Autorizan a procuradora interponer acciones legales contra funcionarios que percibieron indebidamente compensaciones económicas e incentivos laborales

Fecha de publicación03 Marzo 2005
Fecha de disposición03 Marzo 2005
Pág. 288326
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 3 de marzo de 2005
Resolución Ministerial Nº 121-2005-JUS, publicada en la
edición del día 28 de febrero de 2005.
En la parte considerativa:
DICE:
"CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 065-2005-
JUS, de fecha 24 de febrero de 2005, ..."
DEBE DECIR:
"CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 065-2005-
JUS, de fecha 24 de febrero de 2005, ..."
En la parte resolutiva:
DICE:
"SE RESUELVE:
Artículo Único.- ... mediante Resolución Ministerial
Nº 058-2005-JUS."
DEBE DECIR:
"SE RESUELVE:
Artículo Único.- ... mediante Resolución Suprema Nº
065-2005-JUS."
04624
PRODUCE
Autorizan a procuradora interponer
acciones legales contra funcionarios
que percibieron indebidamente
compensaciones económicas e
incentivos laborales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 053-2005-PRODUCE
Lima, 25 de febrero del 2005
VISTO: El Informe Nº 001-2004-PRODUCE-CE emi-
tido por la Comisión Especial de Procesos Adminis-
trativos Disciplinarios designada mediante Resolución
Ministerial Nº 170-2004-PRODUCE; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Contraloría General de la República, median-
te Informe Nº 280-2003-CG/SP “Examen Especial al ex
Ministerio de Pesquería” recomienda adoptar acciones
administrativas contra los funcionarios y ex funcionarios
que tuvieran participación en los hechos observados,
como es el haber otorgado compensaciones económi-
cas e incentivos laborales a favor de funcionarios del
Ministerio de Pesquería que suscribieron contratos de
servicios con el Proyecto PER/97/044, entre otros as-
pectos;
Que, mediante documento de visto la Comisión
Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios,
luego de analizar los hechos imputados ha recomen-
dado se inicie las acciones judiciales destinadas a
recuperar los pagos indebidamente percibidos por
los funcionarios comprendidos en las observaciones
Nºs. 10,11,12 y 13 del Informe precedentemente ano-
tado;
Que, por las consideraciones antes expuestas re-
sulta pertinente autorizar a la Procuradora Pública a car-
go de los asuntos judiciales para que en uso de sus
atribuciones inicie las acciones judiciales que estime
necesarias con el propósito de recuperar las compensa-
ciones económicas y los incentivos laborales indebida-
mente percibidos;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, so-
bre representación y defensa del Estado en juicio; y en
uso de las atribuciones conferidas por el literal i) del
artículo 11º del Reglamento de Organización y Funcio-
nes, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2002-PRO-
DUCE y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Procuradora Públi-
ca a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de
la Producción, para que en representación y defensa
de los intereses del Estado, interponga acciones le-
gales correspondientes contra los funcionarios que
percibieron indebidamente las compensaciones eco-
nómicas y los incentivos laborales, a que se con-
traen las observaciones Nºs. 10, 11, 12 y 13 del In-
forme Nº 280-2003-CG/SP “Examen Especial al ex
Ministerio de Pesquería”, por los motivos expuestos
en la parte considerativa de la presente Resolución;
remitiéndosele los antecedentes administrativos del
caso.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA
Ministro de la Producción
04683
Disponen presentación de informes
ambientales a cargo de titulares de ac-
tividades industriales manufactureras
textil, fundición y cerámica y otras en
cuyos procesos utilicen plomo o com-
puestos de plomo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 055-2005-PRODUCE
Lima, 25 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada,
establece que las autoridades sectoriales competentes
para conocer sobre los asuntos relacionados con la apli-
cación de las disposiciones del Código del Medio Am-
biente y los Recursos Naturales son los Ministerios de
los Sectores correspondientes a las actividades que de-
sarrollen las empresas;
Que en el marco de lo establecido en el Decreto
Legislativo Nº 613 -Código del Medio Ambiente y los
Recursos Naturales y el Decreto Legislativo Nº 757 -
Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Priva-
da, el ex MITINCI, actualmente Ministerio de la Pro-
ducción, aprobó el Reglamento de Protección Ambien-
tal para el Desarrollo de Actividades de la Industria
Manufacturera mediante el Decreto Supremo Nº 019-
97-ITINCI;
Que el artículo 27º del Reglamento de Protección
Ambiental para el Desarrollo de Actividades de la Indus-
tria Manufacturera, aprobado por Decreto Supremo Nº
019-97-ITINCI establece que el titular de las actividades
de la industria manufacturera presentará un Informe Am-
biental, en los plazos y en el formato que establezca el
Ministerio de la Producción mediante Resolución Minis-
terial, con el objeto de describir las operaciones que
involucren emisiones o vertimientos de residuos al am-
biente;
Que por Resolución Ministerial Nº 108-99-ITINCI/DM
se aprobó el formato de Informe Ambiental a fin de faci-

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