Ordenanza. Ordenanza que prorroga, para el ejercicio fiscal 2026, el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo, aprobados para el ejercicio 2025

Fecha de publicación18 Diciembre 2025
SecciónSección Única
El Peruano
DIARIO OFICIAL DEL BICENTENARIO
FUNDADOEL 22 DE OCTUBRE DE 1825 POR ELLIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
“AÑO DE LA RECUPERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN DE LA ECONOMÍA PERUANA”
SEPARATA ESPECIAL
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO
ORDENANZA N° 771-2025-MDEA
ORDENANZA QUE PRORROGA,
PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026,
EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS
MUNICIPALES DE BARRIDO DE CALLES,
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS,
PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO,
APROBADOS PARA EL EJERCICIO 2025
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO N° 409
NORMAS LEGALES
JUEVES 18
DE DICIEMBRE DE 2025
Firmado por: Editora Peru
Fecha: 18/12/2025 06:13
2NORMAS LEGALES jueves 18 de diciembre de 2025 El Peruano
/
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 409
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 13 de noviembre del 2025; en uso de sus facultades normativas
y lo indicado en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; de conformidad con lo opinado
por el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización en su Dictamen Nº 188-2025-MML/CMAEO, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta,
para su inmediata ejecución;
Ha adoptado el acuerdo siguiente:
ACUERDO DE CONCEJO QUE RATIFICA LA ORDENANZA Nº 771-2025-MDEA QUE ESTABLECE EL
RÉGIMEN TRIBUTARIO DE ARBITRIOS DEL EJERCICIO 2026 EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO
VISTOS: el O cio Nº D000315-2025-SAT-GGE del 30 de octubre de 2025 de la Gerencia General Servicio de Administración
Tributaria de Lima (SAT), que remite el expediente de rati cación digital de la Ordenanza Nº 771-2025-MDEA que prorroga
para el ejercicio scal 2026, el régimen tributario de los arbitrios municipales de Barrido de Calles, Recolección de Residuos
Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo aprobados para el ejercicio 2025, en el distrito de El Agustino, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, así como el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y
de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas
por las municipalidades distritales deben ser rati cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para
su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de la Ordenanza Nº 2386-2021 que aprueba el procedimiento de rati cación de ordenanzas tributarias
en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de El Agustino, aprobó la ordenanza objeto de la rati cación,
remitiéndola conjuntamente con el expediente de rati cación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada;
Que, a través del Informe Nº D000510-2025-SAT-OAJ del 29 de octubre de 2025, la O cina General de Asesoría Jurídica
del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) opinó favorablemente respecto a la rati cación solicitada, por
cumplir con los requisitos exigidos, en las normas aplicables y la Directiva Nº 001-006-00000035-SAT, publicada el
26 de julio de 2024; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O cial “El Peruano” y en el portal
institucional;
Que, la Ordenanza Nº 771-2025-MDEA, materia de rati cación, mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el
ejercicio 2025, aprobada mediante Ordenanza Nº 751-2024-MDEA, rati cada por Acuerdo de Concejo Nº 508, publicados
el 31 de diciembre de 2024, la cual además es el marco legal tributario aplicable.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 771-2025-MDEA , que establece el régimen tributario de los arbitrios de
Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines y Serenazgo del ejercicio 2026 en el distrito de
El Agustino, y prorroga la aplicación de las tasas aprobadas y rati cadas del ejercicio 2025.
Artículo Segundo.- El presente acuerdo rati catorio, para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicación hasta el 31 de diciembre de 2025, así como del texto íntegro de la ordenanza rati cada, incluido el
informe técnico. La aplicación de la ordenanza materia de la presente rati cación, sin la condición antes señalada, es de
exclusiva responsabilidad de los funcionarios de dicha municipalidad distrital.
Artículo Tercero.- ENCARGAR al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que, posterior al cumplimiento del
citado requisito de publicación, efectúe la publicación del presente acuerdo a través de su página web: www.sat.gob.pe,
así como del Informe Nº D000510-2025-SAT-OAJ.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O cina de Gobierno Digital la publicación del presente acuerdo en el Portal de
Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: https://transparencia.munlima.gob.pe.
POR TANTO:
Al promulgarlo, mando se registre, publique, comunique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal de Lima, a los trece días de noviembre de dos mil veinticinco.
RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO
Alcalde

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