2823 086 - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF

Fecha de publicación09 Marzo 2001
Fecha de disposición09 Marzo 2001
Pág. 199750
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 9 de marzo de 2001
Artículo 4º.- Las operaciones de pesca del recurso
merluza en la zona comprendida entre el extremo norte
del dominio marítimo y los 4°30' L.S., se sujetarán a las
disposiciones establecidas en el Artículo 10º de la Resolu-
ción Ministerial Nº 323-2000-PE.
Artículo 5º.- El Instituto del Mar del Perú continuará
ejecutando el programa de investigación biológico-pes-
quero del recurso merluza, a fin de determinar el compor-
tamiento del mencionado recurso, debiendo recomendar
al Ministerio de Pesquería las medidas correspondientes.
Artículo 6º.- La Dirección General de Capitanías y
Guardacostas del Ministerio de Defensa, las direcciones
nacionales competentes del Ministerio de Pesquería y las
Direcciones Regionales de Pesquería, dentro del ámbito
de sus respectivas competencias y jurisdicciones, velarán
por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presen-
te Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUDWIG MEIER CORNEJO
Ministro de Pesquería
19718
PROMUDEH
Modifican artículo de resolución median-
te la cual se constituyó el Comité Nacio-
nal para el Desarrollo de la Mujer Rural
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 059-2001-PROMUDEH
Lima, 8 de marzo de 2001
CONSIDERANDO:
Que en la VIII Conferencia de Esposas de Jefe de
Estado y de Gobierno de las Américas realizada en Chile
se aprobó el Programa Hemisférico para la Integración de
la Mujer Rural, cuyo objetivo es impulsar y apoyar los
esfuerzos dirigidos a mejorar las condiciones de vida y el
posicionamiento de la mujer en el proceso de desarrollo
del medio rural;
Que en cumplimiento del compromiso asumido por el
Gobierno Peruano se constituyó por Resolución Suprema Nº
079-99-PROMUDEH de fecha 26 de julio de 1999, el Comité
Nacional para el Desarrollo de la Mujer Rural, encargado de
coordinar y promover acciones, programas y proyectos y elabo-
rar un plan de desarrollo dirigido a la mujer rural de los
departamentos más afectados por la violencia terrorista, el
mismo que está presidido por la Primera Dama de la Nación;
Que el Ministerio de Promoción de la Mujer y del
Desarrollo Humano es el órgano encargado de afianzar el
rol de la mujer y la familia en la sociedad, así como en los
programas orientados a su desarrollo y a la lucha contra
la pobreza, por lo que se ha visto por conveniente que la
Titular del Sector presida el mencionado Comité resul-
tando necesario modificar la Resolución Suprema Nº 079-
99-PROMUDEH;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 -
Ley del Poder Ejecutivo;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución
Suprema Nº 079-99-PROMUDEH, de acuerdo a los si-
guientes términos:
"Artículo 2º.- El Comité Nacional para el Desarrollo de
la Mujer Rural se conforma de la siguiente manera:
- La Ministra de Promoción de la Mujer y del Desa-
rrollo Humano o su representante, quien lo presidirá;
- El Jefe del Programa de Apoyo al Repoblamiento y
Desarrollo de Zonas de Emergencia o su representante;
- El Presidente Ejecutivo del Programa Nacional de
Asistencia Alimentaria o su representante;
- El Director del Programa Nacional de Manejo de
Cuencas Hidrográficas o su representante;
- El Director Nacional del Programa de Alfabetización del
Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano."
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Agricultura y por la Minis-
tra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
CARLOS AMAT Y LEON
Ministro de Agricultura
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Ministra de Promoción de la Mujer
y del Desarrollo Humano
19740
Aprueban Reglamento de Organiza-
ción y Funciones del Instituto Nacio-
nal de Bienestar Familiar - INABIF
INSTITUTO NACIONAL DE
BIENESTAR FAMILIAR
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 086
Lima, 2 de marzo de 2001
VISTO el Proyecto de Reglamento de Organización y
Funciones del INABIF, presentado por la Presidenta de
la Comisión de Reestructuración;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 025-2001-PROMU-
DEH, publicada el 19 de enero de 2001; se declaró al Instituto
Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, en proceso de
Reestructuración Organizativa Institucional, por el plazo de 45
días calendario, quedando facultado el Instituto para que, por
Resolución del Titular del Pliego Presupuestario, designe una
Comisión encargada de conducir el proceso de reestructura-
ción; así como, apruebe, con acuerdo del Consejo Directivo,
entre otros documentos de gestión, un nuevo Reglamento de
Organización y Funciones - ROF;
Que, por Resolución Presidencial Nº 028 de fecha 19
de enero de 2001, se designó a la precitada Comisión;
Que, la Presidencia de la Comisión de Reestructura-
ción ha presentado el Proyecto de Reglamento de Organi-
zación y Funciones del Instituto, en concordancia con el
Decreto Legislativo Nº 830 - Ley del Instituto Nacional de
Bienestar Familiar, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, Ley Nº 26918 - Ley
de Creación del Sistema Nacional para la Población en
Riesgo y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 008-98-PROMUDEH, y la Ley Nº 27337 - Código de los
Niños y Adolescentes;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en
Sesión Ordinaria Nº 02-2001 de fecha 27 de febrero de
2001; y,
En uso de las facultades conferidas por el inciso c) del
Artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 830;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Bienestar Familiar
- INABIF, el mismo que consta de Seis (6) Títulos, Cin-
cuenta y uno (51) Artículos y Tres (3) Disposiciones
Finales, cuyo texto forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto a partir de la fecha, la
Resolución Presidencial Nº 145 de fecha 2 de abril de
1998, así como las normas que se opongan a lo dispuesto
en el presente Reglamento.
Regístrese y comuníquese.
ANA MARÍA VIDAL COBIÁN
Presidenta
Instituto Nacional de Bienestar Familiar

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