RESOLUCION MINISTERIAL N° 0453-2012-AG - Modifican los Términos de Referencia para la formulación del Plan de Manejo Forestal (PMF) de la especie forestal no maderable Caesalpinia spinosa ('tara') aprobados mediante Res. N° 301-2006-INRENA

Fecha de disposición02 Diciembre 2012
Fecha de publicación02 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, domingo 2 de diciembre de 2012
479839
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.M. N° 0450-2012-AG.- Aprueban “Calendario de Caza
Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados
Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda,
Chilopoda y Gastropoda, para el período 2012-2013”
479840
R.M. N° 0453-2012-AG.- Modif‌i can los Términos de
Referencia para la formulación del Plan de Manejo
Forestal (PMF) no maderable Caesalpinia spinosa (“tara”)
aprobado mediante Res. N° 301-2006-INRENA 479843
R.M. N° 0454-2012-AG.- Designan Director General de
Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio 479852
R.M. N° 0456-2012-AG.- Otorgan Condecoración
“Medalla Ministerio de Agricultura” a la Revista Agraria del
Centro Peruano de Estudios Sociales - CEPES 479852
COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
R.M. N° 381-2012-MIONCETUR/DM.- Declaran al Caballo
Peruano de Paso como Producto Bandera 479852
R.M. N° 382-2012-MINCETUR/DM.- Eliminan
procedimiento Nº 2 del TUPA de PROMPERÚ aprobado
por D.S.Nº 012-2010-MINCETUR 479853
CULTURA
R.M. N° 439-2012-MC.- Designan Director Ejecutivo de
la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial Naylamp -
Lambayeque y Responsable de la Unidad Ejecutora 005:
Naylamp - Lambayeque del Pliego 003 - Ministerio de
Cultura 479853
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
R.M. N° 225-2012-MIDIS.- Modif‌i can el calendario del
“Concurso de recetas de la Dieta Andina” 479854
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 238-2012-EF.- Aprueban nueva escala
remunerativa de la Defensoría del Pueblo 479854
EDUCACION
R.M. N° 0466-2012-ED.- Modif‌i can la R.M. N° 0434-2012-
ED en lo referente al proceso de reasignación de personal
para el año 2013 479855
INTERIOR
R.M. N° 1244-2012-IN.- Encargan funciones de Directora
de Procesos de Personal y Remuneraciones de la
Dirección General de Gestión de Recursos Humanos del
Ministerio 479856
PRODUCE
R.M. N° 1297-2012-PRODUCE/SG.- Autorizan al IMARPE
la ejecución de la Operación Merluza XVIII 479856
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.D. N° 343-2012-MTC/12.- Otorgan permiso de operación
de aviación general: servicio privado a la Compañía Total
Genius Iron Mining S.A.C. 479858
R.D. N° 3727-2012-MTC/15.- Autorizan a Escuela de
Conductores La Suiza Peruana SAC para impartir cursos
de capacitación a aspirantes de obtener la Licencia de
Conducir 479859
R.D. N° 3935-2012-MTC/15.- Autorizan a la Escuela
de Conductores Integrales Todas las Sangres S.A.C.
para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
479860
R.D. N° 4199-2012-MTC/15.- Autorizan a Sol Car SAC
para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
479863
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Res. N° 146-2012/SBN-DGPE-SDAPE.- Disponen
primera inscripción de dominio a favor del Estado de
terreno ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y
departamento de Lima 479864
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE
LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION
DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Res. N° 108-2012/CNB-INDECOPI.- Aprueban 17
Normas Técnicas Peruanas en su versión 2012 de dibujo
técnico y dejan sin efecto 17 NTP 479865
Sumario
Año XXIX - Nº 12280
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 2 de diciembre de 2012
479840
Res. N° 113-2012/CNB-INDECOPI.- Aprueban 13
Normas Técnicas Peruanas en su versión 2012, de
diversos Comités Técnicos de Normalización y dejan sin
efecto 13 NTP 479866
ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS
CONTRATACIONES DEL ESTADO
Res. N° 374-2012-OSCE/PRE.- Modif‌i can la Directiva N°
018-2012-OSCE/CD 479868
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ASEGURAMIENTO EN SALUD
Res. N° 114-2012-SUNASA/S.- Designan Asesora del
Superintendente de la SUNASA 479869
ORGANOS AUTONOMOS
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Res. N° 084-2012-BCRP.- Autorizan misión en el exterior
del Presidente del BCR para participar en evento a llevarse
a cabo en Chile 479869
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
R.D. N° 182-2012-ENSABAP.- Aprueban la actualización
del MOF Institucional de la Escuela Nacional Superior
Autónoma de Bellas Artes del Perú 479870
Res. N° 1507.- Aprueban el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) del Instituto Nacional de Investigación
y Capacitación de Telecomunicaciones de la Universidad
Nacional de Ingeniería - INICTEL-UNI. 479871
Res. N° 1843.- Autorizan viaje de investigadores del
“Proyecto Chasqui I” y de traductora a Rusia para realizar
pruebas de prototipo 479872
Res. N° 1877.- Aceptan donación dineraria a favor de la
Universidad Nacional de Ingeniería 479872
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
Ordenanza N° 15-2012-CR/GRM.- Aprueban el Plan de
Competitividad Moquegua 2012-2021 479873
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza N° 368-MDC.- Modif‌i can la Ordenanza N°
347-MDC sobre Regularización de Edif‌i caciones, Licencia
