1574 500 - Modifican Plano de Zonificación General de los Usos del Suelo a mediano plazo, correspondiente al distrito de Lurín, para instalación de Planta de Distribución de Gas Natural

Fecha de disposición07 Mayo 2003
Fecha de publicación07 Mayo 2003
Pág. 243696
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 7 de mayo de 2003
guardar relación entre si, recomendando finalmente un
estudio de Impacto Urbano e Impacto Ambiental;
Que, de acuerdo al Informe de Opinión Nº 027-2002-
MML-IMP-ST de fecha 11 de setiembre de 2002 el Insti-
tuto Metropolitano de Planificación, opina por la proce-
dencia del cambio de zonificación de Usos Especiales -
OU a Comercio Sectorial C-3 del terreno materia de eva-
luación y recomienda que los interesados efectúen un
Estudio de Impacto de Transporte, teniendo en cuenta
su ubicación y cercanía a la Av. Sánchez Carrión, Av.
Salaverry y Av. Gregorio Escobedo, las cuales forman
parte del Sistema Vial Metropolitano, debiéndose consi-
derar en el Proyecto de Habilitación Urbana el desarrollo
de paraderos públicos y estacionamiento temporal de
taxis;
De conformidad con lo opinado por la Comisión de
Desarrollo Urbano y Nomenclatura mediante Dictamen
Nº 024-2003-MML-CDU del 25 de marzo de 2003;
Aprobó la siguiente:
ORDENANZA
MODIFICATORIA DEL PLANO DE
ZONIFICACIÓN GENERAL DE LOS USOS
DEL SUELO DE LIMA METROPOLITANA
A MEDIANO PLAZO, CORRESPONDIENTE AL
DISTRITO DE JESÚS MARÍA
Artículo Primero.- Modificar el Plano de Zonifica-
ción General de los Usos del Suelo de Lima Metropolita-
na a Mediano Plazo correspondiente al distrito de Jesús
María de Usos Especiales - OU a Comercio Sectorial C-
3, del terreno de 29,159.04 m2, ubicado en la cuadra 24
de la Av. Salaverry intersección con la Av. Punta del
Este, distrito de Jesús María, provincia y departamento
de Lima, para la localización de un área comercial y de
servicios sobre el eje vial en la Av. Salaverry y sobre el
cual existen construcciones con una antigüedad de 65
años las cuales formaron parte del antiguo Hipódromo
de San Felipe.
Artículo Segundo.- Recomendar que en el Proceso
de Habilitación Urbana correspondiente, se exija el es-
tricto cumplimiento de la sección vial de doble sentido de
la Av. Punta del Este.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los veinticinco días del mes de abril de dos
mil tres.
MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ
Teniente Alcalde de la
Municipalidad Metropolitana de Lima
Encargado de la Alcaldía
08437
Modifican Plano de Zonificación Gene-
ral de los Usos del Suelo a mediano
plazo, correspondiente al distrito de
Lurín, para instalación de Planta de
Distribución de Gas Natural
ORDENANZA Nº 500
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO
DE LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDÍA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA;
Visto en Sesión Ordinaria de fecha 24 de abril de
2003, el Documento Simple Nº 23375-03 seguido por el
Inmobiliaria Almonte S.A. y Transportadora de Gas del
Perú S.A., quien solicita la Asignación de Zonificación
Específica de un terreno de 97,222.66 m2 que forma
parte de un área mayor de 434,794.12 m2 de propiedad
de Inmobiliaria Almonte S.A., ubicado en la Av. Industrial
s/n, altura del Km. 40 de la Panamericana Sur (Puente
Arica), dentro de los terrenos rústicos identificados como
Sección 5B4, Sección 5B5, Sección 5B6 y Sección 5B7
del terreno denominado Predio Almonte, distrito de Lu-
rín, provincia y departamento de Lima, para la instala-
ción de una Planta de Distribución de Gas Natural (Puer-
ta de Ciudad); y,
CONSIDERANDO:
Que, es competencia de la Municipalidad Metropolitana
