El poder oculto de la prueba ilícita: una aproximación psicológica
Autor | Eduardo Iñiguez Ortiz - Raúl Feijoó Cambiaso |
Cargo | Alumno del décimo primer ciclo de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Ex Director de la Comisión de Publicaciones y miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THEMIS - Alumno del décimo primer ciclo de la Facultad de Derecho de la PUCP. Con estudios en justicia constitucional y tutela de los... |
Páginas | 167-182 |
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* Una versión preliminar de este artículo fue preparada para el curso “Análisis sicológico del derecho”, de la Facultad de
Derecho de la Universidad del Pacíco, a cargo de los profesores José María de la Jara Plaza y Mario Drago Alfaro. A
ellos les agradecemos por su apoyo en la investigación y sus amables comentarios para esta versión nal.
** Alumno del décimo primer ciclo de la Facultad de Derecho de la Ponticia Universidad Católica del Perú (PUCP). Ex
Director de la Comisión de Publicaciones y miembro del Consejo Directivo de la Asociación Civil THĒMIS. Blogger en el
Portal de Actualidad Jurídica “Enfoque Derecho” con el blog “Litigantes ¿racionales?”. Practicante del área de Litigio y
Arbitraje de Bullard Falla Ezcurra +.
*** Alumno del décimo primer ciclo de la Facultad de Derecho de la PUCP. Con estudios en justicia constitucional y tutela de
los derechos fundamentales en la Universidad de Pisa, Italia. Ex Director Ejecutivo de la Asociación Civil Ius et Veritas.
Asistente de docencia en la Facultad de Derecho de la PUCP. Practicante del Tribunal Constitucional.
Nota del Editor: El presente artículo fue recibido por el Consejo Editorial de THĒMIS-Revista de Derecho el día 29 de
enero de 2017, y aceptado el 06 de agosto de 2017.
EL PODER OCULTO DE LA PRUEBA ILÍCITA:
UNA APROXIMACIÓN PSICOLÓGICA*
THE HIDDEN POWER OF ILLICIT PROOF: A PSYCHOLOGICAL APPROACH
Eduardo Iñiguez Orz**
Poncia Universidad Católica del Perú
Ex miembro del Consejo Direcvo de THĒMIS
Raúl Feijoó Cambiaso***
Poncia Universidad Católica del Perú
mento de decidir, pese a estar obligados legalmen
propose some mechanisms that could be used,
10.18800/themis.201701.011
THEMIS 71 | Revista de Derecho
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EL PODER OCULTO DE LA PRUEBA ILÍCITA: UNA APROXIMACIÓN PSICOLÓGICA
adopted an opinion draws all things else to
Sir Francis Bacon
I. INTRODUCCIÓN
En la actualidad, ya no es posible creer que los
operadores jurídicos –y entre ellos, por excelencia,
el juez– toman decisiones como si fuesen robots
o máquinas, sin inuencia alguna de factores in-
ternos (creencias, emociones, sesgos) o externos
(opinión pública, sociales, económicos). Muy por
el contrario, las actuales invesgaciones, en primer
lugar internacionales1, pero ya inclusive naciona-
les2, demuestran día a día que en la toma de deci-
siones judiciales (o de cualquier decisión jurídica)
inuyen factores psicológicos que no pueden ser
desconocidos.
A lo largo de este trabajo, nuestro propósito es
observar uno de los factores que inuyen en di-
cha toma de decisiones judiciales. Nos referimos,
especícamente, al proceso de exclusión de la
prueba que debe hacerse cuando esta es “ilícita”.
Nuestro ordenamiento le brinda la calicación de
“prueba ilícita”, estableciendo que no pueda ser
valorada por el juez en su decisión nal. Ello, claro,
en teoría.
