DECRETO DE ALCALDIA Nº 04-MDB - Disponen el uso de la Papeleta Educativa como mecanismo de sensibilización y educación que oriente el respeto a las normas vigentes en el distrito

Fecha de publicación06 Junio 2008
Fecha de disposición06 Junio 2008
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 6 de junio de 2008 373585
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican ordenanzas de la
Municipalidad Distrital de San Juan de
Lurigancho que fijan monto por derecho
de emisión mecanizada del Impuesto
Predial y Arbitrios Municipales para el
ejercicio 2008
ACUERDO DE CONCEJO Nº 225
Lima, 23 de mayo del 2008
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 22
de mayo del año en curso el Of‌i cio N° 001-090-004745
de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria
– SAT, sobre ratif‌i cación de la Ordenanza N° 131,
modif‌i cada por la Ordenanza N° 139, que f‌i ja el monto
por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial
correspondiente al ejercicio 2008 en el distrito de San
Juan de Lurigancho.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratif‌i cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para
su entrada en vigencia y exigibilidad.
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
Ordenanza Nº 607 publicada el 24 de marzo de 2004,
reguló el procedimiento para la ratif‌i cación de Ordenanzas
tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia
de Lima.
Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación
y observancia de la normatividad vigente aprobó las
Ordenanzas, objeto de la ratif‌i cación, remitiéndolas
con tal f‌i n a la Municipalidad Metropolitana de Lima,
conjuntamente con la información y/o documentación
sustentatoria respectiva, la que tiene carácter de
Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b)
del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML,
y consecuentemente el Servicio de Administración
Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la
información y/o documentación presentada por la referida
Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N°
004-082-00000796 del 28 de abril del 2008, que procede
la ratif‌i cación de las mencionadas Ordenanzas, por
cumplir los requisitos exigidos para tal efecto.
De conformidad con lo opinado por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en
su Dictamen N° 101-2008-MML-CMAEO;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza N° 131,
modif‌i cada por la Ordenanza N° 139, mediante las cuales
la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho
f‌i ja el monto por derecho de emisión mecanizada del
impuesto predial y arbitrios municipales en su jurisdicción,
correspondiente al ejercicio 2008 en su jurisdicción, dado
que cumple con las disposiciones técnicas y legales
establecidas en el marco legal para su aprobación y
vigencia.
Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente
Acuerdo ratif‌i catorio para su vigencia, se encuentra
condicionado al cumplimiento de la publicación del
texto íntegro de las Ordenanzas Nºs. 131 y 139 con el
Anexo que contiene el Cuadro de Estructura de Costos
correspondiente. Por otro lado, la aplicación de las
Ordenanzas, materia de la presente ratif‌i cación, sin la
condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad
de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que
solicita la ratif‌i cación. Asimismo, corresponde precisar
que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la
información remitida por la indicada Municipalidad Distrital,
la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo
dispuesto en la Ordenanza Nº 607.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, la Municipalidad Metropolitana de Lima a
través de su página web: www.munlima.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Informe
del Servicio de Administración Tributaria y el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
208830-1
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen el uso de la Papeleta Educativa
como mecanismo de sensibilización y
educación que oriente el respeto a las
normas vigentes en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 04-MDB
Barranco, 2 de junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE BARRANCO
CONSIDERANDO:
del Perú y su modif‌i catoria Ley Nº 27680, Ley de
Reforma Constitucional concordante con el artículo II
del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, de conformidad a lo establecido en Capítulo
II Sub Capítulo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades, en concordancia con las disposiciones
contenidas en el Capítulo II de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, se reconoce la
potestad sancionadora de los gobiernos locales;
Que, mediante Ordenanza Nº 140-MDB y sus
modif‌i catorias, se aprobó el Régimen de Aplicación
de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de
Barranco, norma que en su Cuarta Disposición Final,
faculta al despacho de Alcaldía para que mediante
Decreto, pueda emitirse las disposiciones reglamentarias
que se requieran;
Que, asimismo el numeral 2 del artículo 235º de la
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General establece que con anterioridad a la iniciación
formal del procedimiento se podrán realizar actuaciones
previas de investigación, averiguación e inspección con el
objeto de determinar con carácter preliminar si concurren
circunstancias que justif‌i quen su iniciación;
Que, es necesario otorgar a los posibles infractores,
la oportunidad de adecuarse a las leyes y normas
municipales, dentro de una política municipal de educación
y sensibilización que oriente el respeto a las normas
vigentes dentro del distrito de Barranco;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades
conferidas por la Ley Nº 27972, en concordancia con
la Ley Nº 27444 y la Ordenanza Nº 140-MDB y sus
modif‌i catorias, y contando con la visación de la Gerencia
de Administración Tributaria, Of‌i cina de Asesoría Jurídica
y de la Gerencia Municipal;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- DISPÓNGASE el uso de la PAPELETA
EDUCATIVA, como mecanismo de sensibilización y
educación que oriente el respeto a las normas vigentes
dentro de la jurisdicción del distrito de Barranco; asimismo
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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