1011 143-2002-ORLC/TR - Establecen precedente de observancia obligatoria relativo a acuerdos sobre materias no consignadas en la convocatoria a asamblea general de asociaciones

Fecha de disposición05 Abril 2002
Fecha de publicación05 Abril 2002
Pág. 220862
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 5 de abril de 2002
Jefe de Seguridad Externa del Grupo Nº 02, siendo dete-
nidos aproximadamente a las 04.35 horas del día
13.ENE.2002, en la calle Mariscal Sucre a 25 metros del
referido Nosocomio, por miembros de la Policía Nacional,
por alterar el orden público en evidente estado de embria-
guez, agravándose el caso del servidor HUGO GARRIA-
ZO PÉREZ, quien indebidamente efectuó un disparo al
aire con el arma proporcionada por la Institución, situa-
ción que ha merecido el repudio de la prensa y de la opi-
nión pública, trayendo como consecuencia que la imagen
Institucional se vea comprometida;
Que, se ha establecido que los servidores Hugo GA-
RRIAZO PÉREZ y Gustavo GUTIÉRREZ MORALES, han
transgredido las obligaciones y prohibiciones estableci-
das en los incisos a), c), d) y e) del Artículo 21º e inciso
rriendo en faltas administrativas disciplinarias graves
contempladas en los incisos a), d), g), h) y j) del Artículo
28º de la precitada norma legal;
Que, asimismo, de acuerdo al Informe de Escalafón
del servidor Hugo GARRIAZO PÉREZ, se aprecia que a
través de la Resolución Directoral Nº 002-95-INPE-OGA-
OPER de fecha 6.ENE.95 fue sancionado con 16 días
de suspensión, por haber ingresado al E.P. de Huaraz
en estado de embriaguez con la intención de conversar
con una interna, determinándose de este modo que di-
cho servidor ha actuado reiteradamente en la comisión
de falta administrativa disciplinaria;
Estando a lo recomendado por la Comisión Perma-
nente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con
las visaciones de la Oficina General de Asesoría Jurídi-
ca y Oficina General de Administración; y,
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM,
Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Nacional Peni-
tenciario y en uso de las facultades conferidas por la
Resolución Suprema Nº 364-2001-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- IMPONER la sanción disciplinaria de
DESTITUCIÓN al servidor Hugo GARRIAZO PÉREZ; por
los motivos expuestos en la parte considerativa de la pre-
sente Resolución.
Artículo 2º.- IMPONER la sanción disciplinaria de
SUSPENSIÓN sin goce de remuneraciones por el térmi-
no de DOCE (12) MESES al servidor Gustavo GUTIÉ-
RREZ MORALES; por los motivos expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 3º.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución
a través de la Oficina de Recursos Humanos del INPE,
para los efectos legales pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ
Presidente
6259
OFICINA REGISTRAL DE
LIMA Y CALLAO
Establecen precedente de observancia
obligatoria relativo a acuerdos sobre
materias no consignadas en la convo-
catoria a asamblea general de asocia-
ciones
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 143-2002-ORLC/TR
Lima, 20 de marzo de 2002
APELANTE :Lucila Torvisco Enciso de Tomateo.
ASOCIACIÓN DE MERCADOS
UNIFICADOS DE LA VI ZONA DE
EL AGUSTINO.
TÍTULO :220960 del 29-11-2001
HOJA DE TRÁMITE:2002 - 4805 del 30-1-2002
REGISTRO :Personas Jurídicas de Lima - Libro
de asociaciones
ACTO :Reelección de consejo directivo y
ratificación de poderes.
SUMILLA:
La convocatoria a asamblea general de las asocia-
ciones debe señalar las materias a tratar, no siendo váli-
do adoptar acuerdos respecto a materias no consigna-
das en la convocatoria.
I. ACTOS CUYA INSCRIPCIÓN SE SOLICITA Y DO-
CUMENTACIÓN PRESENTADA
Se solicita la inscripción de la reelección del consejo
directivo y ratificación de poderes de la ASOCIACIÓN
DE MERCADOS UNIFICADOS DE LA VI ZONA DE EL
AGUSTINO, acordados en la asamblea general del 9 de
agosto de 2001.
A dicho efecto se presenta:
- Copia certificada notarial del acta de la asamblea
del 9 de agosto de 2001, en la que se eligió al comité
electoral, se acordó la reelección del consejo directivo y
se ratificaron los poderes otorgados al constituirse la aso-
ciación. Al pie del acta constan los nombres, documento
de identidad y firmas o huellas digitales de los asisten-
tes a la asamblea.
- Aviso de convocatoria en copia autenticada por fe-
datario. Como agenda a tratar se señaló: 1) Informes 2)
Comité electoral.
- Copia autenticada por fedatario del padrón de aso-
ciados.
Al reingreso del título se presentó declaración jurada
respecto a la convocatoria.
II. DECISIÓN IMPUGNADA
Se ha interpuesto apelación contra la observación for-
mulada por el Registrador Público del Registro de Per-
sonas Jurídicas de Lima, Dr. Carlos Antonio Mas Avalo.
El Registrador denegó la inscripción por los siguien-
tes fundamentos:
1. Los acuerdos adoptados sobre elección de conse-
jo directivo y poderes no se condicen con la agenda.
2. No se ha cumplido el procedimiento para elección
previsto en el estatuto.
3. No se reproduce exactamente la convocatoria pues
no se consigna fecha para la emisión de la esquela.
III. ANTECEDENTE REGISTRAL.
La ASOCIACIÓN DE MERCADOS UNIFICADOS
DE LA VI ZONA DE EL AGUSTINO corre inscrita en
la partida electrónica 11134295 del libro de asocia-
ciones del Registro de Personas Jurídicas de Lima.
El primer y único consejo directivo inscrito fue elegi-
do al constituirse la asociación el 23 de setiembre de
1999, estando presidido por Lucila Torvisco Enciso
de Tomateo.
IV. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES.
Interviene como vocal ponente Nora Mariella Aldana
Durán, con el informe oral del abogado Armando Cam-
pos Fernández.
Las cuestiones a determinar son las siguientes:
a) Si la asamblea general puede válidamente acor-
dar la elección de consejo directivo y ratificación de po-

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