de Lima planificar el desarrollo urbano y rural de su cir-
cunscripción, incluyendo la zonificación, urbanismo y el
acondicionamiento territorial, de conformidad con el Artí-
culo 195º inciso 6) de la Constitución Política del Perú,
modificada por la Ley Nº 27680 de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV ; concordado con el Artículo
11º inciso 1) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº
23853, que establece que las Municipalidades Provin-
ciales son competentes para regular o pronunciarse sobre
Zonificación y Urbanismo;
Que, en ejercicio de su competencia constitucio-
nal en materia de Planificación Urbana, la Municipali-
dad Metropolitana de Lima aprobó la Ordenanza Nº
134-MML del 19 de diciembre de 1997, "Reglamenta-
ria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonifica-
ción General de Lima Metropolitana", que tiene por
finalidad normar el proceso de evaluación y reajuste
del Plano de Zonificación General de Usos del Suelo
de Lima Metropolitana;
Que, el distrito de Lurín está comprendido dentro del
ámbito territorial de la provincia de Lima; consecuente-
mente, es de aplicación la ordenanza antes señalada, la
misma que refiere en su Artículo 13º sobre el procedi-
miento y aprobación para el reajuste de la Zonificación
determinando las exigencias que deban cumplirse para
tal fin y; en su Artículo 12º sobre la revisión de dicho
reajuste en los casos que exista probado interés publico
o local;
Que, de acuerdo al Plano de Zonificación Generali-
zada de la Cuenca Baja del Río Lurín, aprobado con
Ordenanza Nº 310-MML del 12 de marzo de 2001, se
califica al terreno del recurso como Residencial de Den-
sidad Media - RDM;
Que, la referida norma, en su Artículo 30º, Capitulo V,
establece que las zonas residenciales son aquellas des-
tinadas a usos predominantes de viviendas y que admi-
ten como actividades compatibles, el comercio y los
servicios correspondientes a los requerimientos del vo-
lumen de población a servir;
Que, la Empresa Transportadora de Gas del Perú
S.A. es titular de la Concesión de Transporte de Gas
Natural de Camisea al lugar denominado "Puerta de Ciu-
dad" en Lima otorgado por Resolución Suprema Nº 101-
2000-EM;
Que, dicha empresa desea adquirir el terreno en
estudio de 97,222.66 m2 a la Inmobiliaria Almonte
S.A. con el objeto de que Transportadora de Gas del
Perú S.A. y Gas Natural de Lima y Callao S.R.L. pue-
dan ubicar en el lugar de estudio, la Planta de Distri-
bución de Gas Natural requiriéndose para ello, que
se le asigne la zonificación específica para el uso
antes mencionado;
Que, mediante Informe Nº 278-2003-MML-DMDU-
OPDM del 14 de abril de 2003, la Oficina del Plan de
Desarrollo Metropolitano de la Dirección Municipal de
Desarrollo Urbano, opina que debido a que en el Sistema
de Transporte y Distribución de Gas, existen instalacio-
nes denominadas Puerta de Ciudad donde se rebaja la
presión del gas a valores compatibles con las de distribu-
ción, de la misma manera como funcionan los Sistemas
de Transporte y Distribución para la Energía Eléctrica,
mediante instalaciones denominadas Subestaciones
Eléctricas, esta actividad debería ser calificada como un
Servicio Público;
Que, el Instituto Metropolitano de Planificación, me-
diante Oficio Nº 385-2003-MML-IMP del 21 de abril de
2003, remite el Informe de Opinión Nº 12-2003-MML-
IMP-DPT, mediante el cual concluye que el área dentro
del cual se ubica el terreno del recurso, para fines de
localizar el Puerta de Ciudad, debe ser calificado con el
Uso de Industria Liviana - I2, la misma que ratifica el

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR