Subasta, no
constituye un acto definitivo que ponen fin a la instancia,
tampoco es un acto de trámite que determina la imposi-
bilidad de continuar el procedimiento, ni mucho menos
produce indefensión; por lo que no procede interponer
contra aquella recurso impugnativo alguno, debiendo las
partes solamente indicar en forma expresa las observa-
ciones respecto de las cifras consignadas en ella, luego
de los cuales y previo análisis el Registrador aprobará la
Liquidación y Bases para la Subasta definitiva, decisión
que sí podrá ser impugnada;
I. ANTECEDENTES
Mediante Resolución Nº 21 de fecha 4 de marzo de
2002, el Registrador Público pone en conocimiento de
las partes de la Liquidación y Bases para la Subasta, la
misma que consigna como: Valor del Bien Inscrito: $
6,170, Importe de Cuotas Pagadas $ 2,089.50 (incluye
cuota inicial), Saldo Deudor US$ 2,089.00, Importe de
Cuotas Vencidas US$ 2,089.50, importe de cuotas por
vencer 0.00, Base para el Primer Remate US$ 4,113.33,
Segundo Remate US$ 3,496.33 y Tercer Remate al me-
jor postor.
El 20 de marzo de 2002, el comprador interpone un
recurso el mismo que es considerado como de reconsi-
deración, en el que indica que su vehículo fue capturado

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