En la prácca, y como demostraremos a lo largo de
este breve (pero esperamos, frucfero) trabajo, no
es así. Consideremos lo siguiente: el juez ene que
ver la prueba para solo recién poder considerar-
la ilícita. Al hacerlo, no puede simplemente hacer
(como la ley le dice que haga) como si ésta nunca
hubiese exisdo: si bien no es parte del proceso, y
no puede ser valorada, consideramos que la mis-
ma ha “contaminado” a parr de ese momento
su futura decisión. He allí el “poder oculto” de la
prueba ilícita.
Ahora bien, una hipótesis como la presentada solo
puede ser abordada haciendo un amplio estudio,
tanto teórico como prácco, del tema. Es muy fácil
realizar una armación como la precedente, pero
no lo es tanto demostrar que ello es así. Nuestro
propósito es que ello no quede en una mera ar-
mación, sino que verdaderamente pueda servir
para observar este fenómeno en la realidad. Al
hacerlo, no solo destacamos un factor psicológico
siempre presente, sino que denunciamos un he-
cho que no puede ser inobservado: si nuestro sis-
tema busca excluir l os efectos de una prueba por
ser ilícita, claramente no lo está consiguiendo.
Para ello, enfocaremos el presente trabajo como
sigue. En primer lugar, expondremos unas breves
consideraciones sobre la “prueba ilícita”, desde
fundamentos teóricos a su regulación en nuestro
país. A connuación, observaremos un factor psi-
cológico que puede servirnos para entender las ra-
zones por las que se produce esta inuencia en la
decisión del juez, llamado “razonamiento mova-
do”. En base a este factor, hemos realizado un ex-
perimento que puede darnos luces sobre los efec-
tos de la prueba ilícita en la toma de decisiones. En
la úlma parte del trabajo, expondremos algunos
mecanismos que pueden ser empleados, tanto por
los ligantes como por los sistemas judiciales, para
migar el poder oculto de la prueba ilícita.
II. ALGUNAS CONSIDERACIONES SOBRE LA
PRUEBA ILÍCITA
A. El concepto de prueba ilícita
En nuestros días, la teoría de la prueba ilícita es
considerada una de las materias más complejas
desde la ópca de la dogmáca procesal. Ello parte
desde su terminología, la cual dista de ser unifor-
me y donde en muchos casos se usa de manera
indisnta los términos prueba prohibida, ilegal,
ilegalmente obtenida, ilícita, etc. A ello se añade
que en muchos países las divergencias terminoló-
gicas llegan a crear divergencias conceptuales3. En
ese sendo, coincidimos con el profesor Reynaldo
Bustamante, quien considera que “uno de los pro-
blemas que se enfrenta al estudiarla consiste en
que la doctrina no es unánime en su concepto”4.
Una primera aproximación a nuestro concepto de
prueba ilícita puede encontrarse en la denición
esbozada la profesora Ada Pellegrini, quien la ha
1 Ver: WISTRICH, Andrew J., RACHLINSKI, Jeffrey J. y Chris GUTHRIE. “Heart Versus Head: Do Judges Follow the Law
of Follow Their Feelings?”. En: Texas Law Review 93. 2015.
2 Ver: BULLARD, Alfredo. “Cortando la manzana: psicología, neurociencia y técnicas de persuasión en los litigios”. En:
BULLARD, Alfredo (editor). “Litigio arbitral. El arbitraje desde otra perspectiva”. Lima: Palestra Editores. 2016.
Sobre lo mismo, pero en arbitraje: BULLARD, Alfredo. “El árbitro es un animal (racional). Apuntes sobre psicología,
neurociencia y arbitraje”. En: CASTILLO FREYRE, Mario (editor). “Panorama Actual del Arbitraje 2015”. Lima: Thomson
Reuters THĒMIS. 2015.
3 MIRANDA ESTRAMPES, Manuel. “La prueba ilícita: la regla de exclusión probatoria y sus excepciones”. En: Revista
Catalana de Seguretat Pública 22. 2010.
4 BUSTAMANTE, Reynaldo. El problema de la “prueba ilícita”: un caso de conicto de derechos. Una perspectiva
constitucional procesal. En: THĒMIS-Revista de Derecho 43. 2001.
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