Aprueban Planos Básicos Arancelarios que contienen valores de áreas urbanas de las provincias de Lima y Callao

Fecha de publicación28 Diciembre 1999
Fecha de disposición28 Diciembre 1999
Pág. 181992
NORMAS LEGALES
Lima, martes 28 de diciembre de 1999
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga dere-
cho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros,
cualesquiera fuesen su clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
16131
Amplían plazo de resguardo y seguri-
dad policial otorgado a ex funcionario
del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 171-99-TR
Lima, 23 de diciembre de 1999
VISTO: El Oficio Nº 2986-99-IN-0601; y el Informe Nº
160-99-TR/OAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio del Interior a través de la Dirección
General de Inteligencia ha emitido informe favorable,
ampliando el plazo de resguardo y seguridad policial
concedido al ex Ministro de Trabajo y Promoción Social,
señor Jorge González Izquierdo, de conformidad con lo
establecido en el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-
90-IN;
Con opinión favorable de la Oficina de Asesoría Jurí-
dica; y,
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 37º
del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecuti-
vo; y el inciso d) del Artículo 11º del Decreto Ley Nº
25927, Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Pro-
moción Social; Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 010-
90-IN; y, el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 07-95-
PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar la ampliación del plazo
de resguardo y seguridad policial al ex Ministro señor
Jorge González Izquierdo, hasta el 5 de julio del año 2000.
Artículo Segundo.- La Dirección General de Admi-
nistración, deberá llevar a cabo todas las acciones necesa-
rias para el cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FLORES POLO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
16077
M T C
Aprueban contrato de asesoría técni-
ca especializada a suscribirse con la
Asociación de Empresas de Teleco-
municaciones de la Comunidad Andi-
na - ASETA
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 490-99-MTC/15.03
Lima, 22 de diciembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, Perú forma parte de la Comunidad Andina por
haber suscrito el Acuerdo de Cartagena en 1969 - Acuerdo
de Integración Subregional suscrito por los países de
Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela - instru-
mento que fue materia de modificación mediante el Pro-
tocolo Modificatorio de fecha 10 de marzo de 1996;
Que, Perú es miembro del Comité Andino de Autori-
dades de Telecomunicaciones - CAATEL, el cual fue creado
mediante Resolución Nº VI-144 adoptada en la VI Reunión
de Ministros de Transportes, Comunicaciones y Obras
Públicas, realizada en noviembre de 1991, la misma que
fuera convocada por la Junta del Acuerdo de Cartagena;
Que, en la V Reunión Extraordinaria del Comité
Andino de Autoridades de Telecomunicaciones - CAA-
TEL, realizada en el mes de diciembre de 1997, se adoptó,
entre otras, la resolución CAATEL V-EX-40, mediante la
cual se reconoce a la Asociación de Empresas de Teleco-
municaciones de la Comunidad Andina - ASETA, como el
Organismo Consultivo Permanente del CAATEL y se
solicita a las administraciones nacionales de telecomuni-
caciones que suscriban contratos de asesoría técnica espe-
cializada con ASETA, que permitan iniciar los trabajos,
aportando igualitariamente por país la suma de US$ 50
000,00 (cincuenta mil dólares americanos) para financiar
las obligaciones adquiridas por ASETA;
Que, al suscribir el correspondiente contrato, Perú ob-
tendrá beneficios tales como recibir asesoría técnica especia-
lizada en las actividades relacionadas con su participación
como País Miembro del CAATEL, la cual consistirá en la
realización de estudios, formulación de proyectos y organi-
zación de cursos y seminarios. Asimismo recibirá apoyo
logístico, información especializada y facilidades telemáti-
cas que le permitan interacción con ASETA, las autoridades
y órganos reguladores de la Comunidad Andina;
Que, Perú ha asumido un compromiso de carácter
internacional, dentro de un marco en el que participa
como País Miembro de la Comunidad Andina y del Comité
Andino de Autoridades de Telecomunicaciones;
Que, estando a lo expuesto, resulta necesario dictar el
acto administrativo que apruebe la suscripción del Con-
trato de Asesoría Técnica Especializada entre el Ministe-
rio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons-
trucción del Perú y la Asociación de Empresas de Teleco-
municaciones de la Comunidad Andina - ASETA;
De conformidad con la Ley Orgánica del Sector Trans-
portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, Decre-
to Ley Nº 25862;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Contrato de Asesoría Técnica
Especializada a suscribirse entre el Ministerio de Trans-
portes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y la
Asociación de Empresas de Telecomunicaciones de la
Comunidad Andina - ASETA, el cual forma parte de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Autorizar a la Viceministra de Comuni-
caciones para que en representación del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción,
suscriba el Contrato de Asesoría Técnica Especializada a
que se refiere el artículo precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
16076
Aprueban Planos Básicos Arancela-
rios que contienen valores de áreas
urbanas de las provincias de Lima y
Callao
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 491-99-MTC/15.04
Lima, 27 de diciembre de 1999

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