de Edif‌i cación, Conformidad de Obra y Declaratoria de
Edif‌i cación y Levantamiento de Cargas 479874
MUNICIPALIDAD
DE EL AGUSTINO
Ordenanza N° 526-MDEA.- Aprueban el Arancel de
Costas y Gastos Procesales de los Procedimientos de
Ejecución Coactiva de la Municipalidad 479876
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Res. N° 1004-2012-RASS.- Declaran habilitación urbana
de of‌i cio de terreno como Urbanización San Francisco de
Asís 479876
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Ordenanza N° 260-2012-MVES.- Promueven el uso de
la bicicleta como medio alternativo de transporte en el
distrito 479878
Ordenanza N° 262-2012-MVES.- Disponen la apertura
temporal de la inscripción y registro para la prestación
del Servicio Público Especial de Pasajeros en Vehículos
Menores Motorizados 479879
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Acuerdo N° 149-2012.- Ratif‌i can la Ordenanza N° 001-
2012-MDLP que establece los montos de Derecho de
Emisión por Tributos Municipales correspondientes al
Ejercicio 2012 479881
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Ordenanza N° 015-2012-MDLP.- Prorrogan vigencia de
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Aprueban “Calendario de Caza
Comercial de Especies No Amenazadas
de Invertebrados Terrestres de las
Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda,
Chilopoda y Gastropoda, para el periodo
2012-2013”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0450-2012-AG
Lima, 30 de noviembre de 2012
VISTO:
Los Memoranda Nros. 2720 y 2903-2012-AG-
DGFFS (DGEFFS), sus fechas 25 de octubre y 09 de
noviembre de 2012, respectivamente, emitidos por la
Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del
Ministerio de Agricultura, a través de los cuales se
concluye en recomendar la aprobación del Calendario
de Caza Comercial de Especies No Amenazadas
de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta,
Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el
periodo 2012-2013; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral 3.3 del artículo
el Ministerio de Agricultura es el órgano normativo y
promotor del uso sostenible y conservación de los recursos
forestales y de fauna silvestre;
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 2 de diciembre de 2012 479841
Que, el artículo 21 de la acotada Ley, establece las
modalidades de manejo y aprovechamiento de la fauna
silvestre, indicándose que los calendarios de caza
que regulan el aprovechamiento de la fauna silvestre a
través de la caza deportiva o comercial, se aprueban por
resolución ministerial del Ministerio de Agricultura;
Que, el artículo 164 del Reglamento de la Ley Forestal y
de Fauna Silvestre, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 014-2001-AG, en adelante el Reglamento, establece
que el derecho de aprovechamiento de los recursos de
fauna silvestre bajo cualesquiera de las modalidades
establecidas en la Ley, es establecido por el INRENA, por
especie y por modalidad de aprovechamiento;
Que, el artículo 165 del Reglamento, mencionado en
el considerando precedente, establece que el INRENA
f‌i ja mediante Resolución Jefatural los derechos de
aprovechamiento de fauna silvestre tomando como
base, entre otros criterios, el costo de las evaluaciones
poblacionales y control de vigilancia, la categoría de
amenaza de la especie, el valor en el mercado de la
especie; y, la modalidad de aprovechamiento; y en el
artículo 234 señala que la caza comercial se autoriza a
través de calendarios de caza en forma anual;
Que, asimismo el Reglamento en el artículo 235,
establece, entre otra, que para la práctica de la caza
comercial, se requiere de una Autorización de Caza, la
cual otorga al cazador el derecho de obtener uno o más
especímenes, previo pago del derecho correspondiente,
y en el artículo 239, establece que los requisitos para la
práctica de la caza y/o captura con f‌i nes comerciales,
requiere de: a) Licencia de cazador comercial otorgada
por el INRENA o por quien quede facultado por delegación
expresa de esta; b) Autorización de caza y/o captura
comercial (Categoría 8) otorgada por el INRENA; y, c)
Pago de los derechos correspondientes;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo N° 030-2008-AG, el Instituto Nacional de
Recursos Naturales – INRENA, fue fusionado en el
Ministerio de Agricultura, siendo este último el ente
absorbente, y mediante el Decreto Supremo Nº 031-2008-
AG se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones
del mencionado Ministerio;
Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29376, precisa que, las
funciones otorgadas por la Ley N° 27308, Ley Forestal
y de Fauna Silvestre, al que fue el Instituto Nacional
de Recursos Naturales (INRENA), son ejercidas por el
Ministerio de Agricultura o los gobiernos regionales dentro
del marco de sus competencias;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 010-2009-
AG, establece que la Dirección General Forestal y de
Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, ejercerá las
funciones rectoras, en representación del Ministerio, en
materia forestal y de fauna silvestre;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0330-2009-
AG de fecha 20 de abril de 2009, se aprobó el “Calendario
de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de
Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arácnida,
Diplopoda, Chilopoda y Gasterópoda, para el periodo
2009-2010”, fuera de las Áreas Naturales Protegidas por
el Estado, en el que se establecieron las clases, órdenes,
especies, ámbitos geográf‌i cos para la expedición de la
autorización correspondiente, épocas de caza o captura,
así como los montos del derecho de aprovechamiento,
según el caso, por ejemplar, y solo adultos de 04
coleópteros;
Que, el Informe N° 2330-2012-AG-DGFFS-DGEFFS,
de fecha 10 de julio de 2012, elaborado por la Dirección
General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de
Agricultura, señala las consideraciones técnicas para el
establecimiento de las especies, ámbitos geográf‌i cos,
actualización del pago por derecho de aprovechamiento por
ejemplar cazado o capturado de las especies del Phylum
Arthropoda: Clase Insecta (“insectos”, “coleópteros”, etc.),
Clase Arachnida (“arañas”, “escorpiones”, etc.), Clase
Diplopoda (“milpiés”), Clase Chilopoda (“ciempiés”), y
Phyllum Mollusca: Clase Gastropoda (“caracoles de
tierra”), precisando que las mismas no se encuentran
amenazadas según la legislación vigente, y la actividad
comercial de caza o captura y comercialización de las
mismas no afectan su supervivencia, agregando al
referido Informe que el derecho de aprovechamiento por
espécimen, en el caso de Helix aspersa, se efectuará por
kilogramo;
Que, como consecuencia de lo evaluado, el mencionado
Informe, recomienda la aprobación del “Calendario
de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de
Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida,
Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el periodo
2012”; con vigencia de un (01) año calendario contado
a partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 997, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Agricultura y su Reglamento de Organización y
Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-
2001-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Calendario de Caza
Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados
Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda,
Chilopoda y Gastropoda, para el periodo 2012-2013”,
fuera de las Áreas Naturales Protegidas por el Estado,
conforme al Anexo Nº 1 que forma parte de la presente
Resolución, mediante el cual se establecen las especies,
épocas de caza o captura con f‌i nes comerciales y el
monto del derecho de aprovechamiento; el mismo que
tendrá vigencia de un (01) año calendario, contado a
partir del día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Artículo 2.- Las autorizaciones de caza o captura con
f‌i nes comerciales de las especies incluidas en el Calendario
de Caza Comercial de Especies No Amenazadas
de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta,
Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el
periodo 2012-2013, se otorgarán mediante Resolución
emitida por las Administraciones Técnicas Forestales y
de Fauna Silvestre o los Gobiernos Regionales mediante
sus of‌i cinas encargadas en materia forestal y de fauna
silvestre, en el ámbito de su competencia, indicando el
nombre científ‌i co, nombre común, cantidad, localidad,
distrito, provincia, departamento y pago por el derecho de
aprovechamiento.
Artículo 3.- Los especímenes terrestres cazados o
capturados deberán ser transportados necesariamente
portando la Guía de Transporte de Fauna Silvestre,
emitida por las Administraciones Técnicas Forestales y de
Fauna Silvestre o por los Gobiernos Regionales, según
sea el caso, de la jurisdicción donde se realice la caza o
captura, la que debe contener el número de Resolución
que autoriza la caza o captura.
Artículo 4.- Encargar a las Administraciones
Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre y Gobiernos
Regionales, mediante sus of‌i cinas encargadas
en materia forestal y de fauna silvestre, el control
y supervisión de la caza o captura, transporte,
transformación, comercialización, acopio y depósito de
los especímenes de fauna silvestre autorizados en el
Calendario de Caza Comercial de Especies de Fauna
Silvestre No Amenazadas de Invertebrados Terrestres
de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda
y Gastropoda para el periodo 2012-2013, en el ámbito
de sus competencias y funciones.
Artículo 5.- El pago por derecho de aprovechamiento
por ejemplar de fauna silvestre de las especies incluidas
en el Calendario de Caza Comercial de Especies de
Fauna Silvestre No Amenazadas de Invertebrados
Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda
y Chilopoda para el periodo 2012-2013, deberá ser
efectuado en el Banco de la Nación en la Cuenta
Corriente Nº 00000877638, en moneda nacional, a
nombre del Ministerio de Agricultura, en los casos que
se realice en la jurisdicción de la Administración Técnica
Forestal y de Fauna Silvestre.
En el caso de los Gobiernos Regionales donde se ha
concluido el proceso de transferencia de funciones en
materia forestal y de fauna silvestre, estos deberán indicar
la cuenta bancaria en la cual se tendrá que efectuar el
pago por derecho de aprovechamiento.
Dicho monto recaudado será utilizado para realizar
el monitoreo de las poblacionales de fauna silvestre
incluidas en el Anexo N° 1 de la presente Resolución,
que estarán a cargo de la Dirección General Forestal y de

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