192 011-2001-PROMUDEH - Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones del Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL

Fecha de publicación01 Junio 2001
Fecha de disposición01 Junio 2001
Pág. 203728
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 1 de junio de 2001
PROMUDEH
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Patronato del
Parque de las Leyendas - PATPAL
DECRETO SUPREMO
Nº 011-2001-PROMUDEH
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Legislativo Nº 146 se creó el Patrona-
to del Parque de las Leyendas - PATPAL;
Que mediante Decreto Legislativo Nº 866, Ley de Orga-
nización y Funciones del Ministerio de Promoción de la
Mujer y del Desarrollo Humano, modificado por Decreto
Legislativo Nº 893, y Leyes Nº 27050 y Nº 27273, se transfie-
re el Patronato del Parque de las Leyendas al Ministerio de
Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, en calidad
de Organismo Público Descentralizado;
Que el Patronato del Parque de las Leyendas tiene como
finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recrea-
ción cultural a favor de la comunidad, promocionando las
diferentes riquezas naturales de nuestras regiones;
Que dentro del contexto señalado resulta necesario
aprobar el Reglamento de Organización y Funciones del
Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Legisla-
tivo Nº 866, modificado por el Decreto Legislativo Nº 893
y las Leyes Nº 27050 y Nº 27273, su Reglamento, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modifica-
torias;
DECRETA:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) del Patronato del Parque de las Leyen-
das - PATPAL, que consta de seis (6) Títulos, Cuarenti-
cuatro (44) Artículos y Tres (3) Disposiciones Transitorias
y Finales, que en Anexo forma parte integrante de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- El Presidente del Consejo Directivo
del Patronato del Parque de las Leyendas - PATPAL,
adecuará la estructura orgánica del Patronato a lo
dispuesto en el Reglamento de Organización y Funcio-
nes (ROF).
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por la Ministra de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treintiún
días del mes de mayo del año dos mil uno.
VALENTIN PANIAGUA CORAZAO
Presidente Constitucional de la República
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
AUSTRAL S.A. Coishco 05-08-98 Reporte de Ocu- Extraer recurso hidrobiológico sardina sin La embarcación sí contaba con conve-
rrencia Nº II-2-5-ZL-70 Asociación contar con el convenio suscrito E/P Rosa nio suscrito al amparo de la R.M.
Bureau Veritas-CERPER II Nº 409-98-PE
PESQUERA SANTA ROSA S.A. Coishco 05-08-98 Reporte de Ocu- Realizar faenas de pesca del recurso an- La embarcación sí contaba con conve-
rrencia Nº II-2-2-DF-015 Asociación choveta y sardina exediendo el 20% de to- nio suscrito al amparo de la R.M.
Bureau Veritas-CERPER lerancia máxima permitida E/P Marylin II Nº 280-98-PE
PESQUERA SANTA ROSA S.A. Coishco 05-08-98 Acta de Infraccion Extraer el recurso hidrobiológico sardina La embarcación sí contaba con conve-
Nº II-2-2-DF-09 Asociación Bureau en tallas menores a las permitidas sin con- nio suscrito al amparo de la R.M.
Veritas-CERPER tar con el convenio suscrito E/P Marylin II Nº 409-98-PE
042-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs ROSARIO FERNANDEZ TUESTA Belén 22-02-01 Reporte de Ocurrencia Transportar 1,048 Kg. del recurso hidrobio- No se acreditó la comisión de la infrac-
s/n-CTAR-L-DRP-DIREPE-LORETO lógico periche durante el período de veda ción dada que la Sra. Es propietaria
del recurso decomisado
044-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs PESQUERA CAPRICORNIO S.A. Ventanilla 23-04-98 Acta de Infracción Extraer 75 TM del recurso hidrobiológico No se acredita la comisión de la infrac-
Nº IV-5-2-KA-006 Asociación Bureau anchoveta blanca con artes de pesca no ción de la E/P contando con permiso
Veritas-CERPER autorizados E/P Capricornio 6 de pesca
PESQUERA CAPRICORNIO S.A. Ventanilla 23-04-98 Acta de Infracción Extraer 146.945 TM. del recurso hidrobio- No se acredita la comisión de la infrac-
Nº IV-5-2-KA-007 Asociación Bureau lógico anchoveta con artes de pesca no ción de la E/P contando con permiso
Veritas-CERPER autorizados E/P Capricornio de pesca
046-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs LUCIA PISCOA MALLQUI Villa María del Triunfo 25-03-98 Acta Comercializar 63 Kg. del recurso hidro- No hay elementos que acrediten la
de Infracción y Decomiso Nº 002-98- biológico concha de abanico en tallas me- infracción.
D.N.E. nores a las permitidas
052-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs LENIN ENRIQUE OLIN GOMEZ Y La Capilla 15-05-98 Of. 892-98-CTAR. Abandono de desperdicios Mant. Tóxicos Deficiencia de pruebas.
SADY FRANCISCO OLIN GOMEZ M/DIREPE-ILO y sustancias contaminantes
059-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs LEONCIO JAVIER FERNANDEZ Laguna Grande 23-02-01 Reporte de Extraer recursos hidrobiológico concha de Sí contaba con permiso de pesca.
HERNANDEZ Ocurrencia s/n 00-DRPES/DE- abanico sin contar con el permiso de pesca
DIREPE-PISCO correspondiente
069-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs ENCOMER VIRGEN DE LA Of. 819-98-PE/DNA 25-06-98 Incumplimiento de solicitud de licencia de Se declaró la caducida del derecho
CANDELARIA SRLtda. uso de aguas otorgado como sanción.
En base a su evaluación del Informe Legal Nº 019-2001-PE/DINSECOVI-Dsvs. Se acordó el Archivamiento Definitivo de las denuncias formuladas por la
Asociación Bureau Veritas - CERPER , contra Pesquera Santa Rosa S.A. y Pesquera Hayduk S.A., Corporación del Mar S.A. que se señalan a continuación,
por lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 280-98-PE, al no haberse acreditado las infracciones imputadas.
LUGAR INFRACCION FECHA INFRACCION ARMADOR E/P MATRICULA
Coishco 21-Jun-98 PESQUERA HAYDUK S.A. BAMAR I CE-16660-PM
Coishco 21-Jun-98 PESQUERA SANTA ROSA S.A. CHAVELI II CE-15259-PM
Coishco 22-Jun-98 PESQUERA SANTA ROSA S.A. CHAVELI II CE-15259-PM
Ventanilla 09-Jun-98 CORPORACION DEL MAR S.A. GUANAY CO-14964-PM
Casma 14-Jun-98 CORPORACION DEL MAR S.A. GUANAY CO-14964-PM
Coishco 14-Jun-98 PESQUERA HAYDUK S.A. BAMAR I CO-16660-PM
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