DECRETO SUPREMO N° 266-2009-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de dos empresas públicas de distribución eléctrica en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009

Fecha de disposición27 Noviembre 2009
Fecha de publicación27 Noviembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 27 de noviembre de 2009
406734
Conferencias de planeamiento del mencionado desplazamiento
operacional con Of‌i ciales de la Marina de Guerra del Perú;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar
extranjero sin armas de guerra para realizar actividades
relacionadas a las medidas de fomento de la conf‌i anza,
actividades de asistencia cívica, de planeamiento de
futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o
entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas
o para realizar visitas de coordinación o protocolares con
autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado
por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial,
con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en
un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la
resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial
de autorización debe especif‌i car los motivos, la relación del
personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo
de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que
corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de
Relaciones Exteriores”; y,
Con la opinión favorable de la Marina de Guerra del
Perú y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº
28899;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República, a los siguientes Of‌i ciales de la Marina de los
Estados Unidos de América, sin armas de guerra, para
participar en reuniones of‌i ciales respecto a la Conferencia
de Planeamiento del Despliegue Submarino 2010 con
Of‌i ciales de la Marina de Guerra del Perú, del 29 de
noviembre al 05 de diciembre de 2009:
1. CAPITÁN DE NAVÍO USN EMIL CASCIANO
2. CAPITÁN DE FRAGATA USN JOHN DONEY
3. CAPITÁN DE CORBETA USN JOSEPH BUCZKOWSKI
4. CAPITÁN DE CORBETA USN STEPHEN WHEAR
Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del
Consejo de Ministros la presente resolución, a f‌i n que dé
cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se
contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modif‌i cado por
Ley Nº 28899.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL REY REY
Ministro de Defensa
428125-3
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor de dos empresas públicas de
distribución eléctrica en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal
2009
DECRETO SUPREMO
Nº 266-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2007-EM de
fecha 05 de mayo de 2007, se crea la Dirección General de
Electrif‌i cación Rural – DGER como órgano dependiente del
Despacho del Viceministro de Energía, asimismo, se aprueba
la fusión del Proyecto “Mejoramiento de la Electrif‌i cación Rural
mediante la Aplicación de Fondos Concursables” – Proyecto
FONER y de la Dirección Ejecutiva de Proyectos – DEP,
correspondiéndole a la DGER la calidad de órgano absorbente,
la misma que ha entrado en funciones el 1 de enero de 2008;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 079-2009-MEM/
DM del 06 de febrero de 2009, se autorizó la incorporación
de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional
del Pliego 016 – Ministerio de Energía y Minas para el Año
Fiscal 2009, hasta por la suma de CIEN MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 000 000,00), destinados
a la ejecución de obras de electrif‌i cación rural en el marco
del Decreto Legislativo Nº 1001 – Decreto Legislativo que
regula la inversión en Sistemas Eléctricos Rurales (SER)
ubicados en Zonas de Concesión;
Que, mediante el artículo 2º del Decreto de Urgencia
Nº 056-2009, se suspendió hasta el 31 de diciembre de 2011,
la aplicación de los artículos 1º y 2º del Decreto Legislativo
1001, autorizándose al Ministerio de Energía y Minas
para que, excepcionalmente, durante el período 2009-
2011 ejecute y/o f‌i nancie obras de electrif‌i cación dentro de
las zonas de concesión de las empresas de distribución
eléctrica en los casos en que no se haya cumplido con la
obligación a que se ref‌i ere el literal a) del artículo 34º del
Que, la citada norma legal en su artículo 1º estableció
que para la ejecución y/o f‌i nanciamiento de tales obras
de electrif‌i cación, en el período 2009-2011, el Pliego 016
- Ministerio de Energía y Minas podrá destinar un monto
total de hasta CIEN MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 100 000 000, 00), con cargo a los recursos transferidos por
el Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Energía y
Minería – OSINERGMIN al Ministerio de Energía y Minas en
virtud al artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1001;
Que, la Quinta Disposición Final de la Ley Nº 29289
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2009, modif‌i cada por el artículo 6º del Decreto de
Urgencia Nº 035-2009 del 13 de marzo de 2009, establece
de manera excepcional que en el caso que el proyecto
de inversión sea ejecutado por Empresas Públicas, los
recursos asignados en los presupuestos institucionales
de los Pliegos del Gobierno Nacional son transferidos
f‌i nancieramente, mediante Decreto Supremo en cualquier
Fuente de Financiamiento, previa suscripción de convenio;
Que, de acuerdo al artículo 2º del Decreto de Urgencia
102-2009, se establece hasta el 30 de noviembre de
2009, el plazo de autorización para las transferencias de
recursos que efectúen los Pliegos del Gobierno Nacional,
en el marco de lo dispuesto por la Quinta Disposición Final
de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2009, modif‌i cada por el artículo 6º del
Decreto de Urgencia Nº 035-2009, para el f‌i nanciamiento
de proyectos de inversión a cargo de los Gobiernos
Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, en
la parte correspondiente a las metas presupuestarias a
ser ejecutadas hasta el 31 de diciembre de 2009 por las
entidades receptoras de las transferencias de recursos;
Que, el Ministerio de Energía y Minas ha suscrito convenios
con las empresas de distribución eléctrica de propiedad estatal
Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de
Puno S.A.A. – ELECTRO PUNO S.A.A. y Sociedad Eléctrica
del Sur Oeste S.A. – SEAL S.A., para la ejecución de tres (03)
proyectos de electrif‌i cación rural en sus zonas de concesión,
en cumplimiento a las disposiciones del Decreto Legislativo
Nº 1001 y de los Decretos de Urgencia Nº 035-2009, Nº 056-
2009 y Nº 102-2009;
Que, en atención a lo expuesto y de conformidad
a lo establecido en la Quinta Disposición Final de la
Ley Nº 29289, modif‌i cada mediante los Decretos de
Urgencia Nº 035-2009 y Nº 102-2009, se autorizarán las
Transferencias Financieras del Pliego 016 – Ministerio de
Energía y Minas a las Empresas Públicas de Distribución
Eléctrica antes señaladas, correspondientes al presente
Año Fiscal;
Que, a través del Informe Nº 112-2009-MEM-OGP/PRES
de la Of‌i cina de Presupuesto, y en conformidad de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio
de Energía y Minas, se opina favorablemente sobre la
disponibilidad presupuestaria de la Unidad Ejecutora 005-
Dirección General de Electrif‌i cación Rural en la Fuente de
Financiamiento Donaciones y Transferencias para atender los
recursos a las Empresas Públicas; señalando que mediante
Memorándum Nº 678-09-MEM/DGER del 21 de octubre del
2009, la referida Unidad Ejecutora ha solicitado se aprueben las
Transferencias Financieras para las Empresas de Distribución
Eléctrica de propiedad estatal por la suma de Siete Millones
Tres Mil Trescientos Ochenta y Tres y 00/100 Nuevos Soles
(S/. 7 003 383,00), para la ejecución de tres (03) proyectos
de inversión, por la Fuente de Financiamiento Donaciones y
Transferencias, en el marco del Decreto Legislativo Nº 1001 y
Decreto de Urgencia Nº 056-2009;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411 – Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley Nº 29289
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2009, modif‌i cada por los Decretos de Urgencia Nº 035-2009
y Nº 102-2009; el Decreto Legislativo Nº 1001; el Decreto
de Urgencia Nº 056-2009; la Ley Nº 28749- Ley General de
Electrif‌i cación Rural; el Decreto Ley Nº 25962 - Ley Orgánica
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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