El plan de reestructuración como instrumento de competencia en el mercado de empresas insolventes

AutorPaolo del Águila Ruiz de Somocurcio
CargoAbogado y candidato a magíster en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú
Páginas315-332
El plan de reestructuración como
instrumento de competencia en el mercado
de empresas insolventes
The restructuring plan as competency instrument in the
insolvent companies market
paolo del águila ruiz de somoCurCio*
Resumen: El plan de reestructuración es un instrumento que permite a las
empresas insolventes continuar en el mercado, bajo cánones de eficiencia y
de competencia; con ese fin, se instauran mecanismos integrales para tornar
a la empresa en crisis en una unidad de negocios competitiva, sobre la base
de los estándares que el mercado y los consumidores esperan de ella. El
presente artículo aborda cuatro aspectos esenciales para comprender al plan
de reestructuración como un verdadero instrumento de competencia en el
mercado de empresas insolvente: (i) su naturaleza oponible; (ii) el tratamiento
que brinda a las garantías constituidas por el deudor; (iii) las consecuencias del
incumplimiento del plan; y (iv) los alcances dados por el Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
(IndecopI) acerca de este instrumento concursal.
Palabras clave: reestructuración – insolvencia – competencia – IndecopI
Abstract: The restructuring plan is an instrument which, based on standards
of efficiency and competence, allows insolvent companies to continue
running in the market. Therefore, in order to turn a company in crisis into a
competitive unit of business, comprehensive mechanisms may be established
based on standards aimed by the market and consumers.This article addresses
four essential aspects in order to understand the restructuring plan as a real
instrument of competence in the market of insolvent companies: (i) its
opposable nature; (ii) the treatment given to guarantees provided by the
debtor; (iii) the consequences of the non observance of the plan; and (iv) the
scope of this bankruptcy instrument according to IndecopI (Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual).
Key words: restructuring – insolvency – competency – IndecopI
Contenido: i. introduCCión.– ii. la naturaleza oponiBle del plan
de reestruCturaCión.– iii.el tratamiento de las garantías en
el marCo del plan.– iv. eFeCtos del inCumplimiento del plan de
reestruCturaCión.– v. alCanCes del indeCopi Con relaCión al
plan de reestruCturaCión.–vi. a modo de ConClusión.
N° 74, 2015
pp. 315-332
* Abogado y candidato a magíster en Derecho por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Árbitro, consultor
y profesor universitario en la Pontificia Universidad Católica del Perú, la Universidad Peruana de Ciencias
Aplicadas y la Universidad del Pacífico (Perú). Correo electrónico: paolo@delaguilaconsultores.com
Paolo del Águila Ruiz de SomocuRcio
316
Derecho PUCP, N° 74, 2015 / ISSN 0251-3420
i. introduCCión
La crisis o insolvencia de una empresa no puede eximirla de un
comportamiento compatible con una economía de mercado, en la cual
los agentes económicos buscan alcanzar posiciones importantes en el
mercado al cual pertenecen, a través de la competencia y de la adopción
de decisiones eficientes. Si bien las empresas acogidas a procedimientos
concursales van a gozar de ciertos privilegios que no detentan aquéllas
que no están en dicho régimen, eso no implica desconocer las políticas
de competencia que orientan el quehacer económico, ni mucho menos
soslayar estrategias y acciones que conducen a un fortalecimiento de
la empresa concursada. En ese sentido, el plan de reestructuración no
es solamente un documento destinado a establecer las condiciones
y tiempos de pago de las acreencias adeudadas, sino que supone
una reorganización agresiva de la empresa, con miras a alcanzar la
competitividad de ella, a pesar de sus problemas de cesación de pagos.
Dicho esto, el presente artículo abordará cuatro aspectos que
consideramos vitales para comprender al plan de reestructuración como
un verdadero instrumento de competencia en el mercado de empresas
insolvente, a saber: (i) su naturaleza oponible; (ii) el tratamiento que
brinda a las garantías constituidas por el insolvente; (iii) las consecuencias
de su incumplimiento; y (iv) los alcances dados por el Instituto Nacional
de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual (IndecopI) a este fundamental instrumento concursal.
ii. la naturaleza oponiBle del plan de
reestruCturaCión
El numeral 1 del artículo 67 de la Ley General del Sistema Concursal (en
adelante, LGSC) dice lo siguiente: «El Plan de Reestructuración aprobado
por la Junta obliga al deudor y a todos sus acreedores comprendidos
en el procedimiento, aún cuando se hayan opuesto a los acuerdos, no
hayan asistido a la Junta por cualquier motivo o no hayan solicitado
oportunamente el reconocimiento de sus créditos». Este enunciado
destaca una característica esencial de este instrumento concursal: la
oponibilidad. En efecto, el campo de acción del plan de reestructuración
embarga al deudor y a todos sus acreedores concursales1, sin importar
el comportamiento que tuvieron en la formación del acuerdo. Por
1 Los acreedores concursales son aquéllos que mantienen créditos devengados hasta la fecha de
publicidad del acogimiento del deudor al procedimiento concursal, conforme lo dispone el artículo
15.1, concordado con el artículo 32 de la LGSC. Nótese que el criterio asumido por la LGSC para
considerar a un acreedor como concursal es la fecha de devengo u origen del crédito, mas no la
fecha de vencimiento del mismo. En tal sentido, un acreedor concursal es aquel cuya relación jurídica
con el deudor se celebró antes de la fecha de publicidad del concurso, a pesar de que el vencimiento
sea posterior a dicha «fecha de corte». Un acreedor post-concursal, por el contrario, es aquel cuya
acreencia se origina con posterioridad a la fecha en mención y al que, por lo tanto, no se aplican los
efectos del plan de reestructuración.

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